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DECRETO 175/2026, de 20 de octubre, por el que se nombra a los miembros de la Junta Electoral de Extremadura.
DOE Número: 211
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 03 de noviembre de 2026
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE HACIENDA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: DECRETO
Descriptores: Junta Electoral de Extremadura.
Página Inicio: 46226
Página Fin: 46227
Enlace ELI: https://doe.juntaex.es/eli/es-ex/d/2026/10/20/175
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TEXTO ORIGINAL
El procedimiento para la designación y nombramiento de los miembros de la Junta Electoral de Extremadura es el establecido en el artículo 11 de la Ley 2/1987, de 16 de marzo, de Elecciones a la Asamblea de Extremadura.
De acuerdo con el citado precepto los miembros de la Junta Electoral de Extremadura serán nombrados mediante decreto del Consejo de Gobierno.
La Junta Electoral de Extremadura estará compuesta por cuatro vocales magistrados del Tribunal Superior de Justicia, designados por sorteo efectuado ante el Presidente de dicho Tribunal y por tres vocales catedráticos o profesores titulares de Derecho o Ciencias Políticas en activo de la Universidad de Extremadura o juristas de reconocido prestigio, designados a propuesta conjunta de las fuerzas políticas representadas en la Asamblea de Extremadura o por designación de la Mesa en su defecto.
Efectuada la designación de los vocales correspondientes de la Junta Electoral de Extremadura por parte del Tribunal Superior de Justicia, y habiéndose propuesto los vocales correspondientes por los Grupos Parlamentarios, el Pleno de la Asamblea, con fecha 4 de junio de 2026, ha adoptado acuerdos que remite a la Junta de Extremadura, a los efectos previstos en el artículo 11.1 de la citada Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura.
Corresponde a la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social la coordinación de los procesos electorales competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 del Decreto 18/2026, de 30 de abril, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 2.1 del Decreto 106/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social de la Junta de Extremadura.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 20 de octubre de 2026,
DISPONGO:
Artículo 1. Vocales designados por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2.a) de la Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura, se nombran vocales de la Junta Electoral de Extremadura, designados por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura a:
— D. Antonio María González Floriano.
— D.ª Carmen Bravo Díaz.
— D. Pedro Manuel Izquierdo López-Cepero.
— D.ª Pilar Elena Sevilleja Luengo.
Artículo 2. Vocales designados por la Asamblea de Extremadura.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2.b) de la Ley de Elecciones a la Asamblea de Extremadura, se nombran vocales de la Junta Electoral de Extremadura, designados a propuesta de los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Extremadura, a:
— D. Francisco Lamoneda Díaz.
— D. Fernando Blanco Fernández.
— D. José María Sánchez Cordero.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente decreto surte efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 20 de octubre de 2026.
La Consejera de Hacienda, Administración Pública y Diálogo Social,
ELENA MANZANO SILVA
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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