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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la disminución del crédito de la convocatoria del Programa 3 de ayudas a las actuaciones de señalización y comunicación accesible en espacios públicos urbanizados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025, aprobada mediante Decreto 106/2025, de 26 de agosto.
DOE Número: 213
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 05 de noviembre de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Promoción de la accesibilidad. Subvenciones.
Página Inicio: 46946
Página Fin: 46947
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 859969
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 193 de fecha 7 de octubre de 2025, el Extracto de la primera convocatoria del Programa 3 del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales destinadas a fomentar la señalización y comunicación accesible en espacios públicos urbanizados de titularidad pública, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura a la normativa vigente en materia de accesibilidad y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio económico 2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) con la identificación BDNS 859969.
En el DOE n.º 120, de 24 de junio de 2026 se publicó una Modificación del Extracto y Anuncio por los que se da publicidad al reajuste de anualidades de la convocatoria del Programa 3.
En el mencionado extracto se estableció la modificación del apartado 2 de la disposición sexta de la disposición adicional tercera del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, correspondiente al Programa 3: señalización y comunicación accesible en espacios públicos urbanizados de titularidad pública, que pasaba a tener la siguiente redacción:
Aplicación económica 2026
11008 262A 760 290.000 €
Dado que el crédito disponible por importe de 290.000 € asignado al Programa 3 es muy superior a las solicitudes que cumplen las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de entidades beneficiarias y sin embargo hay insuficiencia de crédito en el Programa 1, por ello, procede redistribuir dicho crédito sobrante para dotar de crédito al Programa 1, garantizando así la suficiencia del crédito necesario que permita resolver la concesión de la ayudas a todas las solicitudes de dicho Programa 1.
Por otra parte, El Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias y el posterior Decreto 113/2026, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, atribuye las competencias en materia de accesibilidad universal a la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, esta circunstancia obliga a modificar la aplicación económica a la que se imputan los créditos de la convocatoria, además la instrucción del procedimiento de concesión recae ahora sobre el Servicio de Rehabilitación y Accesibilidad perteneciente a la Secretaria General de Vivienda, Arquitectura, Accesibilidad y Regeneración Urbana de esta Consejería.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23 y 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la distribución e incremento de los créditos en las convocatorias de concurrencia competitiva exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria, que recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias. Dicho anuncio, deberá publicarse antes de la resolución de las concesiones, sin que tal publicación implique el inicio de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo para resolver.
En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un nuevo anuncio para dar publicidad a la nueva distribución del crédito asignado en la convocatoria del Programa 3 de ayudas a la señalización y comunicación accesible en espacios públicos urbanizados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio económico 2025, aprobada mediante Decreto 106/2025, de 26 de agosto, y de cómo quedaría el crédito asignado a este Programa 3, indicado en los apartados 1 y 2 de la disposición Sexta de la disposición adicional tercera del Decreto 106/2025, de 26 de agosto, que pasaría a tener el siguiente contenido:
1. El importe del crédito destinado a esta convocatoria es de diez mil euros (10.000,00 euros) financiado con fondos Comunidad Autónoma, con cargo a la siguiente ampliación presupuestaria y programa de financiación: 160020000/G/262A/76000/ CAG0000001/20120187, Accesibilidad en edificios y espacios públicos “presupuesto de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2027.
2. Este crédito presupuestario se distribuirá entre las distintas anualidades de la siguiente forma: En la aplicación presupuestaria 160020000/262A/7600 para los años; 2026, 2027 y 2028, 0 €, 10.000 € y 0 €, respectivamente, lo que hace un total de 10.000 € .
Mérida, 26 de octubre de 2026.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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