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ANUNCIO de 21 de septiembre de 2025 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de modificación sustancial de autorización ambiental unificada del proyecto de industria de elaboración de aceitunas de mesa, solicitado por Olives and Pickles, SL, en el término municipal de Almendralejo.
DOE Número: 25
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 06 de febrero de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 6749
Página Fin: 6753
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de industria de elaboración de aceitunas de mesa, solicitado por Olives and Pickles, SL, en el término municipal de Almendralejo, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud modificación sustancial de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
— Categoría Ley 16/2015:
La actividad de industria de elaboración de aceitunas de mesa está incluida en la categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de material prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día .
— Actividad:
Industria de elaboración de aceitunas de mesa. Esta actividad contará con una capacidad de recepción de aceituna de unas 22.906 Tn por año. Por las características de la industria, la producción máxima diaria será de 69,9 Tn/día de producto terminado.
— Ubicación:
La industria de elaboración de aceitunas de mesa se ubica en c/ Mecánica, n.º 7 (referencia catastral de la parcela: 5063501QC2856S0001ZW) del término municipal de Almendralejo (Badajoz).
— Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Las edificaciones existentes en la industria son:
Los equipos e instalaciones existentes en la industria son los siguientes:
Línea de recepción con capacidad para 30.000 kg/h de aceituna.
Línea de selección y calibrado de 6.000 kg/h de capacidad.
Línea de deshuesado-rodajado con capacidad para 2.500 kg/h.
Sistema de conducción de huesos y reutilización de aguas de las líneas de semielaborado.
Línea de relleno de aceitunas con cinta pimiento con capacidad para 2.500 kg/h.
Línea de elaboración de rellenos naturales y encurtidos de aceitunas.
Línea de relleno de aceitunas con almendras e instalaciones asociadas.
Línea de pasteurización.
Línea de rellenos especiales con capacidad para 250 kg/h.
Línea de envasado de vidrios con capacidad para 7.000 kg/h.
Línea de elaboración de bolsas.
Línea de elaboración de tarrinas.
Depósitos para el almacenamiento de los productos empleados en el aderezo de la aceituna (lejía, agua, salmuera y sal).
2 calderas de vapor, una de nueva instalación, con quemador de gas natural licuado una de ellas y de hueso de aceituna la segunda de 3.793 kWt y 4.000 kWt respectivamente.
500 fermentadores enterrados de 10.000 l de capacidad.
Línea de relleno natural por inyección con capacidad hasta 1.500 frutos/min.
Máquina machacadora de aceitunas de 2.000 kg/h de capacidad.
2 depósitos de agua y lejía de 100.000 litros.
5 depósitos de poliéster de 4.000 litros.
Las edificaciones, equipos e instalaciones proyectados para la industria son los siguientes:
Edificaciones.
Equipos e instalaciones.
Instalación de 2 líneas de descarga, con capacidad para recepcionar 30.000 kg/h de aceituna fresca.
Las instalaciones y maquinaria existente en la industria son las propias de la actividad, contando con dos calderas que utilizan como combustible biomasa (hueso de aceituna y policombustible), con unas potencias térmicas útiles de 3.761 kW y 4.000 kW.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 21 de septiembre de 2025. El Director General De Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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