RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a las ayudas concedidas para financiar gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones para el ejercicio 2025.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 23 de septiembre de 2021 (DOE núm. 184) se publicó el Decreto del Presidente 40/2021, de 22 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a gastos de funcionamiento de las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones.
El día 8 de enero de 2025 fue publicada en el DOE núm. 4, la Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2025.
La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en el apartado 1 del artículo 17 que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención. Añade el apartado 1 del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, que las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura.
En consecuencia, una vez tramitadas y resueltas todas las solicitudes procede dar publicidad a la concesión de las ayudas en cumplimiento de lo anteriormente expuesto y del apartado 2 del resuelvo décimo de la convocatoria, que establece que las ayudas concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura y se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por todo ello, esta Secretaría General,
RESUELVE:
Dar publicidad a las ayudas concedidas en el año 2025 para la financiación de los gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, relacionadas en el anexo, correspondientes a:
— Convocatoria: Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2025 (DOE núm. 4, de 8 de enero de 2025).
— Programa: 253C (Acciones en materia de emigración).
— Órgano gestor: 220040000 (Dirección General de Acción Exterior).
— Posición presupuestaria: G/253C/48000.
— Crédito convocado: 130.000,00 euros.
Mérida, 2 de febrero de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL