ANUNCIO de 22 de enero de 2026 sobre aprobación inicial de la modificación puntual n.º 31 de las Normas Subsidiarias.
TEXTO ORIGINAL
Por el Excelentísimo Ayuntamiento Pleno de la ciudad de Coria se ha adoptado, en sesión ordinaria celebrada el día 17 de diciembre de 2025 el siguiente Acuerdo en referencia a la modificación puntual n.º 31 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal, relativa a determinaciones de ordenación estructural y tramitada con arreglo a lo dispuesto en los artículos 49, 57 y 58 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura:
3. Aprobación inicial de la modificación puntual núm. 31 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Coria. Expte. 2907/2025.-
Por la Secretaría General de la corporación se dio lectura al dictamen emitido por la Comisión Informativa de Medio Ambiente, Infraestructuras, Servicios y Urbanismo, en sesión celebrada el día 12 de diciembre de 2025, con el siguiente contenido:
Dada cuenta de la propuesta para la modificación puntual n.º 31 de las Normas Subsidiarias del Planeamiento Municipal, referida al actual polígono 9 (Convento), promovida de oficio por el Ayuntamiento de Coria y que se corresponde con las siguientes referencias catastrales:
0396540QE1209N0001LD, 0396539QE1209N0001FD, 0396528QE1209N0001AD, 0396529QE1209N0001BD, 0396501QE1209N0001YD, 0396502QE1209N0001GD, 0396538QE1209N0001TD y parcialmente a la referencia 0499201QE1209N0001QD,
con objeto de modificar la ordenación estructural del citado polígono, delimitando además unidades de actuación simplificada, con el fin de permitir el desarrollo de la zona que actualmente presenta problemas de salubridad y posibles incendios, al tiempo que se obtiene suelo para un parque arqueológico que salvaguarde las ruinas del convento.
Emitidos informe técnico y jurídico obrantes en el expediente de referencia, cuyo tenor literal se da por reproducido y sirve como motivación del presente Acuerdo.
La Comisión Informativa, previa deliberación y con los votos a favor del Grupo Popular y del Grupo VOX y la abstención del Grupo Socialista, propone al Ayuntamiento Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar inicialmente la modificación puntual n.º 31 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Coria.
Segundo. Abrir el preceptivo trámite de información pública, insertando el correspondiente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en un periódico de los de mayor circulación y en los sitios de costumbre en la ciudad, a fin de que durante cuarenta y cinco días puedan presentarse las alegaciones o reclamaciones pertinentes.
Así mismo, se procederá a la publicación del contenido documental íntegro de la presente modificación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Coria y en el Portal de Transparencia.
Tercero. Requerir informes a todos los organismos y entidades administrativos gestores de intereses públicos afectados, previstos legalmente como preceptivos, que deberán ser emitidos en el plazo de duración de la información pública; para ello se remitirá la presente a los siguientes organismos:
— A la Dirección General de Sostenibilidad para el cumplimiento del trámite ambiental que corresponda.
— A la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, debido a que las ruinas del convento de San Francisco se incluyen dentro de la protección del Plan Especial del Casco Histórico de Coria.
— A la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana.
Cuarto. Suspender el otorgamiento de las licencias en todas aquellas áreas cuyas nuevas determinaciones supongan alteración del régimen vigente. La suspensión comprenderá desde la fecha del acuerdo de aprobación inicial hasta la aprobación definitiva de la presente modificación.
Quinto. Notificar a los titulares registrales y catastrales de las fincas afectadas por la presente modificación.
Sexto. Facultar a la Alcaldía para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto .
Sometido el asunto a votación, es aprobado por unanimidad, en el sentido expresado en el dictamen .
Al cual se da pública difusión por un periodo de cuarenta y cinco días, en cumplimiento del artículo 49.3.d) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura.
La propuesta técnica de la modificación puede ser consultada en la sede electrónica de este Ayuntamiento, en la siguiente dirección: https://sede.coria.org .
Contra el presente acuerdo de aprobación inicial, en lo que respecta exclusivamente a la determinación de suspensión del otorgamiento de licencias y autorizaciones, al constituir un acto de trámite que afecta directamente a derechos e intereses legítimos conforme al artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que pone fin a la vía administrativa en virtud del artículo 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento en el plazo de un mes, según los artículos 123 y 124 de Ley 39/2015, o bien ser impugnado directamente mediante recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo competente; significándose que, respecto al contenido normativo y de ordenación del plan, el acuerdo no es susceptible de recurso autónomo por su naturaleza de acto de trámite no cualificado, pudiendo los interesados formular las alegaciones que estimen pertinentes durante el periodo de información pública.
Coria, 22 de enero de 2026. La Alcaldesa, MARÍA ALMUDENA DOMINGO PIRRONGELLI.