ANUNCIO de 3 de febrero de 2026 por el que se da publicidad de las asociaciones beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2025 al amparo de la Resolución de 15 de abril de 2025 (DOE n.º 80, de 28 de abril), de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 15 de abril de 2025, tiene por objeto efectuar en la Comunidad Autónoma de Extremadura la convocatoria correspondiente al ejercicio 2025 de las ayudas establecidas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, modificado por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo y Real Decreto 663/2023 de 18 de julio.
Estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, están destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas contenidas en el anexo I Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo y se actualiza el Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
Las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, así como los requisitos que deben cumplir, vienen detallados en el apartado tercero de la citada resolución. En el apartado décimo se detallan las actividades subvencionables: creación o mantenimiento de libros genealógicos y desarrollo del programa de mejora.
La cuantía y compatibilidad de la ayuda queda establecida en el artículo 7 del Real Decreto 1625/2011.
El apartado sexto de la citada resolución indica que las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se procede a publicar en el listado anexo la relación de asociaciones indicando la ayuda concedida a cada una y cuya finalidad es subvencionar la creación o mantenimiento de libros genealógicos y desarrollo del programa de mejora para el ejercicio 2025 por un importe total de sesenta y cinco mil doscientos cuarenta euros (65.240,00 €) financiadas con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/78000 TE31002005 20070044.
Mérida, 3 de febrero de 2026. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ.