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RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso al ciclo final del Grado Medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial en las modalidades de Hípica y Deportes de Montaña y Escalada para el curso 2025/2026.
DOE Número: 3
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 07 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Enseñanzas Deportivas.
Página Inicio: 748
Página Fin: 760
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Orden de 24 de agosto de 2016, convoca las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en periodo transitorio en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 168, de 31 de agosto). Esta orden ha sido modificada por la Orden de 24 de mayo de 2023 (DOE núm. 103, de 31 de mayo). En su artículo 4 se indica que la convocatoria de madurez y de carácter especifico se realizará por resolución del secretario general de Educación.
El Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuye a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación y supervisión de todas las materias de educación no universitaria reguladas por la Ley 4/2011, de 7 de marzo, de Educación de Extremadura.
Considerando lo dispuesto en el Real Decreto 933/2010, de 23 de julio (BOE n.º 211, de 31 de agosto), por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso, así como en el Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre (BOE n.º 9, de 10 de enero), por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Barrancos, Técnico Deportivo en Escalada y Técnico Deportivo en Media Montaña y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso.
De conformidad con lo establecido en la Resolución de 1 de agosto de 2025 (DOE n.º 162, de 22 de agosto), por la que se convocan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio, y una vez finalizado el ciclo inicial de las citadas enseñanzas en las especialidades de Hípica —salto, doma y concurso completo—,así como de Montaña —media montaña, escalada y descenso de barrancos—, procede efectuar convocatoria específica de acceso al ciclo final del Grado Medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial para el curso 2025-2026, dirigida al alumnado que haya superado el correspondiente ciclo inicial.
En la presente convocatoria se han llevado a cabo las adaptaciones correspondientes, al objeto de posibilitar al alumnado interesado, la presentación de las solicitudes tanto de manera presencial como telemática.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones que tengo conferidas por el ordenamiento jurídico
RESUELVO:
Primero. Objeto.
1. La presente resolución tiene por objeto convocar las pruebas de carácter específico para el acceso al ciclo final del Grado Medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial en las disciplinas de Hípica y en la familia profesional de Deportes de Montaña y Escalada, para el curso 2025/2026.
2. Dichas pruebas se regirán por lo dispuesto en la Orden de 24 de agosto de 2016 (DOE núm. 168, de 31 de agosto), por la que se regulan las pruebas de acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificada por la Orden de 24 de mayo de 2023 (DOE núm.103, de 31 de mayo) y por las demás disposiciones que resulten de aplicación.
3. En el ámbito de la Hípica, las pruebas se convocan para las disciplinas de Salto, Doma y Concurso Completo; y en el ámbito de los Deportes de Montaña y Escalada, para las especialidades de Media Montaña, Escalada y Barrancos.
Segundo. Solicitudes, y plazo de presentación.
1. Los aspirantes que deseen realizar las pruebas de acceso de carácter específico al ciclo final del Grado Medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial en las siguientes especialidades:
a) Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Salto, Doma y Concurso Completo.
b) Técnico Deportivo en Media Montaña.
c) Técnico Deportivo en Escalada.
d) Técnico Deportivo en Barrancos.
Deberán presentar solicitud de inscripción conforme a los modelos que se adjuntan como anexos I y II de la presente resolución, según se trate de pruebas correspondientes a las disciplinas de Hípica o de Deportes de Montaña y Escalada.
En caso de presentarse más de una solicitud, se considerará válida únicamente la registrada en último lugar.
2. Una vez cumplimentada, las solicitudes, junto con la documentación requerida, podrán presentarse por los siguientes medios:
a) De forma presencial, en las dependencias administrativas de la Dirección del Centro de IES Zurbarán de Badajoz
b) De forma presencial, en cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía, integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de sus organismos vinculados o dependientes, conforme al Decreto 257/2009, de 18 de diciembre. También podrán presentarse en los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de optar por presentar su solicitud en una oficina de correos, esta se realizará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de su certificación.
c) De forma electrónica, a través del Punto de Acceso General Electrónico,
http://www.juntaex.es/w/0730825 , dentro de la ficha correspondiente al trámite, habi­litándose el acceso a la sede electrónica para formular la solicitud. De optar por esta forma de presentación, los documentos que se aporten deberán ser digitalizados y pre­sentados como archivos adjuntos junto con la solicitud.
Para el caso de presentación de solicitudes de forma electrónica, los interesados deberán indicar como destino el IES Zurbarán de Badajoz, además de disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de certificado electrónico en vigor; si no dispone de ellos, la dirección electrónica donde se dan las instrucciones para ello y podrán obtenerlo son las siguientes:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
y http://www.cert.fnmt.es
3. La solicitud será presentada por la persona interesada en realizar estas pruebas, cuando sea mayor de edad. Si en el momento de presentar la solicitud se tratara de una persona menor de edad, dicha solicitud deberá presentarla quien ejerza su tutoría legal.
4. En el caso de aspirantes con discapacidad, deberán presentar certificado acreditativo del grado reconocido, expedido por la administración competente, así como, en su caso, especificar en la solicitud, la adaptación de las pruebas de acceso, cuando la naturaleza de la discapacidad así lo requiera.
5. El plazo de presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Precio público.
1. Para formalizar la solicitud de inscripción en las pruebas de enseñanzas deportivas de régimen especial, se deberán abonar los precios públicos correspondientes a estas enseñanzas.
2. Los precios públicos aplicables serán los vienen establecidos en la Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Consejera, por la que se publican las tarifas actualizadas de las tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025 (DOE núm.95 de 20 de mayo de 2025).
3. El modelo para efectuar el abono podrá obtenerse en las entidades bancarias colaboradoras con la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el Decreto 105/2002, de 23 de julio, de recaudación de ingresos producidos por Tributos propios, precios públicos y otros ingresos o de forma on-line en la dirección web:
https://modelo050.juntaex.es/modelo050/
4. Los datos que se indicarán serán los siguientes:
a. Órgano gestor: 13-Educación, Ciencia y Formación Profesional.
b. Código de concepto: 131302) Pruebas de acceso por enseñanzas deportivas de régimen especial .
c. Datos interesados: Datos de la persona solicitante.
5. En todo caso, al objeto de proceder a formalizar la inscripción en estas pruebas de acceso, junto con el impreso de solicitud de inscripción, conforme lo indicado en el resuelvo segundo de esta resolución, se adjuntará el justificante de haber ingresado el precio público determinado para este concepto.
Cuarto. Listas provisionales y definitivas.
1. La relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará en la página web del IES Zurbarán (https://ieszurbaranbad.educarex.es/ ) y en el tablón de anuncios del centro, en Badajoz, indicando, en su caso, la causa de exclusión y el plazo establecido para subsanar.
2. Los aspirantes no admitidos en la relación provisional por error, defecto u omisión en las solicitudes o la documentación que debe acompañarlas, dispondrán de un plazo de tres días hábiles para subsanar los motivos de exclusión mediante escrito dirigido a la persona titu­lar de la dirección del centro.
3. Una vez transcurrido el plazo de reclamación, se elevarán a definitivas las listas de admiti­dos, que se publicarán en la página web que página web y el tablón de anuncios el IES Zurbarán , de Badajoz, en los tres días hábiles siguientes a la conclusión del plazo de subsanación de errores, defectos u omisiones.
Quinto. Comisiones Evaluadoras.
1. De acuerdo con el artículo 9 de la Orden de 24 de agosto de 2016, modificada por la Orden de 24 de mayo de 2023, se constituirá una Comisión Evaluadora integrada por:
a) Presidencia, que recaerá en un inspector o una inspectora de Educación.
b) Vocalías, constituidas por profesorado de centros educativos públicos o privados autorizados en los que se impartan enseñanzas deportivas de régimen especial, cuyo número y titulación se ajustarán a lo establecido en el artículo 29 del Real Decreto 933/2010, de 23 de julio (BOE n.º 211, de 31 de agosto) para la modalidad de Hípica y en el artículo 36 del Real Decreto 702/2019, de 29 de noviembre (BOE n.º 9, de 10 de enero) para la modalidad de Deportes de Montaña y Escalada.
Actuará como secretario/al vocal de menor edad.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 9 de la Orden de 24 de agosto de 2016, la persona titular de la presidencia de la comisión evaluadora podrá designar asesores cuando resulte necesario para garantizar la correcta elaboración, aplicación, corrección y evaluación de las pruebas.
3. Los nombramientos de las personas integrantes de las comisiones evaluadoras deberán publicarse, con carácter previo a la celebración de las pruebas, en la página web del IES Zurbarán (https://ieszurbaranbad.educarex.es/ ) y en el tablón de anuncios del centro, en Badajoz.
4. Las comisiones evaluadoras, como órganos colegiados de carácter administrativo, se regirán por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexto. Fecha y lugar de realización de las pruebas.
1. Las pruebas de acceso de carácter específico al ciclo final del grado medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial se celebrarán en la primera quincena del mes de febrero, en el día, hora y lugar que determine la Comisión Evaluadora. Esta información se hará pública con suficiente antelación en la página web y en el tablón de anuncios del IES Zurbarán .
2. La fecha, hora y lugar de realización de las pruebas serán fijados por la Comisión y se harán públicos, con la debida antelación, en la página web del IES Zurbarán
(https://ieszurbaranbad.educarex.es/ ) y en el tablón de anuncios del centro, en Badajoz, donde se tramitaron las solicitudes.
3. En la fecha de celebración, los aspirantes deberán presentarse provistos del correspondiente documento oficial de identificación.
Séptimo. Estructura de las pruebas y evaluación.
1. Las pruebas de carácter específico de acceso al grado medio ciclo final, de las enseñanzas deportivas en la especialidad/ modalidad/ disciplinas de que se trate, se adecuarán en su organización, estructura, contenidos y criterios de evaluación a lo dispuesto en los reales decretos por los que se establecen los correspondientes títulos.
2. Una vez haya finalizado el proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora levantará acta de calificación en la que reflejará la calificación obtenida por los aspirantes en cada parte de la prueba. El acta deberá ser firmada por todos los miembros de la Comisión Evaluadora y publicada en la página web y tabón de anuncios del IES Zurbarán , de Badajoz.
3. A los aspirantes que superen la prueba de carácter específico la Comisión Evaluadora les expedirá una certificación acreditativa según el modelo que figura en el anexo VIII de la Orden de 24 de agosto de 2016, de la consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, por la que se regulan las pruebas de madurez y de carácter específico para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en periodo transitorio en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 168, de 31 de agosto).
Octavo. Medidas de aplicación.
Las Delegaciones Provinciales de Educación arbitrarán las actuaciones necesarias para que tengan en conocimiento de las mismas los centros educativos, alumnado, familias y en gene­ral todos los sectores de la Comunidad Educativa.
Noveno. Eficacia y recursos.
1. Esta resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse re­curso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extre­madura, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 19 de diciembre de 2025.
La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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