ANUNCIO de 10 de febrero de 2026 por el que se da publicidad a la aprobación de los anexos y tablas retributivas del personal estatutario, funcionario, eventual, laboral y directivo correspondientes al año 2026 en aplicación del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2025.
TEXTO ORIGINAL
El Acuerdo marco por la mejora del empleo público y el servicio a la ciudadanía, firmado el 27 de noviembre de 2025 por el Gobierno de España y las organizaciones sindicales UGT y CSIF, establece un marco plurianual de incremento retributivo para los empleados públicos que se extiende entre los años 2025 y 2028.
Dada la situación de prórroga de la vigente Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en la cual se regulan las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ha sido necesaria la adopción del Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en al ámbito del sector público. En virtud de lo previsto en su artículo 1, en el año 2025, y con efectos desde el 1 de enero de este, las retribuciones del personal al servicio del sector público experimentarán un incremento global del 2,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2024.
Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 del citado Real Decreto-ley, con efectos desde el 1 de enero de 2026, las retribuciones de los empleados públicos podrán experimentar un incremento máximo global del 1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2025, incluyéndose en estas últimas el 2,5 por ciento aprobado para 2025.
En cumplimiento de lo dispuesto por dicho Real Decreto-ley 14/2025, de 2 de diciembre, y de conformidad con la disposición final tercera, apartado primero, de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, la cual habilita al Consejo de Gobierno a adaptar las tablas retributivas, mediante Acuerdo del mismo adoptado en la sesión celebrada el 16 de diciembre de 2025, se aprueba el incremento del 2,5 por ciento con efectos de 1 de enero de 2025, de los importes recogidos en las tablas retributivas del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos Autónomos, recogidas en los artículos 17 al 19 de dicha ley y por remisión, las retribuciones establecidas en el artículo 20. Adicionalmente, en este mismo acuerdo de Consejo de Gobierno se aprueba que, con efectos desde el 1 de enero de 2026, las retribuciones íntegras del personal de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos Autónomos, experimentarán un incremento adicional del 1,5 por ciento respecto a las retribuciones vigentes a 31 de diciembre de 2025.
Asimismo, se acuerda idéntica variación en las retribuciones de la Presidenta, resto de miembros del Consejo de Gobierno, altos cargos y asimilados de la Junta de Extremadura.
El cumplimiento de estos dos incrementos retributivos aprobados por Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 16 de diciembre de 2025, serán de aplicación sobre los importes recogidos en la vigente Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (en adelante LPGCAEx para 2024), ellos actualizados con las diferentes subidas retributivas aprobadas desde su entrada en vigor, la cual dedica sus artículos 14 a 21 al régimen retributivo del personal de la Asamblea de Extremadura, de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus Organismos Autónomos, de la Presidenta, miembros del Consejo de Gobierno, Altos Cargos y asimilados, así como de su personal directivo, autorizando mediante su mencionado artículo 14 el incremento de las retribuciones íntegras en los términos permitidos por el Estado.
En base a lo acontecido, y a las competencias atribuidas en el apartado segundo de la aludida disposición final tercera de la LPGCAEx para 2024, mediante la cual se autoriza a la persona responsable en cada ámbito de la gestión de la política retributiva y de la nómina del personal, a aprobar y publicar en el Diario Oficial de Extremadura las tablas retributivas que afecten a su ámbito de nómina de personal, así como a dictar mediante resolución las instrucciones necesarias para su desarrollo e interpretación, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2025, se dicta la presente resolución, para actualizar en los porcentajes autorizados por el Estado, las retribuciones del personal de este Organismo Autónomo, según consta en las tablas y anexos que figuran en la misma. Asimismo, se acuerda dar su oportuna publicidad y a los mencionados anexos y tablas en el portal institucional del Servicio Extremeño de Salud.
Por todo lo expuesto, de conformidad con las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, esta Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud,
ANUNCIA:
Dar publicidad a los anexos y tablas retributivas de los empleados públicos del ámbito del Servicio Extremeño de Salud para 2026, aprobadas mediante Resolución de 2 de febrero de 2026, en ejecución del Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2025, y de conformidad con lo previsto en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, las cuales permanecerán expuestas en el portal institucional del Servicio Extremeño de Salud, con denominación Resolución del Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud de 2 de febrero de 2026, por la que se dictan instrucciones para la elaboración de la nómina del personal estatutario, funcionario, eventual, laboral y directivo del Servicio Extremeño de Salud y se aprueban los anexos y tablas retributivas correspondientes al año 2026 en la siguiente dirección de internet: https://saludextremadura.ses.es/web/ , en la sección Normativa , subsección “Otra normativa”.
Mérida, 10 de febrero de 2026. El Director Gerente, JESÚS VILÉS PIRIS.