ANUNCIO de 19 de febrero de 2026 por el que se da publicidad a las bases de la convocatoria para la selección y contratación de un puesto de personal laboral temporal, en INTROMAC, con cargo a un proyecto de investigación científica y técnica.
TEXTO ORIGINAL
Ref.: Expediente contratación n.º 2/26.
El Consorcio para la gestión del INTROMAC, para la satisfactoria ejecución del proyecto de investigación: Iberian Cities against Climate Change through living labs and BIM tools, I-LiBIM , con cargo a las ayudas Programa LIFE-2024-SAP-CLIMA-CCA dentro del mismo INTROMAC es beneficiario de una ayuda de 194.792,43 €.
Oferta la contratación temporal de un puesto de personal laboral, cuya titulación sea la siguiente:
— Titulación universitaria superior: Arquitecto o Grado en Arquitectura con máster habilitante.
Estos contratos se realizan gracias al papel financiador del programa LIFE, Programa de la Unión Europea para el Medio Ambiente y la Acción Climática para el periodo 2021-2027 y es uno de los principales contribuyentes al Pacto Verde Europeo, cuyos objetivos son:
— Transformar la UE en una sociedad justa y próspera, con una economía moderna, eficiente en recursos y competitiva, en la que no haya emisiones netas de gases de efecto invernadero en 2050 y en la que el crecimiento económico se desvincule del uso de recursos.
— Proteger, conservar y mejorar el capital natural de la UE, y proteger la salud y el bienestar de los ciudadanos frente a los riesgos e impactos relacionados con el medio ambiente y el clima.
La dotación financiera total para la ejecución del Programa LIFE durante el periodo 2021-2027 asciende a 5.432.000.000 €.
Al menos el 85% del presupuesto del Programa se asignará, principalmente, a subvenciones para proyectos. Una parte muy reducida de este porcentaje se asignará a instrumentos financieros y a otras formas de financiación.
INTROMAC requiere personal cualificado y especialista para poder dar cumplimiento a las necesidades del referido proyecto, cuyo objetivo principal es desarrollar estrategias y soluciones arquitectónicas y constructivas innovadoras que aumenten la resiliencia climática de áreas urbanas vulnerables del sur de Europa, especialmente en Cáceres, Toledo y Coímbra. Combinando la creación de los I-LiBIM Labs, basados en la metodología de los Urban Living Labs, con el uso de herramientas digitales avanzadas basadas en BIM, que permiten evaluar la vulnerabilidad, analizar el comportamiento de las soluciones y facilitar la toma de decisiones para seleccionar las estrategias de adaptación más adecuadas.
Por todo ello, se efectuará un proceso de selección y contratación de personal laboral temporal con carácter excepcional, para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, con el objetivo de alcanzar un correcto desarrollo del proyecto I-LiBIM, según lo previsto en esta convocatoria y de acuerdo con los principios de mérito, capacidad, igualdad y libre concurrencia.
Primero. Objeto.
1. La presente convocatoria regula el proceso de selección para la formalización de un contrato asociado a un proyecto de investigación científica y técnica a tiempo completo en la categoría de Titulado Superior, de acuerdo con los principios de mérito, capacidad, publicidad e igualdad de trato y oportunidades.
Las titulaciones exigidas para el puesto ofertado, así como la descripción de las tareas a realizar dentro del proyecto figuran como anexo I de esta convocatoria.
Las funciones a desempeñar por parte de la persona seleccionada se desarrollarán dentro de las actividades del proyecto, que son las siguientes:
— WP1: Project management and coordination.
— WP2: Specification I-LiBIM. Detailed roadmap.
— WP5: I-LiBIM project assessment.
— WP6: Sustainability, replication and exploitation of project results.
— WP7: Dissemination and communication.
Con carácter general, también se podrá encargar de otras funciones relacionadas con el desarrollo técnico y control presupuestario del proyecto; participar en las tareas de difusión y sensibilización; gestionar la documentación: archivo físico y digital relativo al ciclo de vida del proyecto; participar en la elaboración de informes justificativos, técnicos y económicos; mantener una adecuada comunicación con las partes, financiadores y otras partes interesadas en el proyecto; colaborar en la planificación, coordinación y ejecución de jornadas, talleres y eventos que pudieran surgir; así como tareas relacionadas con otras actividades y funcionamiento de INTROMAC.
2. Esta convocatoria se regirá, además de por lo establecido en la misma, por las bases generales contenidas en el procedimiento general para la selección y contratación de personal en INTROMAC (PG-11_1); por lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre; la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura; la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura; el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Decreto 111/2017, de 18 de julio, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los empleados públicos con discapacidad; el Decreto 276/2014, de 22 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Consorcio para la Gestión del Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción , modificado por el Decreto 36/2020, de 28 de julio; y la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, o normativa que las sustituya.
3. La convocatoria cumplirá con el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, de acuerdo al Plan de Igualdad aprobado y vigente en INTROMAC y con lo que establece el artículo 14 de la Constitución, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, así como Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género en Extremadura. Toda referencia en esta convocatoria a personas, colectivos, etc. en género masculino, debe entenderse como género gramatical no marcado, incluyendo la referencia a hombres y mujeres.
4. La convocatoria, así como todos sus anexos, se hará pública mediante su publicación a través de Internet en el Diario Oficial de Extremadura, y en la dirección
http://www.intromac.juntaex.es/empleo/ . Se hará público en esta misma dirección de Internet, la relación provisional y definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, así como la relación de aprobados.
Segundo. Requisitos de las/os aspirantes.
Las/os aspirantes que deseen participar en el proceso de selección deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Nacionalidad (encontrarse en alguno de los siguientes supuestos):
a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, sea cónyuge de persona con nacionalidad española, o de persona con nacionalidad de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.
2. Titulación:
a) Estar en posesión de la titulación académica exigida de acuerdo con lo dispuesto en el anexo l, en el momento de presentación de la solicitud o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes.
b) Las/os aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación, en el momento de presentación de la solicitud.
3. Acreditar un conocimiento de inglés de nivel B1 o superior, esto se debe hacer documentalmente presentando el correspondiente certificado acorde al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER), que es el estándar que define la competencia lingüística.
4. No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral.
Las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, y siempre que acrediten la capacidad suficiente para el desempeño de las funciones propias del puesto al que aspiran. Los aspirantes que acrediten alguna discapacidad deberán indicar en la solicitud de inscripción, además de la discapacidad por la que están afectados, aquellas adaptaciones, en su caso, necesarias en el puesto de trabajo, siempre que ello no suponga una modificación inasumible en el contexto de la organización o unidad.
Tercero. Sistema de selección.
1. El procedimiento de selección se compone de una Valoración de méritos y de una entrevista personal.
a. Valoración de méritos:
Esta fase será previa y eliminatoria. Se realizará por parte del Tribunal de Selección una valoración de méritos y curricular de la candidatura presentada por cada aspirante; sólo se valorarán los méritos alegados y acreditados por las/os aspirantes, de acuerdo con el baremo establecido en el anexo II que acompaña a estas bases y que hayan sido aportados junto con la solicitud antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Se valorarán como méritos preferentes: el expediente académico, la experiencia previa del solicitante, y los cursos y actividades de formación complementarios relacionados con el objeto de la convocatoria, así como el desempeño en los idiomas inglés y portugués.
La puntuación obtenida alcanzable será valorada con un máximo de 80 puntos.
b. Entrevista personal:
Esta fase consistirá en una prueba oral, presencial o mediante videoconferencia, donde el Tribunal de Selección comprobará, valorará y clasificará la aptitud y capacidad de la/del aspirante en relación con la adecuación al perfil y a las funciones a desempeñar (anexo I). En su caso, las candidatas y los candidatos serán convocadas/os telefónicamente o a través de correo electrónico para fijar la fecha y hora de la entrevista.
La puntuación obtenida alcanzable será valorada con un máximo de 20 puntos.
2. La resolución final del proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en ambas fases.
Cuarto. Tribunal de Selección.
1. Estará constituido por las siguientes personas:
— Presidente: Raúl Vega Roucher.
— Vocal n.º 1: Carlos Franco Cienfuegos.
— Vocal n.º 2: Ángeles Perianes Gutiérrez.
— Vocal n.º 3: Silvia Lairado Rubio.
— Secretaria: María Soledad Carrero Mendo.
Con el objetivo de garantizar al máximo la transparencia e imparcialidad del proceso de selección, podrá participar como observador en cualquiera de sus fases una/un representante de los trabajadores de INTROMAC.
2. Las/os integrantes del Tribunal de Selección están obligado a respetar en todo momento la condición de confidencialidad sobre todas las cuestiones relacionadas con la evaluación de las/os aspirantes, así como sobre el resto de asuntos referentes al desarrollo del proceso de selección.
3. El Tribunal de Selección resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de esta convocatoria, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas adoptando motivadamente las decisiones que, en cada caso, correspondan según su criterio.
4. Los miembros del Tribunal de Selección deberán abstenerse de intervenir en el proceso, comunicándolo a la Dirección-Gerencia de INTROMAC, cuando en ellos se de cualquiera de las circunstancias prevista en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal de Selección tendrá su sede en el Instituto Tecnológico de Rocas Ornamentales y Materiales de Construcción (INTROMAC), Campus Universitario, s/n, 10071, Cáceres.
6. Al Tribunal de Selección le será de aplicación el régimen previsto en el título preliminar, capítulo II, sección 3.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para los órganos colegiados.
Quinto. Solicitud.
1. Las/os interesadas/os en tomar parte en el proceso de selección formularán su solicitud por escrito según el anexo IV, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura y se dirigirá a la Dirección-Gerencia de INTROMAC, Campus Universitario, s/n, CP 10071 de Cáceres.
2. Las solicitudes, así como cualquier otra comunicación o documento que los interesados dirijan al órgano de selección, podrán presentarse en cualquiera de las oficinas de registro de documentos integrados en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.
3. Junto a la solicitud se aportará la siguiente documentación, no siendo necesario que las fotocopias estén compulsadas:
a) Fotocopia del título académico.
b) Fotocopia del certificado de estudios. Para que el expediente académico pueda valorarse es imprescindible presentar el certificado de estudios donde se recoja las asignaturas cursadas, curso en que se estudiaron, calificaciones obtenidas y nota media alcanzada.
c) Fotocopia de la vida laboral.
d) Fotocopia del certificado que acredite conocimiento de inglés de nivel B1 o superior.
e) Currículum Vitae.
f) Documentación acreditativa de los méritos que se deseen que se valoren.
En ningún caso se tendrán en cuenta los méritos alegados y no justificados documentalmente.
4. Los datos de contacto que figuren en la solicitud (fundamentalmente domicilio, números de teléfono y correo electrónico) se considerarán los únicos válidos a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva de la persona aspirante tanto los errores en su consignación como la falta de comunicación al órgano convocante de cualquier cambio de los mismos.
5. Por motivos de agilidad administrativa, además se recomienda que los aspirantes envíen copia de toda la documentación presentada, de forma ordenada, en un único archivo indexado con formato pdf a la dirección de correo electrónico:
informacion.intromac@org.juntaex.es .
Sexto. Admisión de aspirantes.
1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web
http://www.intromac.juntaex.es/empleo la lista provisional de aspirantes admitidas/os y excluidas/os, con indicación de las causas de exclusión. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista provisional las/os aspirantes dispondrán de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente a su publicación para que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos. Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán ponerlo de manifiesto en el mismo plazo. Este plazo no podrá utilizarse en ningún caso para añadir, completar o modificar la documentación aportada con la solicitud inicial, a excepción de aquella presentada en el plazo de subsanación anteriormente indicado, al objeto de corregir, en su caso, los defectos subsanables.
2. Transcurrido dicho plazo, y resueltas las subsanaciones presentadas, se procederá a la publicación en la web de INTROMAC de la lista definitiva de aspirantes admitidas/os al proceso de selección.
Séptimo. Superación del proceso selectivo.
1. Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal de Selección hará pública la relación provisional de aspirantes que hubieran superado el mismo, con expresión de la puntuación obtenida tanto en la fase de méritos, como en la fase de entrevista, en la página web de INTROMAC, disponiendo los interesados de cinco (5) días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo Tribunal, que no tendrán carácter de recurso.
2. La puntuación final del proceso será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada fase (méritos y entrevista). En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo al siguiente criterio: Mayor puntuación obtenida en el mérito relativo al expediente académico del candidato de acuerdo al anexo II.
3. Resueltas las posibles reclamaciones, el Tribunal de Selección elevará la relación provisional de aprobados a la Dirección-Gerencia de INTROMAC, que dictará resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados, proponiendo la contratación de la persona que mayor puntuación haya obtenido, y disponiendo a su vez su publicación en la página web de INTROMAC. Con el resto de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, ordenados de mayor a menor puntuación se constituirá una lista de reserva, para que ante cualquier contingencia se tenga en cuenta a las personas de esta lista para la cobertura de este mismo puesto, siguiendo para su llamamiento el orden de prelación establecido al finalizar el proceso.
4. La resolución conteniendo la relación definitiva de aprobados pondrá fin a la vía administrativa, pudiendo los interesados interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente. Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias, las bases generales y la presente convocatoria.
Octavo. Presentación de documentos, formalización, régimen y duración del contrato.
1. La persona seleccionada se incorporará en la fecha indicada, tras la formalización del contrato de trabajo y condicionada a la presentación de los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria en el plazo de cinco (5) días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución definitiva:
— Fotocopia compulsada del DNI o del documento acreditativo de la identidad y residencia.
— Fotocopia debidamente compulsada de la titulación académica exigida o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición de dicho título. La compulsa puede ser sustituida mediante la comprobación de las titulaciones oficiales, facilitando el documento pdf o el código QR generado por el servicio Consulta de Títulos Universitarios Oficiales del Ministerio de Educación.
— Aportación de certificado de cuenta bancaria o alta a terceros en la que se le ingresará el salario.
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, conforme al modelo facilitado por INTROMAC.
— Declaración de no estar incurso en incompatibilidad conforme al modelo facilitado por INTROMAC.
— Los aspirantes que tengan la condición de discapacitados deberán presentar certificado, expedido al efecto por el órgano competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y su capacidad para desempeñar las funciones que correspondan a los puestos objeto de esta convocatoria.
2. Aquellos que no presenten la documentación en el momento de la contratación, y salvo causas debidamente justificadas en casos de fuerza mayor y libremente apreciadas por la Administración, o cuando del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, y que hubieran dado lugar a su selección, supondrá la pérdida del derecho del candidato a la formalización del correspondiente contrato de trabajo, así como su exclusión definitiva de la lista de espera correspondiente, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación. En tal supuesto procederá la formalización del contrato con la/el siguiente aspirante de la lista de espera según el orden de prelación establecido en la lista definitiva de aprobados.
3. Las características del contrato son las siguientes:
— Duración de la contratación: 26 meses.
— Modalidad de contratación: Contrato temporal de duración determinada vinculado a programas financiados con fondos europeos al amparo de lo previsto en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre. Se prevé un período de prueba de dos meses.
— Grupo / categoría profesional: Grupo I, titulado superior.
— Retribución: Según tabla salarial del personal laboral de la Junta de Extremadura del año correspondiente para la categoría Grupo I .
— Jornada: A tiempo completo, de 37,5 horas semanales.
Cáceres, 19 de febrero de 2026. El Administrador y Responsable Legal de INTROMAC, RAÚL LUIS VEGA ROUCHER.