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EXTRACTO de la Resolución de 26 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan becas complementarias para estudiantes de ciclos formativos de Grado Superior beneficiarios del "Programa Erasmus+ 2021-2027" en el marco del programa sectorial europeo "Erasmus+" de la Unión Europea para el curso académico 2025/2026.
DOE Número: 5
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 09 de enero de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Enseñanza. Ayudas.
Página Inicio: 1200
Página Fin: 1202
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):879040
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/879040).
Primero. Convocatoria y objeto.
Se realiza la convocatoria periódica en régimen de concurrencia competitiva mediante la tramitación anticipada de becas complementarias de movilidad de estudiantes para la realización de la formación en empresa u organismo equiparado FEOE en el ámbito del Programa Erasmus+ 2021-2027 en el marco del programa europeo Erasmus+ de Educación Superior de la Unión Europea para el curso académico 2025/2026.
Las becas se concederán para estudiantes de Formación Profesional de niveles superiores que hayan realizado la FEOE en estados miembros de la UE y terceros países asociados y no asociados al programa, durante el curso académico 2025/2026.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas el alumnado que, habiendo sido seleccionados en el marco del programa Erasmus+ en la modalidad de movilidad de estudiantes para la estancia de FEOE y cumpliendo los requisitos establecidos en la presente resolución, estén matriculados en enseñanzas de Formación Profesional superior en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el curso académico 2025/2026.
A estos efectos, se consideran enseñanzas de Formación Profesional de niveles superiores los certificados profesionales o cursos de especialización de nivel 3 y los ciclos formativos de grado superior.
Tercero. Bases reguladoras.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en la Orden de 9 de marzo de 2020 (DOE n.º 54, de 18 de marzo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas complementarías para estudiantes de ciclos formativos de Grado Superior beneficiarios del programa sectorial Erasmus de Aprendizaje Permanente en el marco del programa europeo Erasmus+ de la Unión Europea para el curso académico 2025/2026.
Cuarto. Cuantía.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad de noventa mil euros (90.000,00 euros) Posición Presupuestaría/Fondo: 13.003.222B.480.00_ Fondo: 20080213_Finan¬ciación: CAG0000001.
El importe de la beca correspondiente a cada beneficiario se determinará en función del número de semanas de duración de cada estancia. La cuantía de cada beca oscilará entre los 150 euros para 2 semanas de estancia y 1.500 euros para 20 semanas de estancia, según la siguiente escala:
— 2 semanas: 150 euros.
— 3 semanas: 225 euros.
— 4 semanas: 300 euros.
— 5 semanas: 375 euros.
— 6 semanas: 450 euros.
— 7 semanas: 525 euros.
— 8 semanas: 600 euros.
— 9 semanas: 675 euros.
— 10 semanas: 750 euros.
— 11 semanas: 825 euros.
— 12 semanas: 900 euros.
— 13 semanas: 975 euros.
— 14 semanas: 1.050 euros.
— 15 semanas: 1.125 euros.
— 16 semanas: 1.200 euros.
— 17 semanas: 1.275 euros.
— 18 semanas: 1.350 euros.
— 19 semanas: 1.425 euros.
— 20 semanas: 1.500 euros.
La presente convocatoria se tramita de forma anticipada, de acuerdo con lo previsto en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por lo que queda condicionada de forma suspensiva a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del presente extracto, conforme al artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 26 de diciembre de 2025.
El Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa,
PD, Res. de 6 de noviembre de 2024,de la Secretaría General
(DOE núm. 217, de 7 de noviembre),
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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