ANUNCIO de 6 de marzo de 2026 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación durante el ejercicio 2025, al amparo del artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de conceder subvenciones de forma directa con carácter excepcional, siempre que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. El artículo 32.1.a) de la citada ley considera supuestos excepcionales de concesión directa aquellos en los que por razón de la especial naturaleza de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas sin fines de lucro; y según el artículo 32.2, la concesión de estas subvenciones se efectuará previa solicitud del/los interesado/s y se instrumentará mediante resolución o convenio.
Por su parte, el apartado 1 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone que los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención. Igualmente, atendiendo a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, las subvenciones concedidas fuera de los procedimientos de concurrencia competitiva deberán publicarse en el Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura.
En cumplimiento de este mandato y en el ejercicio de la competencia delegada mediante Resolución de la Secretaría General de la Consejería de fecha 6 de noviembre de 2024 (DOE núm. 217, de 7 de noviembre), que es el órgano con competencias en materia de concesión subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (modificado por el artículo 10 uno de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 69, de 9 de abril de 2019)), la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación,
ACUERDA:
Dar publicidad a las subvenciones concedidas por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, en el ámbito de las competencias de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación durante el año 2025, en virtud de lo establecido en el artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se detallan en el anexo I adjunto, con expresión de los beneficiarios, programa y crédito presupuestario, finalidad y cuantía concedida.
Mérida, 6 de marzo de 2025. El Secretario General, PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024 (DOE núm. 217, de 7 de noviembre), El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación, JAVIER DE FRANCISCO MORCILLO.