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MODIFICACIÓN del Extracto por el que se publicita la ampliación de plazo de presentación de las solicitudes a la I convocatoria de ayudas en aplicación de la EDLP y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos de inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas, cuyo productos resultantes no se incluyan en el anexo I del Tratado de la UE, en el ámbito de actuación de la Asociación para el Desarrollo Integral del Tajo Salor Almonte (TAGUS).
DOE Número: 52
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 17 de marzo de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Desarrollo rural. Ayudas.
Página Inicio: 10346
Página Fin: 10346
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 874340
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 241 de fecha 16 de diciembre de 2025, Extracto de 5 de diciembre de 2025, referido a la I convocatoria de ayudas Leader en el marco de la EDLP y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos productivos de acciones de inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas, que tengan como resultado del proceso de producción un producto no incluido en el anexo I del Tratado de la UE, en el ámbito de actuación de TAGUS, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es ).
Para proyectos con acciones de inversiones en transformación y comercialización de productos agrícolas, que tengan como resultado del proceso de producción un producto no incluido en el anexo I del Tratado de la UE, se aprobó un plazo de presentación de solicitudes de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas determina en su artículo 32, que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a la petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
Aprobada la ampliación del plazo del plazo de presentación de solicitudes por resolución de la presidencia de TAGUS, el pasado 4 de marzo de 2026 y, tras su autorización por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural con fecha 5 de marzo de 2026, se procede a la modificación del Extracto de 5 de diciembre de 2025 en el siguiente apartado: Quinto. Plazo de presentación de solicitudes , quedará redactado de la siguiente manera: Cuatro meses y medio contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura .
Mérida, 6 de marzo de 2026.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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