ANUNCIO de 9 de marzo de 2026 sobre aprobación inicial de Estudio de Detalle.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de la Alcaldía, PD, Decreto 2026/1217, de 6 de marzo de 2026, y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación inicial del siguiente Estudio de Detalle:
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Clase de instrumento urbanístico
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Estudio de Detalle
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Expediente
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Estudio de Detalle Manzana-22 del APR-1 NUR-4 en Gévora
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Instrumento que desarrolla o complementa
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Plan General Municipal
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Clasificación del suelo
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Urbano
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Delimitación del ámbito afectado
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Manzana catastral 86034 rodeada por la calle Magdalena, del Prado, Nuestra Señora de Guadalupe y Ronda de Poniente de Gévora Badajoz, conformada por varias fincas
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Promotor y Arquitecto redactor
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Promotores: Inmobiliaria Municipal de Badajoz, SA
Arquitecta: Elena Olea Muriel
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Objeto
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Modificación de alineaciones en la manzana urbana 22 con el fin de adaptar la alineación oficial a las edificaciones existentes, recuperando la alineación histórica de la manzana.
Con posterioridad se procederá a la solicitud de licencia urbanística de edificación de 6 viviendas en uno de los solares que la conforman.
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Justificación
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Se realiza este Estudio de Detalle a requerimiento del Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento de Badajoz, para la obtención posterior de la licencia de edificación, para la construcción de 6 viviendas en un solar de esta manzana y establecer la ordenación de las alineaciones.
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El documento aprobado inicialmente se somete a información pública por plazo de un mes de acuerdo con el artículo 65.4.c) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en la Sede electrónica de este Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto al efecto en el artículo 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, plazo durante el cual podrán formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas computándose el mismo a partir de la última de las publicaciones citadas.
De acuerdo con el artículo 25.3.b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, la adopción de este acuerdo suspenderá el otorgamiento de licencias, salvo las que resulten ajustadas al régimen vigente y a las determinaciones del nuevo planeamiento.
El documento aprobado inicialmente, debidamente diligenciado, se encuentra depositado para su consulta pública en el Servicio Administrativo de Planeamiento y Gestión de este Excelentísimo Ayuntamiento sito en la c/ Vicente Barrantes, 6 2.ª planta, así como en la siguiente dirección electrónica
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/59332/planeamiento-en-tramite
Badajoz, 9 de marzo de 2026. El Alcalde, PD, Decreto de Alcaldía 2/2/2024 (BOP n.º 28, de 8/2/2024), El Teniente-Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.