Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

ANUNCIO de 17 de marzo de 2026 por el que se notifica la remesa de requerimientos de subsanación de solicitudes de ayuda acogidas a la Resolución de 12 de septiembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se efectúa convocatoria de ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, correspondiente al ejercicio 2026.
DOE Número: 58
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 25 de marzo de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Sector vitivinícola. Notificaciones.
Página Inicio: 11235
Página Fin: 11237
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26 de octubre) se dictó en aplicación de la normativa de la Unión Europea y de acuerdo con la habilitación prevista en la disposición final primea de la Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino.
Con la publicación del Decreto 15/2023, de 1 de marzo, se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (DOE n.º 55, de 21 de marzo).
Mediante Resolución de 12 de septiembre de 2025, de la Secretaría General (DOE n.º 200, de 17 de octubre de 2025), se efectúa la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2026.
Una vez examinadas las solicitudes que se relacionan en el anexo adjunto presentadas en la citada convocatoria y, conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requiere para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a esta notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidas de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
Tanto las personas físicas como las jurídicas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y de acuerdo con el artículo 13 del decreto, están obligadas a la utilización de los medios electrónicos.
Mérida, 17 de marzo de 2026. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, JESÚS M. PÉREZ DURÁN.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2026 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal