RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura, el Consejo General del Notariado y el Ilustre Colegio Notarial de Extremadura para la aplicación de las nuevas tecnologías en el ámbito tributario.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 20 de marzo de 2026, la Adenda de prórroga al Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura, el Consejo General del Notariado y el Ilustre Colegio Notarial de Extremadura para la aplicación de las nuevas tecnologías en el ámbito tributario, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 23 de marzo de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA, EL CONSEJO GENERAL DEL NOTARIADO Y EL ILUSTRE COLEGIO NOTARIAL DE EXTREMADURA PARA LA APLICACIÓN DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS EN LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS.
Mérida, 20 de marzo de 2026.
REUNIDOS
De una parte:
Dña. Elena Manzano Silva como Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, para cuyo cargo fue nombrada por el Decreto de la Presidenta 18/2023, de 20 de julio, y facultada para este acto según lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte:
D.ª Concepción Pilar Barrio del Olmo en su condición de Presidenta del Consejo General del Notariado, en representación de dicho Consejo General, y el Ilmo. Sr. D. Ignacio Ferrer Cazorla, en nombre y representación del Colegio Notarial de Extremadura, en su calidad de Decano del mismo.
Reconociéndose las partes, en sus correspondientes representaciones, la capacidad legal necesaria para suscribir la presente adenda de prórroga de convenio,
EXPONEN
Primero. El 22 de marzo de 2022, la entonces Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, en virtud de lo previsto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formaliza Convenio de Colaboración entre la Junta de Extremadura, el Consejo General del Notariado y el Ilustre Colegio Notarial de Extremadura para la aplicación de las nuevas tecnologías en la aplicación de los tributos, teniendo como objeto:
1. Instrumentar la presentación telemática de declaraciones y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tributarias que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por parte de los profesionales integrantes del Consejo General del Notariado y el Ilustre Colegio Notarial de Extremadura a través de su propio sistema informático.
2. Regular el envío de la declaración informativa notarial y de la copia autorizada electrónica de los documentos públicos, materializado en fichas notariales, por parte del sistema informático del Consejo General del Notariado y el Ilustre Colegio General del Notariado, al sistema tributario de la Junta de Extremadura.
Segundo. En cuanto a la vigencia del convenio, la cláusula decimocuarta establece: Este convenio tendrá vigencia de cuatro años a partir de la firma del mismo, pudiéndose prorrogar en los términos previstos por el artículo 49 h) 2º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por otro período de idéntico, salvo que sea denunciado por cualquiera de las partes con tres meses de antelación a la fecha de finalización .
Tercero. Teniendo en cuenta la eficacia de esta actuación conjunta y estando próxima la extinción del convenio inicialmente establecido, se pone de manifiesto la voluntad de las partes para la prórroga del mismo.
Por ello, en el ejercicio de las competencias de las partes firmantes, acuerdan unánimemente suscribir la presente adenda con las siguientes:
ESTIPULACIONES
Primera. Prórroga del Convenio.
De conformidad con lo previsto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y al amparo de lo establecido en la cláusula Decimocuarta del convenio suscrito con fecha 22 de marzo de 2022, se prorroga la vigencia del mismo durante 1 año a partir de la fecha de vencimiento del convenio primigenio.
Segunda. Continuidad y efectos.
La presente adenda en nada más modifica el Convenio suscrito entre las partes con fecha 22 de marzo de 2022, cuyo clausulado continuará en vigor en los mismos términos y condiciones.
Estando de acuerdo las partes en el contenido del presente documento, y en prueba de conformidad, firman el mismo en la fecha y lugar señalados.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA
La Presidenta del
Consejo General del Notariado,
CONCEPCIÓN PILAR BARRIO DEL OLMO
El Decano del Colegio
Notarial de Extremadura,
IGNACIO FERRER CAZORLA