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ANUNCIO de 23 de marzo de 2026 por el que se notifica el acuerdo de inicio del procedimiento para la declaración de la pérdida del derecho al cobro de la subvención en expediente de ayuda a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, correspondiente a la convocatoria de 2025.
DOE Número: 61
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 30 de marzo de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Sector vitivinícola. Notificaciones.
Página Inicio: 11725
Página Fin: 11726
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 15/2023, de 1 de marzo (DOE núm. 55, de 21 de marzo), establece las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en instrumentos de comercialización, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común. La normativa básica aplicable a este tipo de intervención se establece en el Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE núm. 257, de 26 de octubre de 2022).
Mediante Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General (DOE núm. 3, de 7 de enero de 2025), se efectúa la convocatoria de las ayudas para el ejercicio 2025.
En base a los dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de acuerdo con los artículos 45 y 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; se notifica el acuerdo por el que se inicia el procedimiento para la declaración de la pérdida del derecho al cobro de la subvención y, apertura de trámite de audiencia, en el expediente que se relaciona en el anexo adjunto, para que, en el plazo de 15 días hábiles a contar, a partir del día siguiente al de esta notificación, puedan realizar alegaciones así como, presentar los documentos y justificaciones, que estimen pertinentes.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través de la notificación individual en la plataforma LABOREO: https://laboreo.juntaex.es/
Las alegaciones, así como los documentos y justificaciones, se presentarán, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24.3 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, a través del Registro Electrónico General de la Junta de Extremadura o mediante cualquiera de los registros y medios electrónicos previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 23 de marzo de 2026. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria; PS, El Jefe de Sección Ayudas a las Industrias Agrarias (Instrucción 5/2025, de la Secretaría General, por la que se regula el régimen de suplencias de los titulares de las jefaturas de servicio y unidades administrativas de la Consejería), JAVIER MONTERO DELGADO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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