ANUNCIO de 24 de marzo de 2026 por el que se da publicidad de las personas beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2025 al amparo del Decreto 126/2024, de 8 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de la Resolución de 7 de octubre de 2025 por la que se convocan las ayudas para el ejercicio 2025.
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 126/2024, de 8 de octubre, establece las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la cría, selección y doma de caballos de silla dirigidas a profesionales en ganadería de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 213, de 31 de octubre de 2024) y la Resolución de 7 de octubre de 2025 (DOE núm. 203, de 22 de octubre de 2025), establece la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2025.
Estas ayudas tienen como finalidad reforzar el tejido socioeconómico del sector equino a través de la cría, selección y doma de caballos de silla en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En base a la normativa anteriormente mencionada, podrán resultar beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, titulares de los caballos y/o yeguas que cumplan lo dispuesto en el artículo 5 del decreto de bases reguladoras para ser considerados conceptos subvencionables.
La ayuda consiste en la percepción económica de 5.000 € por parte del titular de cada uno de los caballos o yeguas que hayan resultado beneficiarios, de acuerdo con el citado decreto.
La asignación económica de cada línea de ayuda es de 20.000 euros para la anualidad 2025, según se establece en el apartado noveno de la citada resolución de convocatoria de 7 de octubre.
El procedimiento de concesión ha sido tramitado en régimen de concurrencia competitiva dentro de cada línea de ayuda, siguiendo lo dispuesto en el artículo 9.1. de las bases reguladoras.
La cuantía de esta subvención está sujeta a los límites y requisitos del Reglamento (UE) n.º 1408/2013, de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola (DOUE núm. 352, de 24 de diciembre de 2013), modificado por el Reglamento (UE) 2024/3118 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024, por el que el importe total de las ayudas de minimis concedidas por un Estado miembro a una única empresa no excederá de 50.000 euros durante cualquier período de tres años.
El artículo 10.6 de dicho decreto de bases reguladoras establece que el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica asociada de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Por todo lo anterior, se procede a publicar en el listado anexo la relación de personas beneficiarias de la ayuda para el año 2025, con un importe total de cuarenta y cinco mil euros (45.000 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, proyecto 20180106 Actuaciones del Plan Estratégico Equino .
Mérida, 24 de marzo de 2026. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, JOSÉ MARÍA GUERRERO PÉREZ.