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RESOLUCIÓN de 26 de marzo 2026, del Consejero, por la que se concede la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura.
DOE Número: 70
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 14 de abril de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Honores y Distinciones.
Página Inicio: 13382
Página Fin: 13384
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Visto el informe-propuesta de la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, de fecha 20 de marzo de 2026, relativo a la concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura, se dicta la presente resolución con base a los siguientes,
ANTEDECENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 27 de febrero de 2014, se publica en el Diario Oficial de Extremadura la Orden de 17 de febrero de 2014 del Consejero de Administración Pública, por la que se crean distinciones y condecoraciones a la permanencia en el servicio de la policía local y a la labor policial y de seguridad de Extremadura y se regula su procedimiento de concesión (DOE núm. 40, de 27 de febrero).
Segundo. Con fecha 20 de marzo de 2026, la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil dicta Acuerdo de inicio de procedimiento de concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a favor de don Gerardo Gil Izquierdo y de don José Alejandro Domínguez Sánchez, cuya actuación merece ser reconocida institucionalmente por cumplir con los requisitos previstos en el artículo 5.2 de la Orden de 17 de febrero de 2014.
Tercero. Con fecha 20 de marzo de 2026, se dicta informe-propuesta por el Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil, proponiendo la concesión del referido galardón a las personas mencionadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Orden de 17 de febrero de 2014.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. La competencia para la concesión de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura corresponde al titular de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 231/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la referida Orden de 17 de febrero de 2014.
Segundo. La Orden de 17 de febrero de 2014 tiene por objeto, según establece su artículo 1, ...la creación de distinciones y condecoraciones... como reconocimiento... a la labor realizada en favor de la dignificación y reconocimiento público de las policías locales y en la defensa y promoción de los derechos y libertades públicas .
Por su parte, el artículo 2 de la mencionada disposición reglamentaria crea la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura, y el artículo 3.2 determina quiénes son los destinatarios de la misma:
... A las entidades locales, a las asociaciones de municipios constituidas al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a los cuerpos de policía local, a sus miembros individualmente y a los auxiliares de la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como a personas físicas o jurídicas, agrupaciones, centros e instituciones que, aun siendo ajenas a las funciones policiales, contribuyan de alguna manera a la dignificación del colectivo policial y al ejercicio de las funciones de seguridad pública que tienen encomendadas .
Asimismo, en el artículo 5.2 se indica que para su concesión ... será necesario que las actividades o funciones de sus destinatarios destaquen de forma notoria por su labor en favor de la dignificación y reconocimiento de las policías locales y del ejercicio de las funciones que éstas tienen encomendadas para la seguridad, defensa y promoción de los derechos y libertades públicas de los ciudadanos .
Tercero. Tramitado el procedimiento previsto en los artículos 8 y siguientes de la Orden de 17 de febrero de 2014, de acuerdo con el informe-propuesta emitido por la Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil, se acredita en el procedimiento el cumplimiento, por parte de las personas propuestas como beneficiarias, de los méritos y circunstancias que legitiman el otorgamiento de la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura.
Por todo cuanto antecede, de acuerdo con la propuesta del Secretario General de Interior, Emergencias y Protección Civil, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de febrero de 2014,
RESUELVO:
Primero. Conceder la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a don Gerardo Gil Izquierdo y a don José Alejandro Domínguez Sánchez.
Segundo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Presidencia, Interior y Dialogo Social, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o plantear directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con el artículo 10.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su publicación, conforme dispone el artículo 46 de la misma ley. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 26 de marzo de 2026.
El Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social,
ABEL BAUTISA MORÁN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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