EXTRACTO del Decreto 186/2025, de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la finalización de obras inacabadas de construcción u obras de reforma/adaptación en centros residenciales, centros de día o centros de noche de titularidad municipal y adquisición del equipamiento necesario, de tal manera que supongan la creación de plazas residenciales para personas en situación de dependencia y se aprueba la convocatoria única.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 880357
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/880357).
Primero. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión.
1. Se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la finalización de obras inacabadas de construcción u obras de reforma/adaptación en centros residenciales, centros de día o centros de noche de titularidad municipal y adquisición del equipamiento necesario, de tal manera que supongan la creación de plazas residenciales para personas en situación de dependencia, respecto de los datos obrantes en el registro del SEPAD a fecha de publicación de esta convocatoria.
2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones será el de concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
Segundo. Entidades beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones los municipios y las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
— Que tengan una densidad de población entre 7 y 25 habitantes por km2 y con un porcentaje igual o mayor al 6% de habitantes mayores de 85 años, según los índices de población del Instituto de Estadística de Extremadura, resultantes del último censo anual de población.
— Que ostenten la titularidad de un inmueble destinado a centro residencial, centro de día o noche en situación de construcción o reforma/adaptación y que sea objeto de equipamiento si se solicitara financiación en este extremo.
Tercero. Bases Reguladoras.
Decreto 186/2025 de 16 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a conceder por la Consejería de Salud y Servicios Sociales para la finalización de obras inacabadas de construcción u obras de reforma/adaptación en centros residenciales, centros de día o centros de noche de titularidad municipal y adquisición del equipamiento necesario, de tal manera que supongan la creación de plazas residenciales para personas en situación de dependencia, así como para la adquisición de bienes necesarios para la prestación de servicios de proximidad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la convocatoria periódica y única en cada una de sus líneas.
Cuarto. Cuantía.
La financiación por parte de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de las subvenciones convocadas a través del presente decreto para la línea 1, tendrá como límite la cantidad de 4.150.000,00 euros que se distribuirá del siguiente modo:
— Con cargo a de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026, la cantidad de 2.075.000,00 euros en centro gestor 11006, aplicación presupuestaria G/232A/76000, programa 20240541 Adaptación centros residenciales , fondo TE23001001.
— Con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2027, la cantidad de 2.075.000,00 euros en centro gestor 11006, aplicación presupuestaria G/232A/76000, programa 20240541 Adaptación centros residenciales , fondo TE23001001.
La cuantía máxima subvencionable será de 250.000,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ) de la convocatoria y del extracto al que se refiere el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las solicitudes y la documentación requerida se presentarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico https://www.juntaex.es/w/0726525 para la línea de obras inacabadas o reforma/adaptación y su equipamiento, o bien en cualquiera de los registros electrónicos referidos en el 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Mérida, 19 de diciembre de 2025.
La Secretaria General,
MARÍA DEL PILAR NOGALES PEROGIL