ANUNCIO de 9 de abril de 2026 sobre aprobación inicial de Estudio de Detalle de la parcela 23.1 del ACO 5.5.
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de la Alcaldía, PD, Decreto 2026/1748, de fecha 8 de abril de 2026, y tras la tramitación del oportuno procedimiento, adoptó acuerdo de aprobación inicial del siguiente Estudio de Detalle:
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Clase de instrumento urbanístico
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Estudio de Detalle
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Expediente
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2026/2195
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Instrumento que desarrolla o complementa
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Plan General Municipal
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Clasificación del suelo
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Urbano
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Delimitación del ámbito afectado
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Parcela 23.1 perteneciente ACO 5.5 del PGM de Badajoz, de forma poligonal irregular y con una superficie de suelo de 60.019,76 m², linda al norte con la c/ Sierra de San Pedro, al sur con avenida de las Vaguadas y Colegio Puertapalma, al este con c/ Pantano de la Serena y al oeste con c/ Sierra de Gata. La parcela descrita es una finca independiente, en virtud del Plan General Municipal de Badajoz.
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Promotor y arquitecto redactor
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Promotor: Sociedad Casino de Badajoz.
Arquitectos: Daniel Jiménez + Jaime Olivera _ Arquitectos, SLP.
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Objeto
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La reordenación de los volúmenes de las futuras edificaciones en la parcela citada, al haber sido aprobada la modificación puntual de la ordenación estructural del PGM M-OE-03/20162 para la ampliación de edificabilidad de la parcela 23.1 del ACO 5.5 para posibilitar la ampliación de las instalaciones del club del campo de la Sociedad Casino de Badajoz.
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Justificación
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La ordenación propuesta no modifica el destino urbanístico del suelo, no incrementa los aprovechamientos urbanísticos del suelo y no modifica determinaciones estructurales, ni establece nuevos usos y ordenanzas, ni afecta negativamente a las dotaciones públicas, de acuerdo a los artículos 54 de la LOTUS y 65 del RGLOTUS.
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El documento aprobado inicialmente se somete a información pública por plazo de un mes de acuerdo con el artículo 65.4.c) del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, mediante la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y en la Sede electrónica de este Ayuntamiento, conforme a lo dispuesto al efecto en el artículo 57 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, plazo durante el cual podrán formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas computándose el mismo a partir de la última de las publicaciones citadas.
De acuerdo con el artículo 25.3.b) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, la adopción de este acuerdo suspenderá el otorgamiento de licencias, salvo las que resulten ajustadas al régimen vigente y a las determinaciones del nuevo planeamiento.
El documento aprobado inicialmente, debidamente diligenciado, se encuentra depositado para su consulta pública en el Servicio Administrativo de Planeamiento y Gestión de este Excelentísimo Ayuntamiento sito en la c/ Vicente Barrantes, 6 2.ª planta, así como en la siguiente dirección electrónica
https://www.aytobadajoz.es/es/ayto/planeamiento/59467/planeamiento-en-tramite
Se publica, como anexo I a este acuerdo un resumen ejecutivo de las características esenciales de la nueva ordenación, junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales
Badajoz, 9 de abril de 2026. El Alcalde, PD, Decreto de Alcaldía 2/2/2024 (BOP n.º 28, de 8/2/2024), El Teniente-Alcalde Primero, Concejal Delegado de Urbanismo, CARLOS URUEÑA FERNÁNDEZ.