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ANUNCIO de 19 de enero de 2024 por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Adecuación tramo LAMT desde PF Aljucén a derivación CT "Estadio" en Esparragalejo (Badajoz)". Término municipal: Esparragalejo. Expte: 06/AT-1191/18374.
DOE Número: 78
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 24 de abril de 2026
Apartado: IV ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 15721
Página Fin: 15722
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
A los efectos prevenidos en el título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el título VII, capítulo II, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la petición de autorización administrativa previa de las instalaciones que a continuación se detallan:
1. Denominación del proyecto: Adecuación tramo LAMT desde PF Aljucén a derivación CT Estadio en Esparragalejo (Badajoz).
2. Peticionario: Distribuidora Eléctrica Carrión, SL, con domicilio en Pedro Vadillo, 18, 06870 La Garrovilla.
3. Expediente: 06/AT-1191/18374.
4. Finalidad del proyecto: Mejora de la calidad del suministro de la zona.
5. Instalaciones incluidas en el proyecto:
Origen: PF Aljucén.
Fin: Poste existente derivación CT Estadio.
Tipo de línea: Aérea, simple circuito, 15 kV.
Conductor: 47-AL1/8-ST1A (antes LA-56), con una longitud de 887 m.
Apoyos: 6 metálicos.
Emplazamiento: En el polígono 2, parcelas 9004, 413, 312, 313 y 316 del término municipal de Esparragalejo.
6. Evaluación ambiental: No es de aplicación ningún trámite de evaluación de impacto ambiental de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
7. Resolución del procedimiento: De conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, pondrá fin al procedimiento la resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.
8. Tipo de bienes y derechos afectados: Bienes y derechos de titularidad pública.
La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el proyecto, de acuerdo con la información y documentación aportada por el peticionario, que se recoge en el Anexo del presente anuncio.
Todo ello se hace público para conocimiento general, y especialmente de los titulares cuyos bienes o derechos pudieran verse afectados por el proyecto, pudiendo ser examinada la documentación correspondiente durante un período de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de este anuncio:
— En las oficinas del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, sitas en Avda. Miguel Fabra, número 4 (Pol. Ind. El Nevero ), previa solicitud de cita en el teléfono 924012100 o en la dirección de correo soiemba@juntaex.es.
— En la página web www.industriaextremadura.juntaex.es , en el apartado Información Pública .
Durante el plazo indicado anteriormente, los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen pertinentes, que deberán ser remitidas a este Servicio, efectuando su presentación en cualquiera de los registros y oficinas relacionados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 19 de enero de 2024. El Jefe de Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, JUAN FRANCISCO LEMUS PRIETO.
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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