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RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2026, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se da publicidad a la composición de los órganos de selección que han de juzgar los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 16 de marzo de 2026.
DOE Número: 81
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 29 de abril de 2026
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Procesos selectivos. Tribunales.
Página Inicio: 16288
Página Fin: 16291
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 16 de marzo de 2026, de la Dirección General de Personal Docente (DOE núm. 51, de 16 de marzo), se convocan procedimientos selectivos para ingreso, adquisición de nuevas especialidades, integración en listas de espera ordinarias y supletorias, y valoración de méritos de integrantes de listas ordinarias, para el Cuerpo de Maestros.
La base VII de la Convocatoria regula los órganos de selección, cuya función es llevar a cabo la selección de los participantes en los procesos selectivos para los que fueron nombrados, teniendo esta consideración los tribunales y las comisiones de selección, determinando la base XI el nombramiento y constitución de los citados órganos.
Mediante Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Dirección General de Personal Docente (DOE núm. 61, de 30 de marzo), se da publicidad a los listados iniciales de personal candidato a integrar los órganos de selección que han de juzgar los procesos selectivos convocados por Resolución de 16 de marzo de 2026, y se dispone la realización del sorteo público para determinar el orden de nombramiento de dicho personal.
Por Resolución de 31 de marzo de 2026, de la Dirección General de Personal Docente (DOE núm. 65, de 7 de abril), se da publicidad al resultado del sorteo público que determina el orden de nombramiento de las personas candidatas a formar parte de los órganos de selección que han de juzgar los procedimientos selectivos de 2026 y se ordena la exposición de los listados provisionales de citado personal, concediendo un plazo de cinco días hábiles para solicitar abstenciones y dispensas por parte de citado personal.
Tras el estudio de abstenciones y dispensas, por Resolución de 17 de abril de 2026, se da publicidad a la relación definitiva de personas candidatas a formar parte de los órganos de selección que han de juzgar los procedimientos selectivos convocados por Resolución de 16 de marzo de 2026.
Habiéndose declarado aprobado el listado provisional de admisión y exclusión para participar en los procedimientos selectivos convocados (DOE núm. 76, de 22 de abril), esta Dirección General de Personal Docente, de conformidad con lo establecido en el apartado 11.5 de la base XI.
RESUELVE:
Primero. Composición y constitución de los tribunales.
Hacer pública la composición de los tribunales titulares y suplentes por cada especialidad, los cuales se relacionan en el anexo I a esta resolución.
Las personas relacionadas en el citado anexo como integrantes titulares de los tribunales, así como la primera persona de reserva (vocalía reserva 1), quedan convocadas para la constitución de los tribunales y las comisiones de selección, en las siguientes fechas y ubicaciones, según especialidad:
PROVINCIA DE BADAJOZ
ESPECIALIDAD FECHA HORARIO
597-038 Educación Primaria 6 de mayo Aula Magna Facultad de Económicas 17:30
597-036 Pedagogía Terapéutica 6 de mayo Aula Magna Facultad de Económicas 17:30
597-032 Idioma Extranjero Inglés 6 de mayo Aula Magna Facultad de Económicas 17:30
597-035 Música 6 de mayo Aula Magna Facultad de Económicas 17:30
PROVINCIA DE CÁCERES
ESPECIALIDAD FECHA HORARIO
597-031 Educación Infantil 7 de mayo Aula Magna Facultad de Derecho 17:30
597-034 Educación Física 7 de mayo Aula Magna Facultad de Derecho 17:30
597-037 Audición y Lenguaje 7 de mayo Aula Magna Facultad de Derecho 17:30
Sedes:
— Aula Magna Facultad de Ciencias Económicas: Avenida de Elvas, s/n, de Badajoz.
— Aula Magna Facultad de Derecho: Avenida de las Letras, s/n, de Cáceres.
Si el tribunal no hubiera podido constituirse, pese a haber acudido al procedimiento previsto, la Dirección General de Personal Docente adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar el derecho de las personas aspirantes a participar en el proceso selectivo.
Segundo. Abstención y dispensa por causas sobrevenidas.
Las personas designadas para formar parte de los órganos de selección, tanto titulares como suplentes, deberán solicitar la abstención cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en la base XV de la Convocatoria.
Asimismo, el personal designado como integrante de los órganos de selección podrá obtener la dispensa por las causas justificadas previstas en el apartado 7.4 de la base VII de la Convocatoria, siempre que las citadas causas sean sobrevenidas y no hayan podido alegarse en el plazo general establecido para ello.
La estimación de la abstención por parte de la Dirección General de Personal Docente supondrá la no participación como órgano de selección salvo que, por necesidad de personal, se estime necesaria la presencia de la persona solicitante, en cuyo caso su participación tendrá lugar en cualquiera de los tribunales donde no concurra la causa de la abstención y siempre y cuando no forme parte de la comisión de selección.
La estimación de la dispensa supondrá la no participación de la persona solicitante como Órgano de Selección.
Tercero. Recusación.
Las personas aspirantes podrán, en cualquier momento del procedimiento selectivo, promover la recusación de las personas designadas para formar parte de los órganos de selección, cuando se dé en ellos cualquiera de las causas previstas en la base XV de la Convocatoria.
La estimación de la recusación por parte de la Dirección General de Personal Docente supondrá la no participación como órgano de selección salvo que, por necesidad de personal, se estime necesaria la presencia de la persona designada como órgano de selección, en cuyo caso su participación tendrá lugar en cualquiera de los tribunales donde no concurra la causa de la recusación y siempre y cuando no forme parte de la comisión de selección.
Cuarto.
El plazo para realizar recusaciones, así como solicitar abstenciones y dispensas por carácter sobrevenido se abrirá el 15 de mayo, una vez que los tribunales hayan sido constituidos. Estas solicitudes deberán ser realizadas obligatoriamente mediante el enlace disponible en el portal https://profex.educarex.es , adjuntando la documentación acreditativa que corresponda en cada caso. Esta documentación se concreta en el anexo II de la presente resolución.
Quinto.
Con el fin de garantizar el correcto funcionamiento de los órganos de selección y el buen desarrollo de las pruebas selectivas, la Dirección General de Personal Docente podrá decidir sobre la improcedencia de la participación del personal designado como órgano selectivo.
Sexto.
Los anexos a los que hace referencia la presente resolución serán publicados en el portal PROFEX (https://profex.educarex.es ).
Mérida, 23 de abril de 2026.
El Director General de Personal Docente,
DAVID MORENO REGO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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