MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de la Junta Directiva de la Asociación para la Promoción y Desarrollo del Valle del Jerte de convocatoria de ayudas para aplicación de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos no productivos de acciones a servicios básicos para la economía y la población rural.
DOE Número: 82
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 30 de abril de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Desarrollo rural. Ayudas.
Página Inicio: 16913
Página Fin: 16914
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 869143
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el presente extracto, tiene por objeto la modificación el Extracto de 13 de noviembre de 2025, referido a la Resolución de la Junta Directiva de la Asociación para la Promoción y Desarrollo del Valle del Jerte I convocatoria de ayudas para aplicación de la estrategia de desarrollo local participativo y la metodología Leader 2023-2027 para proyectos no productivos de acciones a servicios básicos para la economía y la población rural, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 227, de fecha 25 de noviembre de 2025, correspondiente a la convocatoria I/2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ).
El crédito aprobado en la I Convocatoria era:
— 500.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
Según lo referido en el Decreto 78/2024, de 23 de julio, por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2323-2027 que establece en su artículo 28.5 ... Asimismo, podrá incrementarse la cuantía asignada a la convocatoria, en cualquiera de sus procedimientos, como consecuencia de generaciones, incorporaciones o ampliaciones de crédito, siempre que hayan sido autorizados el órgano directivo con competencias en materia de Desarrollo Rural antes de resolver la concesión de las ayudas, con los límites establecidos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma .
Por delegación de la Junta Directiva de Soprodevaje, la presidenta del grupo con fecha de 7 abril de 2026, solicita el incremento del crédito en 127.000 euros y tras su autorización por parte de la Directora General de Desarrollo Rural con fecha 9 de abril de 2026 se procede a la modificación del extracto de 13 de noviembre de 2025, en los siguientes apartados:
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 627.000 euros que se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR23771900/20230313, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.
La intensidad de ayuda podrá alcanzar hasta un máximo del 100 % con el límite de 80.000 euros por proyecto .
Mérida, 9 de abril de 2026.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ