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RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2026, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se da publicidad a la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2026.
DOE Número: 85
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 06 de mayo de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Inclusión social. Subvenciones.
Página Inicio: 18268
Página Fin: 18278
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Orden de 24 de mayo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social (DOE núm. 101, de 28 de mayo de 2021), establece en el artículo 2 que las subvenciones reguladas en la presente orden irán dirigidas a financiar, total o parcialmente, los programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social regulados en el artículo 3 que desarrollen las entidades del Tercer Sector Social y Cruz Roja Española en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El procedimiento para la concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica.
En cumplimiento de lo anterior, el día 26 de noviembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura núm. 228 la Resolución de 5 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2026.
El apartado decimotercero de la citada Resolución de 5 de noviembre de 2025 (DOE núm. 228, de 26 de noviembre de 2025) dispone que: Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ) y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index ), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, indicándose la aplicación presupuestaria y el proyecto de gasto al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.
Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ), a tenor de lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es ), según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura .
En cumplimiento de lo dispuesto en los citados artículos, y en ejercicio de la competencia delegada por parte de la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales mediante Resolución de 25 de septiembre de 2023 (DOE núm. 189, de 2 de octubre de 2023), una vez resueltas y notificadas las resoluciones de concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para la financiación de programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social que se indican a continuación,
RESUELVO:
Primero. Dar publicidad a las subvenciones concedidas para financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2026 por Resolución de 27 de marzo de 2026, de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, por la que se resuelve el procedimiento de concesión de subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 5 de noviembre de 2025, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar programas de inclusión social para colectivos en situación o riesgo de exclusión social para el ejercicio 2026.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, desagregando en el anexo I las subvenciones concedidas, con indicación la puntuación obtenida, cuantía solicitada, entidad beneficiaria, coste total del programa financiado y cantidad concedida. En el anexo II las solicitudes desestimadas, desistidas o inadmitidas, indicando la entidad, el programa para el que solicitó la financiación y las causas de exclusión.
Mérida, 28 de abril de 2026.
La Secretaria General,
PD, Resolución de 25 de septiembre de 2023(DOE núm. 189, de 2 de octubre),
La Secretaria General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia,
MARÍA TERESA ANGULO ROMERO
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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