RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2026, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la primera Adenda de modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz (Promedio) para la mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado, de residuos textiles y de fracción orgánica en el ámbito doméstico en varios municipios de la provincia de Badajoz, financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU". Expediente: MR202512007PRO.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 24 de abril de 2026, la primera Adenda de modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz (Promedio) para la mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado, de residuos textiles y de fracción orgánica en el ámbito doméstico en varios municipios de la provincia de Badajoz, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU . Expediente: MR202512007PRO, de conformidad con lo previsto en el artículo 19 del Decreto 154/2025, de 18 de noviembre, por el que se regula la actividad convencional y el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 28 de abril de 2026.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
PRIMERA ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESION DIRECTA DE UNA SUBVENCION POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ (PROMEDIO) PARA LA MEJORA DE LA RECOGIDA SEPARADA DE ACEITE DE COCINA USADO, DE RESIDUOS TEXTILES Y DE FRACCIÓN ORGÁNICA EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO EN VARIOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA-FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NEXT-GENERATION EU . EXPEDIENTE: MR202512007PRO.
24 de abril de 2026.
REUNIDOS
De una parte, D. Germán Puebla Ovando, Director General de Sostenibilidad en virtud del Decreto 127/2023, de 2 de agosto, por el que se dispone su nombramiento, y facultado para este acto por Resolución de 2 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se delegan determinadas competencias, así como la firma de resoluciones y actos, en los órganos administrativos de la Consejería (DOE n.º 152, de 8 de agosto de 2023), modificada mediante Resolución de 9 de agosto de 2024.
La presente Adenda de modificación del convenio ha sido autorizado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 21 de abril de 2026.
Y de otra parte, el Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz (PROMEDIO) con NIF: P0600044B y sede en centro I+D+I de la Sostenibilidad en Avda. Pardaleras 64, CP 06003 de Badajoz en su nombre y representación Raquel del Puerto Carrasco, con DNI ***7807** , Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, con poderes suficientes para la firma de este Convenio, de acuerdo con lo establecido en su toma de posesión del referido cargo, en sesión constitutiva de 7 de Junio 2025, fecha en la que asumió todos los derechos, deberes y demás obligaciones que al cargo le confiere el actual ordenamiento jurídico.
Intervienen ambos en el ejercicio de las facultades que legalmente les confieren los cargos que respectivamente desempeñan, reconociéndose legitimación para la suscripción del presente Convenio y, al efecto,
MANIFIESTAN
Primero. La Junta de Extremadura, a través de su Estatuto de Autonomía, tiene atribuidas las competencias para la protección del medio ambiente y de los ecosistemas, debiendo adoptar las medidas necesarias para garantizar la conservación, protección y recuperación de las especies de fauna y flora que viven en el estado silvestre en su territorio.
Conforme se establece en el Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE núm. 145 de 28 de julio), por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre los órganos directivos que constituyen la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible se encuentra la Dirección General de Sostenibilidad, la cual llevará a cabo la promoción, ejecución y control en materia de conservación de la naturaleza y el medio ambiente. Así mismo, es competente en la programación y propuesta de actuaciones en relación con las áreas naturales protegidas y la biodiversidad. Además, le corresponden, la planificación, gestión y control de las actividades y proyectos con repercusiones en el medio ambiente, la evaluación ambiental de planes, programas y proyectos, así como, el otorgamiento de las autorizaciones ambientales a que se encuentren sujetas los proyectos y actividades, así como su control y seguimiento.
El Consorcio de Gestión Medioambiental de la Diputación de Badajoz, Promedio, se creó en 2005 con la finalidad de prestar aquellos servicios medioambientales de competencia municipal, y en concreto los relacionados con el Ciclo Integral del Agua y el Ciclo Completo de los Residuos.
En el ámbito de los residuos de origen doméstico y municipal, el Consorcio gestiona en la actualidad la recogida en 106 municipios de forma integral la recogida y transporte de las fracciones de resto; papel y cartón; y envases ligeros.
Dichos residuos se depositan en función de su tipología en las diferentes instalaciones y medios puestos a disposición para su posterior tratamiento por la empresa pública GESPESA, o a gestores autorizados como es el caso para el Papel y Cartón.
Promedio, tiene entre sus objetivos principalmente, la mejora continua de la calidad de los servicios prestados, la optimización de los recursos disponibles o la implantación de sistemas que favorezcan la innovación, entre otros, y específicamente adaptándolos estos a la gestión de los residuos.
En este caso, las nuevas demandas en el cumplimiento de requisitos y exigencias, que lleven a alcanzar objetivos medioambientales puestos a nivel europeo, nacional y autonómico en materia de residuos, hacen que Promedio sea la entidad provincial adecuada para implantar aquellas medidas que afecten a la gestión de los residuos de competencia municipal en aquellas entidades locales que así le han delegado la gestión de los mismos.
Segundo. Con fecha de 15 de octubre de 2025 se firmó el Convenio por la Dirección General de Sostenibilidad y la Diputación de Badajoz CONVENIO POR EL QUE SE ARTICULA LA CONCESION DIRECTA DE UNA SUBVENCION POR LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA JUNTA DE EXTREMADURA AL CONSORCIO PARA LA GESTIÓN DE SERVICIOS MEDIOAMBIENTALES DE LA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ (PROMEDIO) PARA LA MEJORA DE LA RECOGIDA SEPARADA DE ACEITE DE COCINA USADO, DE RESIDUOS TEXTILES Y DE FRACCIÓN ORGÁNICA EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO EN VARIOS MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, FINANCIADO POR EL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA-FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA NEXT-GENERATION EU .
Tercero. Mediante solicitud de modificación del proyecto inicial de fecha de 19 de marzo de 2026 dirigido a la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, la entidad Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz- PROMEDIO, efectúa una solicitud de modificación del proyecto SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE PLAZOS DE EJECUCIÓN, PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE ACTUACIONES SOBRE EL CONVENIO FORMALIZADO SIN VARIACIÓN ECONÓMICA EXPT: MR202512007PRO.
Manifestando ampliación del plazo de gasto, ejecución y justificación hasta el máximo posible sin comprometer el resto de las actuaciones en su tramitación ante el resto de las administraciones.
Cuarto. De conformidad con la cláusula sexta del convenio, se prevé la posibilidad de modificar el mismo previa valoración técnica por el Director Técnico, emitida con fecha 07 de abril de 2026.
Por todo ello, las partes acuerdan formalizar la presente adenda con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto la modificación del Convenio por el que se articula la concesión directa de una subvención por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz (Promedio) para la mejora de la recogida separada de aceite de cocina usado, de residuos textiles y de fracción orgánica en el ámbito doméstico en varios municipios de la provincia de Badajoz, financiado por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la Unión Europea Next-Generation EU , con el objeto de ampliación de plazo.
En concreto se modifica el clausulado del convenio en los términos siguientes:
Segunda. Modificación del convenio.
Uno. Se modifica la cláusula segunda referida a la vigencia que queda redactada de la siguiente manera:
La vigencia del presente convenio se extenderá desde la firma hasta el 15 de mayo de 2026, plazo máximo de justificación, siendo plazo máximo de ejecución de las actuaciones hasta el 10 de mayo de 2026 .
Dos. Se modifica el último párrafo de la cláusula sexta, quedando redactado de la siguiente manera:
El período de ejecución referente a las actividades incluidas en este convenio será desde la firma del convenio hasta el 10 de mayo de 2026 .
Tres. Se modifican los párrafos segundo y tercero de la cláusula octava que se refiere al régimen de justificación y pagos quedando redactados de la siguiente manera:
El período de ejecución referentes a las actividades incluidas en este convenio será desde la firma del convenio hasta el 10 de mayo de 2026.
El período de justificación referentes a las actividades incluidas en este convenio será el siguiente desde la firma del convenio hasta el 15 de mayo de 2026.
El pago, por parte del beneficiario, de los gastos realizados para la consecución del objeto de este convenio podrá realizarse desde la suscripción hasta el 10 de mayo de 2026 .
Tercera. Vigencia del resto de clausulado y anexos.
Los restantes términos y condiciones del convenio suscrito con fecha 15 de octubre de 2025, mantienen su vigencia, salvo lo modificado en la presente Adenda.
Cuarta. Eficacia de la Adenda.
La presente adenda será eficaz desde la fecha de su firma por las partes y extenderá su vigencia hasta el 15 de mayo de 2026.
En prueba de conformidad se firma a fecha de firma electrónica.
(PD, Resolución de 2 de agosto de 2023, DOE n.º152 de 8/8/2023),
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO
La Presidenta de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz,
RAQUEL DEL PUERTO CARRASCO