DECRETO de la Presidenta 22/2026, de 8 de mayo, por el que se delega en las personas titulares de las Vicepresidencias y Consejerías la firma de los convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado, en el ámbito de sus respectivas competencias.
TEXTO ORIGINAL
La firma de los convenios que se celebren con el Estado corresponde a la Presidenta de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el ejercicio de sus atribuciones como suprema representante de dicha Comunidad Autónoma, quien podrá delegarla en otras autoridades, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.1.b) de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Decreto de la Presidenta 11/2026, de 29 de abril, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crean las Vicepresidencias.
Por otra parte, el artículo 76 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, habilita a los titulares de los órganos administrativos para que, en materias de su competencia, puedan delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos, añadiendo que la delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y que para la validez de la misma no será necesaria su publicación, pudiendo ser revocada en cualquier momento.
Razones de agilidad administrativa y celeridad en la gestión aconsejan efectuar la delegación de la firma de los convenios que celebre la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado en las personas titulares de las Vicepresidencias y Consejerías competentes por razón de la materia.
Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.b) de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en relación con los artículos 14.e), 76 y 90.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero,
RESUELVO:
Primero. Delegar en las personas titulares de las Vicepresidencias y Consejerías de la Junta de Extremadura la firma de los convenios que, en el ámbito de las competencias atribuidas a sus respectivos departamentos, celebre la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado.
Segundo. Los convenios que se firmen por delegación indicarán expresamente esta circunstancia, haciendo constar la denominación del órgano delegante y del órgano en favor del cual se confiere la delegación, precedidas de la expresión por autorización o su forma usual de abreviatura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero.
Tercero. El presente decreto surtirá efectos desde el mismo día de su firma.
Mérida, 8 de mayo de 2026.
La Presidenta de la Junta de Extremadura,
MARÍA GUARDIOLA MARTÍN