RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2026, de la Dirección General de Función Pública, por la que se modifica la relación de personas aspirantes que serán nombradas como funcionarios/as de carrera de la especialidad de Administración General del Cuerpo Auxiliar, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 de la base décima de la Orden de 23 de diciembre de 2022 por la que se convocan, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
TEXTO ORIGINAL
En cumplimiento de lo previsto en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público, con fecha de 28 de julio de 2022, se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el Acuerdo para el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de Administración General de la Junta de Extremadura, negociado en Mesa Sectorial de Administración General y Comisión Negociadora para el personal laboral de 30 de junio de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 151, de 5 de agosto).
De conformidad con lo anterior, mediante Orden de 28 de diciembre de 2022 (Diario Oficial de Extremadura número 247, de 28 de diciembre), modificada por Orden de 17 de diciembre de 2024 (Diario Oficial de Extremadura número 247, 23 de diciembre) se convocaron procesos selectivos, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el sistema excepcional de concurso de méritos.
Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de ellas desierta, el apartado 3 de la base décima de la Orden de convocatoria contempla que, si alguno de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables a la misma, la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, nombrará como funcionarios/as de carrera y adjudicará las plazas correspondientes a las personas aspirantes que, sin figurar en la relación de personas aprobadas en las listas definitivas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de puntuación total alcanzada.
Por Resolución de 9 de septiembre de 2025 de la Dirección General de Función Pública (Diario Oficial de Extremadura número 180, de 18 de septiembre), se dispuso la publicación de la citada relación de personas aspirantes que serían nombradas como funcionarios/as de carrera, la cual fue modificada por Resolución de 27 de noviembre de 2025 (Diario Oficial de Extremadura número 231, de 1 de diciembre), abriéndose un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de su publicación, para que presentasen la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.
Además, mediante anexo III, la Resolución publicaba la relación de personas aspirantes que, aunque no habían aprobado el citado proceso selectivo, debían presentar en ese mismo plazo la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, excepto el de la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la especialidad correspondiente.
Por otro lado, también mediante Resolución de 27 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, se procedió a regular el procedimiento para la adjudicación de destino a dichas personas aspirantes, en virtud del cual se les convocaba para que compareciesen en el acto público de elección de plazas que se celebró el día 5 de diciembre de 2025, haciéndose público el resultado de la adjudicación por Resolución de 9 de diciembre de 2025 (Diario Oficial de Extremadura número 239, de 12 de diciembre).
Estableciéndose en el apartado segundo de la Resolución de 9 de septiembre de 2025 que las personas aspirantes que serían nombradas como funcionarios/as de carrera y que figuraban en el anexo I, debían presentar la documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, una vez transcurrido dicho plazo y celebrado el citado acto de elección, procede dejar sin efecto el nombramiento como personal funcionario de carrera de personas aspirantes por distintos motivos, como son haber presentado renuncia, no haber presentado en plazo la documentación exigida o por no aportar la documentación acreditativa del cumplimiento de alguno de los requisitos exigidos en las relaciones de puestos de trabajo para ocupar el puesto.
Esto conlleva que sea necesario proceder a la modificación de la relación de personas aspirantes que serán nombradas como funcionarios/as de carrera mediante la inclusión en la misma de personas aspirantes que figuraban en el anexo III, las cuales deberán aportar la documentación acreditativa de la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas propias o habituales de la especialidad correspondiente.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, esta Dirección General de Función Pública, en virtud de las competencias atribuidas en material de personal por el Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Modificación de la relación de personas aspirantes que serán nombradas como funcionarios/as de carrera de la especialidad de Administración General del Cuerpo Auxiliar.
1.1. Se modifica el anexo I de la Resolución de 9 de septiembre de 2025 en el que se incluye la relación de personas aspirantes que serán nombradas como funcionarios/as de carrera de la especialidad de Administración General del Cuerpo Auxiliar, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 de la base décima de las Órdenes por las que se convocan, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procesos selectivos para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
1.2. La persona que en virtud de la presente resolución se incluye en el anexo I deberá someterse a un reconocimiento médico que determine su capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la especialidad a la que opta.
1. A tales efectos, el Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura contactará con las personas interesadas de forma individual, a través del número de teléfono facilitado en su solicitud de participación, para su citación. En el caso de que el informe dictamine que carece de la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la especialidad, la persona aspirante no podrá ser contratada, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ella se refiere.
2. El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la convocatoria, no podrán ser nombrados quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
1.3. Se publica en el anexo II de la presente resolución la relación de los puestos que se ofertan, con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos de trabajo vigente de dicha especialidad.
Segundo. Nombramiento como funcionario/a de carrera.
Una vez acreditada la capacidad funcional en los términos anteriormente indicados por Orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, se procederá al nombramiento como funcionaria de carrera y a la adjudicación del puesto, la cual se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 28 de abril de 2026.
El Director General de Función Pública,
HUGO ALFONSO CURIEL RODRÍGUEZ