RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2026, de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, disponiendo la ejecución de la sentencia n.º 507/2025, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura dictada en el procedimiento ordinario n.º 510/2024.
TEXTO ORIGINAL
Con fecha 27 de octubre de 2025 la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha dictado sentencia n.º 507/2025 en el recurso contencioso-administrativo n.º 510/2024, promovido por D.ª Encarnación Crespo Santiago, siendo demandada la Junta de Extremadura, contra la resolución de 16 de agosto de 2024, de la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, dictada en expediente 24/057/BA. La referida sentencia tiene el carácter de firme.
El Decreto 59/1991, de 23 julio, regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales disponiendo en los artículos 8 y siguientes la obligación de dictar resolución por el órgano que dictó el acto o disposición origen del proceso en orden al cumplimiento de la sentencia que será publicada en el DOE cuando anule o modifique el acto impugnado.
Por tanto, en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia n.º 507/2025 de 27 de octubre de 2025, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dictada en el recurso contencioso-administrativo 510/2024, llevando a puro y debido efecto el fallo, cuya parte dispositiva dice:
Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales D.ª María Dolores González Rodríguez, en representación y defensa de D.ª Encarnación Crespo Santiago, contra la Resolución de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda de la Junta de Extremadura de 16 de agosto de 2024, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución por la que se deniega otorgar la calificación rústica solicitada, y declaramos haber lugar a los siguientes pronunciamientos:
1) Se anula la Resolución de la Consejería de Infraestructuras, Transportes y Vivienda de la Junta de Extremadura de 16 de agosto de 2024, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución por la que se deniega otorgar la calificación rústica solicitada.
2) Retrotraer las actuaciones a efectos de que se emita el correspondiente informe de impacto ambiental y el certificado de disconformidad o la conformidad de las edificaciones respecto de las que existe riesgo de formación de tejido urbano.
Mérida, 12 de mayo de 2026.
El Director General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana,
SATURNINO CORCHERO PÉREZ