RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2026, de la Dirección Gerencia, por la que se hacen públicas las adjudicaciones definitivas en el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la categoría estatutaria de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
TEXTO ORIGINAL
Convocado por Resolución de 27 de mayo de 2025 (DOE n.º 106, de 4 de junio) concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en determinadas especialidades de la categoría estatutaria de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud y una vez publicada la resolución provisional con los aspirantes que obtienen destino y cumplido el plazo establecido para presentación de alegaciones, la Comisión de Valoración ha elevado propuesta de adjudicación definitiva a la Dirección Gerencia para la resolución correspondiente.
En virtud de lo dispuesto en la base séptima apartado segundo de la convocatoria, a propuesta de la Comisión de Valoración y en base a las atribuciones conferidas en el artículo 4.m) de los Estatutos del Organismo Autónomo del Servicio Extremeño de Salud, aprobados mediante el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, modificado por el Decreto 68/2010, de 12 de marzo, esta Dirección Gerencia,
RESUELVE:
Primero. Hacer públicas las puntuaciones y destinos definitivamente adjudicados en el concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermero/a en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud, según figura en el anexo de la presente resolución.
Esta resolución podrá consultase en el Portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud (https://saludextremadura.ses.es/seleccionpersonal/).
Segundo. Declarar desiertas las vacantes convocadas y no adjudicadas, las cuales no aparecen publicadas en el citado anexo.
Tercero. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y en consecuencia no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.
De conformidad con la base octava de la convocatoria los destinos adjudicados son irrenunciables, salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución de un procedimiento de movilidad voluntaria convocado por la misma u otra Administración. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín Oficial en el que aparezca la adjudicación del destino o certificado expedido por el Centro que acredite que se ha efectuado la toma de posesión.
Cuarto. Con objeto de garantizar tanto la continuidad como una adecuada planificación de la asistencia sanitaria, y de conformidad con lo dispuesto en la base 9.6 de la convocatoria del concurso de traslado, el cese en la plaza de origen se producirá el día 5 de octubre de 2026 y la toma de posesión en el nuevo destino obtenido se efectuará el día 6 de octubre de 2026, salvo en el supuesto de que la persona interesada proceda de otro servicio de salud y no esté prestando servicios en el Servicio Extremeño de Salud. En este último caso, el plazo de un mes para tomar posesión del nuevo destino se computará a partir del día del cese, el cual tendrá lugar el día 5 de octubre de 2026.
Todo ello sin perjuicio de la base 9.4 de la Resolución de 27 de mayo de 2025, por la cual se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado en la dicha situación por el Servicio de Salud en que preste servicios, quien no se incorpore en el destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-administrativa que resulte competente según lo dispuesto en los artículos 8, 10, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. No obstante, con carácter potestativo podrá interponerse recurso de reposición previo ante el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 102 y 107 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero (DOE n.º 35, de 26 de marzo, y BOE n.º 92, de 17 de abril), del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mérida, 15 de mayo de 2026.
La Directora Gerente,
ENCARNACIÓN SOLÍS PÉREZ