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Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito por anualidades de la primera convocatoria para el ejercicio 2021, de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (EURI) para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19. (Decreto 142/2021, de 21 de diciembre).
DOE Número: 107
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 06 de junio de 2023
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: consejería de agricultura, desarrollo rural, población y territorio
Rango: Modificación
Descriptores: Explotaciones agrarias. Ayudas.
Página Inicio: 34843
Página Fin: 34845
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 605492
Por Decreto 142/2021, de 21 de diciembre, se establecen las bases reguladoras y normas de aplicación de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura incluidas en el instrumento de recuperación de la UE para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19 y primera convocatoria para el ejercicio 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 9, de 14 de enero de 2022, el extracto del citado Decreto 142/2021, de bases reguladoras y primera convocatoria para el ejercicio 2021, aprobado por la Secretaria General con fecha 23 de diciembre de 2021, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
El artículo 13 Procedimiento de concesión del citado decreto dispone que la concesión de las ayudas se realizará en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica.
Por su parte, el apartado h) del artículo 23.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que las convocatorias de ayuda en los procedimientos de concesión en régimen de concurrencia competitiva deben contener al menos, entre otros extremos, los créditos presupuestarios a los que se impute la subvención y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas.
En cumplimiento de las previsiones legales anteriores, el apartado 11 de la disposición adicional segunda de la convocatoria para el año 2021, establece que las ayudas se concederán con cargo al centro gestor 120040000, fondo FREI040102 posición presupuestaria G/353A/77000, proyecto 20220051 con una dotación total de diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000 €), conforme a las siguientes anualidades e importes:
Año 2022......................400.000 €.
Año 2023.................. 14.000.000 €.
Año 2024.................. 5.000.000 €.
El gasto correspondiente a estas ayudas está cofinanciado por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER Next Generation EU ) en un 100%, de acuerdo con los recursos económicos asignados en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020, Medida 4 Inversiones en activos físicos , a la Submedida 4.1 “Inversiones en Explotaciones Agrícolas”, Actuación 4.1.2 “Mejora y Modernización de las Explotaciones Agrarias. EURI”.
No obstante, si las disponibilidades presupuestarias lo permiten estas cantidades podrán incrementarse hasta la cuantía que corresponda, conforme a la normativa que le resulte de aplicación, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación o ampliación de crédito .Conforme al apartado 3 del artículo 39 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, el aumento de los créditos en las convocatorias por el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a lo establecido en el artículo 23.2.h de esta ley o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria, exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe, de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias .
El hecho de que se hayan sobrepasado con mucho las expectativas de personas solicitantes, se han presentado 2.233 solicitudes de ayuda, con voluntad de obtener recursos para salir de la situación extraordinaria de la crisis provocada por la COVID-19, ha ocasionado un retraso en el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva.
Dado que no se han emitido todavía resoluciones favorables de concesión, y que los plazos máximos de realización de inversiones son, de 4 meses para las muebles y de 9 meses para las inmuebles o las que combinen ambas, se han estimado los expedientes con posibilidad de que soliciten el pago en este ejercicio presupuestario, y a la vista del resultado, el órgano instructor considera que con contar con una dotación de diez millones de euros (10.000.000 €) en 2023 sería más que suficiente.
Por las razones anteriormente expuestas, para ajustar la dotación por anualidades a las necesidades reales de gasto previstas, y en aplicación del apartado 3 del artículo 39 de la Ley 6/2011, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación del Extracto y Anuncio de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, por el que se da publicidad a la redistribución del crédito por anualidades de la primera convocatoria para el ejercicio 2021, de las ayudas a la mejora y modernización de las explotaciones agrarias mediante Planes de Mejora en la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en el Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (EURI) para hacer frente al impacto de la crisis COVID-19. (Decreto 142/2021, de 21 de diciembre). Todo ello, sin variar la dotación total de diecinueve millones cuatrocientos mil euros (19.400.000 €), y con cargo a la aplicación presupuestaria 120040000 G/353A/77000 FREI040102 20220051 4.1.2 EURI Mejora y Modernización de las Explotaciones Agrarias , conforme al siguiente detalle:
Año 2023..................10.000.000 €.
Año 2024...................9.400.000 €.
Mérida, 30 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARIA CURIEL MUÑOZ

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