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RESOLUCIÓN de 18 de abril de 2023, de la Consejera, de modificación de la Resolución de 23 de marzo de 2023, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, del monte con el n.º 72, "Las Quinientas", sito en el término municipal de Berlanga, y propiedad del municipio, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública del mismo y su inclusión en aquel catálogo.
DOE Número: 80
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 27 de abril de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Montes.
Página Inicio: 27290
Página Fin: 27292
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Con fecha 23 de marzo de 2023, desde esta Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio se dictó una resolución en la que se ordenaba que se dé cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de fecha 10 de febrero de 2023, por el que se resolvió declarar de utilidad pública e incluir en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz el monte Las Quinientas , sito en el término de Berlanga y propiedad de dicho municipio , para lo que se disponía que desde la Dirección General de Política Forestal de esta Consejería se inscribiera en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz el terreno forestal mencionado, con los datos que se especificaban. Esa resolución, conforme a lo ordenado en su texto, fue publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 67, de 10 de abril de 2023.
Posteriormente, se ha constatado que en la resolución referida se ha omitido aclarar la situación en la que quedaría el Consorcio existente sobre el suelo forestal con respecto al que el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 16.3 de la Ley 43/2023, de 21 de noviembre, de Montes, ha declarado su utilidad pública e inclusión en el Catálogo de Montes de aquella condición.
Para ello, como se ha apuntado, y como se refleja también en la Resolución de 23 de marzo de 2023, debemos tener en cuenta que la superficie de 160,81 hectáreas para las que el Ayuntamiento de Berlanga, titular de los terrenos, solicitó la consideración de monte de utilidad pública, y a la que, tras la tramitación del oportuno expediente, se ha extendido el acuerdo del Consejo de Gobierno a que se ha aludido, forma parte de otra mayor, con una extensión total de 245,43 hectáreas, sobre la que aún permanece en vigor el Consorcio Forestal con n.º de elenco BA-3023, denominado "Dehesa Boyal de Arriba y Abajo o Las Quinientas", constituido con el Ayuntamiento de Berlanga, y cuyas bases fueron aprobadas por el Patrimonial Forestal del Estado con fecha 16 de febrero de 1956.
A este respecto, el artículo 285.2 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, prevé que Cuando el consorcio o convenio de repoblación recaiga sobre terrenos de un monte de titularidad pública no incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública pero que posea alguna de las características previstas en el artículo 24 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, si fuere efectivamente catalogado, tal contrato quedará rescindido con efectos desde la fecha en la que se produzca la incorporación del monte al catálogo, suprimiéndose la participación en los aprovechamientos de la Administración autonómica con competencias en materia forestal, y quedará condonada la deuda en las mismas condiciones del apartado anterior . Por lo tanto, los efectos de la declaración de utilidad pública del terreno forestal sobre el Consorcio al que estaba afecto se producen ope legis o por ministerio de la ley, pero se considera conveniente puntualizar tal circunstancia, en aplicación del principio de seguridad jurídica.
En consecuencia, en virtud de todo lo anterior, y en ejercicio de las atribuciones conferidas con carácter general por los artículos 36 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en concreto, por el artículo 231.3 de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, particularmente en cuanto se refiere a este acto por su apartado h), todo ello en relación con lo dispuesto en el Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 23 de marzo de 2023, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, del monte con el n.º 72, "Las Quinientas", sito en el término municipal de Berlanga, y propiedad del municipio, al haber acordado el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de utilidad pública del mismo y su inclusión en aquel catálogo, en los siguientes aspectos:
1. En el apartado Primero del Resuelvo , cuando se hace referencia a los datos con los que debe inscribirse el Monte “Las Quinientas” en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, donde dice “Servidumbres y cargas registradas: la superficie solicitada para ser declarada de utilidad pública se encuentra actualmente consorciada con la administración forestal (competencias que recaen en la Junta de Extremadura), mediante Consorcio aprobado en fecha 10 de febrero de 1956. La superficie consorciada, a día de hoy, es de 245,43 ha de las que sólo 160,81 ha constituyen el monte “Las Quinientas”. Dentro del monte existe un muladar creado y gestionado por el ayuntamiento de Berlanga de 5.000 metros cuadrados”, debe decir “Dentro del monte existe un muladar creado y gestionado por el ayuntamiento de Berlanga de 5.000 metros cuadrados”.
2. Se introduce un nuevo apartado en el Resuelvo , con el siguiente tenor:
Segundo: Declarar producida la rescisión del Consorcio con n.º de elenco BA-3023 en lo que se refiere a la superficie que conforma el monte de utilidad pública Las Quinientas (160,81 hectáreas), con efectos desde la fecha en la que el Consejo de Gobierno acordó su catalogación -10 de febrero de 2023-, suprimiéndose desde ese día la participación en los aprovechamientos de la Administración autonómica con competencias en materia forestal, con condonación de la deuda que en dicha fecha pudiese arrojar el estado de cuentas a favor de la Hacienda extremeña, y con reversión del derecho de vuelo a su titular, el municipio de Berlanga. El Consorcio subsistirá sobre el resto de la superficie (84,62 hectáreas) con respecto a la que continuaba en vigor .
3. Los apartados Segundo , Tercero , “Cuarto” y “Quinto” del “Resuelvo”, pasarán a ser los apartados “Tercero”, “Cuarto”, “Quinto” y “Sexto”, respectivamente, manteniendo el resto de su redacción.
4. El resto del contenido de la Resolución de 23 de marzo de 2023, por la que se ordena la anotación en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Badajoz, del monte con el n.º 72, "Las Quinientas", permanecerá idéntico.
Segundo. Disponer que se notifique esta resolución al Ayuntamiento de Berlanga, a cuya instancia se inició el procedimiento que finalizó con la declaración de la utilidad pública del monte Las Quinientas , del que es titular, para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Disponer que esta resolución se publique en el Diario Oficial de Extremadura, para general conocimiento.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 103.d) de la Ley 1/2002, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de acuerdo con los artículos 10, 14, 46.1 y relacionados de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante lo anterior, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución, advirtiéndose que, en este último caso, no podrá interponerse recurso contencioso hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Mérida, 18 de abril de 2023.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL

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