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Extracto de la Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2023.
DOE Número:
90
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
viernes, 12 de mayo de 2023
Apartado:
III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo:
PRESIDENCIA DE LA JUNTA
Rango:
Extracto
Descriptores:
Emigración. Ayudas.
Página Inicio:
30381
Página Fin:
30382
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 693435
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, siempre que acrediten cumplir los requisitos específicos determinados en el Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo) y en la convocatoria y no se hallen incursas en alguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario en los apartados recogidas 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones correspondiente al ejercicio 2023.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto del Presidente 15/2021, de 10 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones (DOE n.º 52, de 17 de marzo); (Corrección de errores publicada en DOE n.º 67, de 12 de abril).
Cuarto. Cuantía.
Se destinará una cantidad total de cuarenta y siete mil cuatrocientos euros (47.400,00 €), con cargo a los créditos autorizados en la posición presupuestaria 020040000/G/253C/78000, proyecto de gasto 20160007 Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior y con fuente de financiación CA de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023 .
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Estas ayudas se abonarán en un único pago, sin necesidad de garantía alguna, una vez justificada la adquisición del equipamiento.
Mérida, 2 de mayo de 2023.
Secretario General de la Presidencia,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ
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