Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al incremento del crédito de la convocatoria para el ejercicio 2022 y 2023 de las ayudas estatales del bono alquiler joven, contempladas en la Resolución de 7 de julio de 2022, que regula dicha convocatoria.
DOE Número: 97
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 23 de mayo de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Viviendas. Ayudas.
Página Inicio: 31932
Página Fin: 31933
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 638589
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 135, de fecha 14 de julio de 2022, extracto de la Resolución de 7 de julio de 2022, de la Secretaria General, por la que se establece la convocatoria de las ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023.
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Mediante Resolución de 7 de julio de 2022, se establece la convocatoria de las ayudas estatales del bono alquiler joven, correspondiente a las anualidades 2022 y 2023, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 135, de fecha 14 de julio de 2022.
Dicha resolución, publicada en el mismo DOE, en el apartado 1 del resuelvo decimocuarto, en relación a las partidas presupuestarias que financian la ayuda estatal del bono alquiler joven se establece:
A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 6.000.000,00 €, de los que 3.000.000 € se imputarán a los créditos del ejercicio 2022 y 3.000.000,00 € a los créditos del ejercicio 2023 , en la siguiente aplicación presupuestaria:
Sección: 16 Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda.
Servicio: 16002 Dirección General de Vivienda.
Programa: 261A Promoción y Ayudas para el Acceso a la Vivienda.
Clasificación Económica: 480.00.
Fuente de Financiación: TE.
Proyecto: 20220388 Bono alquiler joven .
Fondo: TE26002001.
Continúa diciendo el punto 2 de dicho resuelvo que las concesiones tendrán como límite la cuantía total del crédito presupuestado, sin perjuicio de su incremento conforme a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en función de las disponibilidades presupuestarias.
El crédito existente es insuficiente para atender a todas las solicitudes que se han presentado hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria, en el que recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de cuanto antecede, se procede a publicar un nuevo anuncio de ampliación de los créditos previstos en el apartado 1 del resuelvo decimocuarto de la Resolución de convocatoria correspondiente a las ayudas estatales del bono alquiler joven en la aplicación presupuestaria: centro gestor: 160020000, Posición Presupuestaria: G/261A/480.00, Fondo: TE26002001, proyecto: 20220388, distribuidos en las siguientes anualidades: 2023 3.000.000,00 € y 2024 3.000.000,00 €.
De manera que las aplicaciones, proyectos y cuantías correspondientes a las ayudas serán los siguientes, quedando el apartado 1, del resuelvo decimocuarto de la Resolución de convocatoria redactado de la siguiente forma:
A esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 12.000.000,00 €, de los que 1.413.537,38 € se imputarán a los créditos del ejercicio 2022, 7.586.462,62 € a los créditos del ejercicio 2023 y 3.000.000,00 a los créditos del ejercicio 2024 .
La presente ampliación de crédito se encuentra destinada a atender a las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido y no supone en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes de subvención.
Mérida, 9 de mayo de 2023.
La Secretaria General,
MARÍA LUISA CORRALES VÁZQUEZ

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal