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Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el despliegue de soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026.
DOE Número: 107
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 06 de junio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de hacienda y administración pública
Rango: Resolución
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 34964
Página Fin: 35010
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 26 de mayo de 2023, el Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para el despliegue de soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 31 de mayo de 2023.
La Secretaria General.
PA, Resolución de 01/03/2021,DOE n.º 43, de 4 de marzo de 2021
La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación,
M.ª MERCEDES ARGUETA MILLÁN
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR DE LA EMPRESA PÚBLICA EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU, PARA EL DESPLIEGUE DE SOPORTES DE APOYO PARA EL SECTOR EXPORTADOR EXTREMEÑO PARA EL PERIODO 2023-2026.
Mérida, 26 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Jiménez García, Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 73/2019, de 16 de julio (DOE núm. 137, de 17 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 165/2019, de 29 de octubre, (DOE núm. 214, de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y por Resolución de 18 de julio de 2019, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias (DOE núm. 141, de 23 de julio), autorizado para la suscripción del presente convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 24 de mayo de 2023.
De otra parte, D. Miguel Bernal Carrión, en nombre y representación de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU , con NIF n.º B06253488 y domicilio en Avenida José Fernández López, n.º 4, 06800 Mérida, en su condición de Consejero Delegado, cargo para el que fue nombrado por acuerdo del Consejo de Administración adoptado el día 7 de agosto de 2015, elevado a Escritura Pública en Mérida el día 20 de agosto de 2015, ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura con residencia en Mérida, D. Gonzalo Fernández Pugnaire, con n.º de protocolo 943, e inscrita en el Registro Mercantil de Badajoz, el día 20 de agosto de 2015, al tomo 534, folio 210Vª, hoja BA-7-782, inscripción 44ª.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto
EXPONEN
Primero. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifica la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y del Decreto 165/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la misma, ejerce, entre otras, las competencias de planificación, coordinación económica y estadística, comercio e inversiones, y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, modernización e innovación tecnológica, investigación, política universitaria, sociedad de la información y telecomunicaciones.
COFINANCIADO POR LA UNION EUROPEA
JUNTA DE EXTREMADURA - EXTREMADURA AVANTE
Concretamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3 del citado Decreto 165/2019, de 29 de octubre, corresponde a la Secretaría General de Economía y Comercio en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre otras, el ejercicio de las siguientes competencias:
a) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo la formación de técnicos en comercio internacional.
b) La promoción de la región extremeña como destino de inversiones, tanto a nivel nacional como internacional, con el fin de proyectar hacia el exterior oportunidades de inversión empresarial, así como captar proyectos que generen impacto en la creación de empleo y actividad económica en la Comunidad Autónoma.
c) La planificación de actuaciones encaminadas a la identificación y localización de sectores estratégicos para posibles inversiones en la región, incluyendo el establecimiento de mecanismos de cooperación y coordinación con otras Administraciones Públicas, en el ámbito estatal, autonómico, provincial y local, para la formulación de programas de apoyo a la captación de inversiones en Extremadura.
d) La coordinación e interlocución entre los inversores interesados en implantarse en la región y los diferentes departamentos de la Administración.
e) El asesoramiento, acompañamiento y seguimiento de los proyectos de inversión que se tramiten en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con objeto de facilitar la información y agilizar la tramitación administrativa.
f) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
g) La representación institucional de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en los estamentos relacionados con el comercio exterior y la atracción de inversiones.
Segundo. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, a través de la Secretaría General de Economía y Comercio, en virtud de las atribuciones anteriormente aludidas, lidera la ejecución de las estrategias de internacionalización de la empresa extremeña y de la promoción comercial de los productos extremeños, que constituyen elementos fundamentales a la hora de conseguir un desarrollo sostenido del tejido empresarial extremeño.
Tercero. La Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, impulsó un proceso de coordinación de todas las medidas de atención y apoyo a las empresas que realiza el sector público empresarial, con el objetivo final de lograr la atención integral al empresario ubicado en Extremadura, optimizando los servicios, evitando solapamientos y cubriendo vacíos de gestión, con austeridad y visión de futuro.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, filial del Grupo Extremadura Avante, SLU, según el artículo 2 de sus estatutos sociales, tiene como objeto el servicio a los empresarios y al resto de agentes económicos que contribuyan al desarrollo económico y social de Extremadura, y el acompañamiento a la Junta de Extremadura para la ejecución de su política empresarial. En particular, apoyará a la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que se generen para el impulso del emprendimiento, el fomento de la comercialización e internacionalización de la economía regional, la promoción de la innovación como herramienta de competitividad empresarial y cualquier otra que sean necesarias para el apoyo y crecimiento del sector empresarial de la región. La Sociedad propiciará la participación y colaboración con el conjunto de agentes que en Extremadura están implicados en el desarrollo de la iniciativa emprendedora, creación de empleo, innovación e investigación científica y tecnológica, y fomento del comercio tanto a nivel nacional como internacional de los agentes que operan en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 5.1 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Concentración Empresarial Pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de Extremadura Avante, Servicios Avanzados a Pymes, SLU, entre los que se encuentran, conforme a la letra i), las subvenciones y transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones.
Cuarto. Extremadura se halla inmersa en un proceso de transformación desde una economía basada en la agricultura y la ganadería a un modelo más diversificado en el que la producción de bienes industriales y los servicios terciarios alcanzan cada vez más peso. En este orden, el sector exterior de Extremadura sigue logrando paulatinamente nuevos registros en aras a aumentar el grado de tercerización de la economía regional, así como contribuir con un mayor peso relativo en el PIB y en el VAB.
La Junta de Extremadura ha implementado sin solución de continuidad baterías de medidas para incrementar la base exportadora regional. Uno de los principales resultados es la mayor dimensión del sector exportador que opera con regularidad en los mercados de destino. Un factor fundamental para la pujanza que ha adquirido este sector han sido los soportes de apoyo proporcionados desde las entidades públicas de promoción exterior.
Las oficinas comerciales en el exterior y, especialmente, las delegaciones comerciales de Extremadura, proporcionan servicios de información y acompañamiento, que, a su vez, se hallan relacionados con actividades de formación y capacitación tendentes a mejorar la cualificación del entorno empresarial vinculado al sector exterior. Se trata, en definitiva, de allanar el camino para hacer más accesible los mercados exteriores al conjunto del tejido empresarial extremeño.
Estas medidas han de ir acompañadas con otras actividades de promoción genérica asociada a la imagen de Extremadura y sus marcas promocionales. Estas actividades, que tienen una evidente finalidad comercial, pueden ser también reforzadas a través del apoyo y la representación institucional, resultando una acción integral focalizada en prioridad hacia los mercados de destino de mayor interés para el sector exportador regional.
Hay lugar para destacar que el despliegue de los soportes de apoyo está dirigido al sector exportador en su conjunto, sin que quepan ventajas competitivas entre las empresas. Por consiguiente, por su naturaleza, las herramientas de apoyo no son concernidas por ninguna de las modalidades previstas en la legislación general de subvenciones. Como actuaciones propias de la Junta de Extremadura, son ajenas a los procesos de concurrencia competitiva entre empresas y a la selección de beneficiarios. Es todo el tejido empresarial en su globalidad, y el sector exportador regional, en particular, quienes constituyen el foco de las actividades del presente convenio.
Quinto. De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los recursos de Extremadura Avante provendrán de, entre otras procedencias, de las transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones, encontrándose, este supuesto, fuera del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tal y como se prevé en su artículo 3.
En virtud de lo anterior, la financiación de las actividades para el despliegue de soportes de apoyo para la internacionalización de la empresa extremeña para el periodo 2023-2026, se llevará a cabo través de la figura de la transferencia específica recogida en la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, (DOE Extraordinario N.º 3, de 31 de diciembre). Concretamente, el artículo 45.2 establece que se consideran transferencias específicas: las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas, por las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública .
Asimismo, el artículo 45.3 recoge que: Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar, deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior; el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Cuando dichos gastos vengan cofinanciados con fondos de la Unión Europea, las cuentas y justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos .
Mediante el presente convenio se formaliza una transferencia específica para el despliegue de soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026, teniendo, por tanto, un carácter plurianual.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene como objeto formalizar una transferencia específica, de carácter plurianual, para el despliegue de los soportes de apoyo para el sector exportador extremeño para el periodo 2023-2026 (en adelante SOPORTEX), en el marco de las políticas públicas en materia de internacionalización de la economía extremeña, fijando los objetivos a conseguir, definiendo las actividades a desarrollar y determinando los recursos técnicos y humanos a asignar, así como estableciendo los elementos de seguimiento y evaluación.
Segunda. Definiciones y contenidos.
A los efectos de lo previsto en el presente convenio, se entenderá por:
— Objetivos específicos:
a) Proporcionar servicios avanzados tendentes a incrementar las capacidades exportadoras del sector exportador extremeño.
b) Poner a disposición del tejido empresarial estructuras y herramientas de soporte para facilitar el aterrizaje suave en los mercados de destino.
— Matriz de actividades: El conjunto de actividades y operaciones o acciones clasificadas con orden lógico.
— Actividad: El conjunto de operaciones que tiene objetivos y tareas similares. Tienen la consideración de actividades en el marco de este convenio las siguientes:
a) Red Exterior (REDEX): La Red Exterior es un servicio de apoyo al tejido empresarial extremeño y comprende el conjunto de las delegaciones comerciales ubicadas en destinos prioritarios y antenas comerciales extendidas en destinos con alto potencial de desarrollo, así como hubs de negocios en países con fuerte presencia e interés de las empresas extremeñas.
b) Encuentros de negocio (B2B): Se trata de servicios generales de apoyo, dirigidos de forma indiferenciada y sin concurrencia, a segmentos de exportación del tejido empresarial extremeño, con objeto de facilitar las relaciones comerciales con exportadores y distribuidores internacionales.
Las operaciones de esta actividad son las Mesas de Productos y las Misiones Comerciales Inversas, ambas celebradas en origen.
c) Difusión internacional de las marcas promocionales de Extremadura: Se trata de una actividad de promoción genérica internacional de los productos de Extremadura dirigida tanto al público en general y grupos de consumidores, como a distribuidores y prescriptores foráneos, a través de las marcas promocionales de titularidad de la Junta de Extremadura. La difusión atañe a las marcas Alimentos de Extremadura, Organics Extremadura, Piedra Natural de Extremadura y Artesanía de Extremadura, así como otras que se desarrollen en el futuro, poniendo en valor la calidad, sostenibilidad y buenas prácticas asociadas al atributo origen y las percepciones positivas que sugieren.
Esta actividad se desarrolla por medio de las Promociones punto de venta internacionales (PPVi), los Eventos gastronómicos internacionales (EGi) y los Patrocinios internacionales.
d) Jornadas y soportes de información: Comprende un conjunto de acciones de sensibilización tendentes estimular a la empresa extremeña para aprovechar las oportunidades que ofrece el comercio exterior, explotar las ventajas de los acuerdos comerciales de la UE con terceros países y participar en las iniciativas y los programas de cooperación internacionales.
e) Presencia estratégica comercial en el exterior: Esta actividad tiene como objetivo asegurar la presencia y posicionamiento de Extremadura en eventos estratégicos, a través de un pabellón o un espacio institucional donde se exponen de manera genérica los valores, recursos, productos y servicios de Extremadura.
— Operación: Acción singularizada en un ámbito determinado y/o un sector o sectores concretos. Cada operación tiene una serie de tareas asignadas, unos plazos de ejecución definidos y un presupuesto estimado.
— Promociones punto de venta internacionales (PPVi): Acción dirigida a facilitar el acceso de los productos asociados a las marcas promocionales de Extremadura al canal detallista y la distribución internacional, mediante la organización de encuentros comerciales y/o exposición física en los puntos de venta de los establecimientos, o de manera virtual, a través de marketplaces.
— Eventos gastronómicos internacionales (EGi): Acción dirigida a promocionar y mostrar la riqueza, calidad y variedad de los alimentos de Extremadura en congresos gastronómicos, ferias, muestras alimentarias y degustaciones, showcookings y jornadas culinarias, recepciones, reuniones y almuerzos de trabajo, así como celebraciones de similar naturaleza, en los cuales se ofrece a los invitados platos y bebidas de la gastronomía extremeña y se divulgan los modos de preparación.
— Patrocinios internacionales (PI): Acción de refuerzo del conocimiento de las marcas promocionales de Extremadura dirigida al público en general, en el marco de eventos de todo tipo con alcance internacional.
— Misiones comerciales inversas (MCI): Se trata de encuentros comerciales realizados en Extremadura en el que un grupo de compradores internacionales procedentes de diferentes mercados se reúnen con empresas extremeñas pertenecientes al sector o sectores objetivos a lo que se dirige la acción que estén interesadas en participar.
— Mesas de productos (MP): Se trata de encuentros comerciales generalmente dirigidos al sector exportador de productos agroalimentarios, en función del interés específico de compradores de mercados concretos.
— Eventos estratégicos de carácter internacional (EEi): Las ferias y certámenes comerciales de carácter internacional que se celebran en el extranjero, así como las que tienen lugar en España siempre que se hallen incluidas en el Calendario Oficial de Ferias Comerciales Internacionales anual.
— Herramientas de ejecución: Los servicios, recursos, medios y materiales que sean necesarios prestar, contratar o adquirir para llevar a cabo las actividades y operaciones del programa SOPORTEX. Incluye la gestión, mantenimiento, animación y explotación de la plataforma virtual Extremadura Promotion.
— Indicador global de ejecución: El indicador de producto o cumplimiento expresado por el cociente entre el número total de operaciones ejecutadas (valor ejecutado) y el número total de operaciones del programa por anualidad (valor de origen).
Tercera. Financiación.
1. La financiación de las actividades para realizar el despliegue de SOPORTEX se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual por un importe global, para el periodo 2023-2026, de 4.200.000 euros, con el siguiente desglose por anualidades e imputación presupuestaria:
Posición presupuestaria Importe por anualidades (€)
Código aplicación presupuestaria Denominación
2023 2024 2025 2026
14003/341A/74000/ FD211A1303/20230030 2022_EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES SLU, SOPORTE MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD INTERNACIONAL 1.050.000 1.050.000 1.050.000 1.050.000
Para ello, la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, recoge una transferencia específica, en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y en el servicio 003 Secretaría General de Economía y Comercio a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, denominada “Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, Soporte Mejora la Competitividad Internacional”.
Sin perjuicio de la cobertura prevista en la precitada Ley 6/2022, de 30 de diciembre, para financiar las actividades fijadas para la primera anualidad, los importes previstos para las anualidades 2024, 2025 y 2026 estarán supeditados a la oportuna cobertura presupuestaria reflejada en la Ley de Presupuestos correspondiente.
2. Las actividades y operaciones contenidas en el presente convenio están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura, dentro del Objetivo Político 1: Una Europa más competitiva y más inteligente , Prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente , Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en es-tas, también mediante inversiones productivas”, contando con una cofinanciación de 85 % por parte de la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
3. El desglose presupuestario por actividades es como sigue:
ACTIVIDADES Importe por anualidades (€)
2023 2024 2025 2026
Red Exterior (REDEX) 238.930 290.240 290.240 290.240
Encuentros de negocio (B2B) 144.000 104.760 104.760 104.760
Difusión internacional de marcas promocionales 224.000 205.000 205.000 205.000
Jornadas y soportes de información 55.405 49.000 49.000 49.000
Presencia estratégica comercial en el exterior 215.000 195.000 195.000 195.000
Total 877.335 844.000 844.000 844.000
HERRAMIENTAS DE EJECUCIÓN 2023 2024 2025 2026
Plataforma virtual 6.000 6.000 6.000 6.000
4. La ejecución de las actividades por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que son financiadas con cargo a esta transferencia, no generará ingresos en ningún caso.
Cuarta. Recursos humanos adscritos al convenio.
1. Para la ejecución de la presente transferencia específica y el desarrollo de las actividades programadas, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, asignara los siguientes recursos humanos:
PERSONAL IMPUTADO HORAS AÑO COSTE MENSUAL COSTE ANUAL
TÉCNICO 1 1.652 3.333,33 40.000,00
TÉCNICO 2 1.652 3.333,33 40.000,00
TÉCNICO 3 1.652 3.333,33 40.000,00
TÉCNICO 4 1.652 3.333,33 40.000,00
TÉCNICO 5 1.652 3.333,33 40.000,00
Siendo el desglose por anualidades como sigue:
Técnico 2023 2024 2025 2026
1 33.333 40.000 40.000 40.000
2 33.333 40.000 40.000 40.000
3 33.333 40.000 40.000 40.000
4 33.333 40.000 40.000 40.000
5 33.333 40.000 40.000 40.000
Total 166.665 200.000 200.000 200.000
Se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las funciones del técnico.
2. Las relaciones laborales del personal adscrito al convenio estarán en el ámbito de aplicación del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente o aquel que lo sustituya, (en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU, y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente”), y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a los dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
La jornada laboral del personal adscrito al convenio se desarrollará en jornada completa y se regirá por lo establecido en el artículo 20 del II Convenio Colectivo Extremadura Avante.
3. Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actividades previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. Mediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, realizará el despliegue de SOPORTEX para el periodo 2023-2026, con arreglo al detalle de actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones de justificación que figuran en el Anexo II.
2. La Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
3. Ambas partes se comprometen a hacer constar las señas de identidad de la Unión Europea, de la Junta de Extremadura y de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU en cuantas acciones de difusión pública se realicen en el desarrollo de las actividades previstas. Igualmente se comprometen a realizar esta mención en todos los documentos generados por la ejecución de las actividades descritas en este convenio. A tales fines se estará a lo dispuesto en la cláusula duodécima.
Sexta. Ejecución del proyecto y forma de justificar la transferencia específica.
1. Las actividades a financiar con cargo a la transferencia específica deberán ser ejecutadas y abonadas entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2026, ambos incluidos.
2. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose de operaciones y costes que se detallan en el Anexo I e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad que figuran también en dicho anexo.
No obstante lo anterior, podrán producirse desviaciones en los importes de cada una de las actividades y/u operaciones previstas para la realización de las mismas, limitadas siempre por el importe máximo previsto para cada anualidad. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del mismo.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en párrafo anterior, cuando las posibles variaciones no superen el 20% del presupuesto entre operaciones, dentro de cada actividad o una desviación de hasta un 10% de presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
3. La justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogidas en el mismo (Cuadro resumen de actividades, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia y Memoria del coste final).
4. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actividades realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Con respecto a la forma de justificación de los medios humanos asignados a las actividades del convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, establecerá un sistema de control cabal y trazable, permitiendo monitorizar el número de horas del técnico efectivamente imputables.
Asimismo, deberá conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de los órganos de fiscalización y control financiero durante un plazo de cinco años desde la finalización de la vigencia del convenio.
Séptima. Pago y forma de justificación de las aportaciones dinerarias.
1. Esta transferencia específica tendrá una duración plurianual y los pagos de las mismas se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y en el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
No obstante lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
a) El primer 25% de la primera anualidad se abonará tras la firma del convenio.
b) Si a la firma del convenio o de las sucesivas adendas hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad que proceda, podrá acumularse para su abono, la cuantía que corresponda a los trimestres en curso.
c) Para proceder al abono del primer 25% del importe correspondiente a la segunda y sucesivas anualidades, deberá haberse justificado previamente el 100%, o el porcentaje que resultara en función del grado de ejecución, de la anualidad anterior.
d) Cuando se aporte justificación correspondiente al primer 25% del importe de la transferencia específica de cada anualidad, se procederá al abono del segundo 25% del importe total de la misma.
e) Cuando se aporte justificación de hasta el 50% del importe de la transferencia específica de cada anualidad, se procederá al abono del tercer 25% del importe total de la misma.
f) Cuando se aporte justificación correspondiente de hasta el 75% del importe de la transferencia específica de cada anualidad, se procederá al abono del último 25% del importe total de la misma.
En todo caso, las justificaciones a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a efectos de proceder al abono de los últimos anticipos correspondientes, deben presentarse antes del 10 de diciembre de cada año. No obstante, por motivos debidamente justificados y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento, se podrá ampliar este plazo hasta el 20 de diciembre de cada año.
2. Los últimos gastos pendientes de justificar, se deberán presentar antes del día 31 de marzo del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjunta como Anexo II de este convenio.
3. No obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado a los pagos que no se hayan realizado por parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando que no va a ejecutar gasto por el importe anual de la transferencia, al que se acompañará una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos correspondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Octava. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actividades a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula duodécima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio así como en las instrucciones del Anexo II.
2. El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente conforme al Anexo II, requiriéndose que se ejecute al menos un 60% del importe de la transferencia para entender cumplido el objeto de ésta. Cuando el grado de ejecución sea inferior a este porcentaje, existirá incumplimiento total y dará lugar a la devolución íntegra de las cantidades percibidas del importe total de la transferencia para la anualidad corrspondiente.
Igualmente, se considerará que los objetivos específicos del convenio no han sido cumplidos, cuando el valor anual del indicador global de ejecución no alcance el 80%.
No obstante lo anterior, si por circunstancias excepcionales no pudieran ser alcanzados los porcentajes anteriores, dichas circunstancias serán evaluadas en el seno de la Comisión de Seguimiento quien, previo informe justificativo, podrá fijar un porcentaje de ejecución mínima, que no podrá ser nunca inferior al 40% del importe de la transferencia y al 60% del valor anual del indicador global de ejecución.
3. Cuando la cantidad justificada sea inferior a la aportación económica percibida, el centro gestor solicitará mediante escrito, la devolución a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura indicando el importe no justificado. De no proceder a la devolución de la cantidad señalada antes de 10 días hábiles, se iniciará el procedimiento de reintegro con la exigencia del interés de legal correspondiente desde el momento del pago de la transfe­rencia hasta la fecha en la que se ha acordado la procedencia del reintegro.
4. De no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía ejecutiva.
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de Secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
c) Aprobar, cuando no sean objeto de adenda, las modificaciones previstas en la cláusula sexta del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente convenio.
e) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, la disponibilidad de la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones que exijan aprobación de los mismos.
h) Establecer nuevos porcentajes de ejecución mínima motivados por causas excepcionales.
i) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
5. En el primer trimestre del año 2024 y sucesivos, la Comisión realizará una evaluación de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen convenientes para una mejor ejecución del programa.
6. La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días, mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU Dicha Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente convenio. Los acuerdos de la comisión se adoptarán por mayoría de votos, disponiendo el presidente de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
La Comisión de Seguimiento podrá también celebrar sus reuniones por vía telemática. A tales fines, el Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la celebración de las reuniones a distancia.
Décima. Eficacia del convenio.
El presente convenio surtirá efectos desde el día de su firma hasta el 31 de diciembre de 2026; sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la cláusula sexta.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Así mismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución.
Undécima. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de resolución del presente convenio:
a) El vencimiento del plazo de eficacia.
b) El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
c) La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
d) La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. Es este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
e) Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Duodécima. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica, de conformidad con las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Asimismo, se deberá observar las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, en los programas cofinanciados por FEDER.
Decimotercera. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 y, por lo tanto, todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula novena del presente convenio.
Asimismo estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio en duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital,
PA, Resolución de 18 de julio de 2019 (DOE n.º 141, de 23 de julio)
El Secretario General,
Manuel Jiménez García
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU,
Miguel Bernal Carrión
ANEXO I
SERVICIOS REQUERIDOS Y ACTIVIDADES A REALIZAR
Uno. Transferencia Específica.
La cuantía total del presente convenio asciende a 4.200.000 euros. El coste de las actividades previstas será imputado a la partida presupuestaria contenida en el Programa 341A Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña , con las siguientes clasificación y código de aplicación presupuestaria:
14003/341A/74000/20230030 TE. Avante Soporte Mejora De La Competitiva Internacional.
Se encuentran sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura dentro del Objetivo Político 1: Una Europa más competitiva y más inteligente , Prioridad de Inversión: 1.A Transición Digital e Inteligente , Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas”, contando con una cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), de 85 % por parte de la Unión Europea.
Dos. Actividades a realizar y metodos de realización.
Las actividades contenidas en el convenio SOPORTEX 2023-2026 persiguen los objetivos particulares que se enuncian a continuación y serán ejecutados siguiendo los métodos que se describen:
1. Red Exterior (REDEX):
Descripción: La Red Exterior es un servicio de apoyo al sector exportador que comprende el conjunto de las delegaciones comerciales ubicadas en destinos prioritarios y las antenas comerciales extendidas en destinos con alto potencial de desarrollo, así como hubs de negocios en países con fuerte presencia e interés de las empresas extremeñas.
Mediante este servicio se pretende facilitar el acceso al tejido empresarial extremeño a los mercados internacionales, ofreciéndoles información sobre estos, oportunidades comerciales detectadas, obstáculos técnicos y barreras a la exportación, así como cualquier otra información de valor.
Las principales funciones de las delegaciones comerciales son las siguientes:
— Punto de contacto comercial de la Junta de Extremadura antes organismos e instituciones del país de destino y área de influencia, así como establecimiento de relaciones comerciales.
— Prospección y captación de importadores y agentes locales de interés comercial en el área de influencia.
— Detección y seguimiento de oportunidades comerciales.
— Soporte a acciones de promoción institucional y empresarial.
— Resolución de consultas y trámites de la empresa extremeña exportadora en el área de influencia.
— Organización de encuentros comerciales presenciales y virtuales.
— Elaboración de notas informativas de caracter comercial.
— Apoyo a la difusión de la presencia extremeña en los mercados de destino.
— Asesoramiento y formación a las empresas extremeñas sobre los mercados de destino.
— Identificación de socios comerciales.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Son destinatarios el conjunto del sector exportador extremeño.
Método de ejecución:
Las delegaciones comerciales de REDEX serán implementadas a través de servicios externos que serán contratados conforme a Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Los contratos de servicios tendrán una duración inicial no superior a dos (2) años, pudiendo Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU establecer una duración inferior. Asimismo, podrá estipular en los contratos de prestación de servicios la posibilidad de prórrogas en función de los resultados obtenidos en el ámbito de la prestacion del servicio. Las prórrogas deberán ser evaluadas por la Comisión de Seguimiento a la luz de estos resultados.
En ningún caso la duración de los contratos y de sus posibles prórrogas podrá ser superior a la fecha de vigencia del presente convenio.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, elaborará y presentará a la Comisión de Seguimiento una carta de servicios de cada una de las delegaciones comerciales contratadas.
Tras cada semestre, Extremadura Avante Servicios Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento la lista de las empesas que han recibido servicios desde cada delegación comercial.
Operaciones específicas de la actividad:
Los mercados prioritarios para la red de delegaciones son los que a continuación se detallan:
REDEX
PERIODO 2023-2024 PERIODO 2025-2026 Presupuesto anual (euros)
2023 2024 2025 2026
Alemania Europa Este y Central 25.536 30.055 30.055 30.055
Portugal Portugal 30.011 35.962 35.962 35.962
Francia Europa Oeste y Central 25.536 31.386 31.386 31.386
Reino Unido Reino Unido 24.186 28.255 28.255 28.255
Magreb África 25.896 31.866 31.866 31.866
Oriente Medio Oriente Medio 22.560 27.660 27.660 27.660
Filipinas Sudeste Asiático 16.776 20.916 20.916 20.916
Estados Unidos Norteamérica 16.506 20.556 20.556 20.556
Centroamérica Centro y Sudamérica Noroccidental 17.145 19.956 19.956 19.956
México Centro y Norteamérica 18.306 22.956 22.956 22.956
Sudamérica-Pacífico Sudamérica-Pacífico 16.472 20.672 20.672 20.672
TOTAL 238.930 290.240 290.240 290.240
(*) El coste para 2023 corresponde a 10 meses.
Antes de finalizar 2024 y, en todo caso, antes de acordar con los prestatarios del servicio REDEX cualquier ampliación del periodo de prestación establecido en el contrato, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento un informe de pertinencia sobre cada delegación comercial. A la luz de este informe, la Comisión de Seguimiento valorará la oportunidad, adecuación y conveniencia de las localizaciones establecidas en el periodo 2023-2024, proponiendo, en su caso, nuevas ubicaciones para el siguiente periodo 2025-2026, dentro de cada una de las regiones que figuran en la tabla anterior.
2. Encuentros de negocio (EN-B2B):
Descripción: Los encuentros de negocios son eventos presenciales o virtuales organizados por Extremadura Avante en donde entran en contacto, por una parte, responsables de ventas de productos extremeños y, por otra, compradores, importadores y prescriptores foráneos. Los EN-B2B pueden ser: Mesas de productos (MP) y Misiones comerciales inversas (MCI). Tanto unas como otras tienen lugar en origen.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Son destinatarios el tejido empresarial extremeño en su conjunto.
Método de ejecución: Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, contratará con terceros los espacios y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, realizará la difusión y, en su caso, el anuncio para testar el interés de las empresas extremeñas en participar en las operaciones EN-B2B. Realizará también el asesoramiento técnico a los participantes en función de los intereses y perfiles de los compradores internacionales.
Operaciones específicas de la actividad.
Las operaciones previstas son las siguientes:
Misiones comerciales inversas (MCI) (euros)
Año N.º IMPORTE
2023 8 130.000
2024 8 93.760
2025 8 93.760
2026 8 93.760
Mesas de productos (MP) (euros)
Año N.º IMPORTE
2023 4 14.000
2024 4 11.000
2025 4 11.000
2026 4 11.000
En su sesión constitutiva, así como en la primera reunión a inicio de cada semestre, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento el plan semestral de operaciones de esta actividad. En su caso, la Comisión de Seguimiento podrá acordar las modificaciones precisas del plan en función de las contingencias y oportunidades que sobrevengan.
3. Difusión internacional de las marcas promocionales de Extremadura:
Descripción: Se trata de una actividad de promoción internacional de los productos de Extremadura dirigida tanto al público en general y grupos de consumidores, como a distribuidores y prescriptores foráneos, a través de las marcas promocionales de titularidad de la Junta de Extremadura. Las acciones de difusión tienen los siguientes formatos: Promociones punto de venta internacionales (PPVi); Eventos gastronómicos internacionales (EGi); Patrocinios internacionales (PI).
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Serán destinatarios indirectos, las empresas extremeñas acogidas a la marca promocional correspondiente, de conformidad con lo previsto en la normativa y reglamentos de uso que sean de aplicación para las marcas promocionales titularidad de la Junta de Extremadura.
En el caso de los PI, serán beneficiarios, los organizadores del evento patrocinado, siempre y cuando el evento reúna los siguientes requisitos:
a) Tenga una indubitada proyección y relevancia internacional.
b) Esté relacionado con la marca promocional que sustenta el patrocinio.
Método de ejecución: Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, contratará con terceros los espacios y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, realizará la difusión y, en su caso, el anuncio para testar el interés de las empresas extremeñas en participar en las operaciones de difusión. Realizará también el asesoramiento técnico a los participantes en función de los intereses y perfiles de los compradores internacionales.
En el caso de las promociones punto de venta, la adaptabilidad de los productos presentados por las empresas inscritas a cada acción será evaluada por el promotor o responsable comercial de la cadena o punto de venta, quien determinará cuáles son los más aptos para participar en la PPV. El participante deberá proporcionar la información y los productos que correspondan para la correcta ejecución de la operación.
Operaciones específicas de la actividad: Las operaciones previstas son las siguientes:
Promociones punto de venta internacionales (PPVi)
Año N.º IMPORTE (euros)
2023 3 54.000
2024 3 40.000
2025 3 40.000
2026 3 40.000
Eventos gastronómicos internacionales (EGi)
Año N.º IMPORTE (euros)
2023 8 120.000
2024 8 115.000
2025 8 115.000
2026 8 115.000
Patrocinios internacionales (PI)
Año N.º IMPORTE (euros)
2023 10 50.000
2024 10 50.000
2025 10 50.000
2026 10 50.000
En su sesión constitutiva, así como en la primera reunión a inicio de cada semestre, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento el plan semestral de operaciones de esta actividad. En su caso, la Comisión de Seguimiento podrá acordar las modificaciones precisas del plan en función de las contingencias y oportunidades que sobrevengan.
4. Jornadas y soportes de sensibilización e información:
Descripción: Comprende un conjunto de acciones de sensibilización tendentes a estimular a la empresa extremeña para aprovechar las oportunidades que ofrece el comercio exterior, explotar las ventajas de los acuerdos comerciales de la UE con terceros países y participar en las iniciativas y los programas de cooperación internacionales.
Las acciones de sensibilización, que tendrán el formato de jornadas, atenderán a las siguientes temáticas:
— Sensibilización de la empresa no exportadora, dirigidas a empresas con escasa o nula experiencia internacional, pero con potencial exportador.
— Información sobre oportunidades dirigidas a las empresas extremeñas con el fin de informar sobre áreas de negocio internacional, mercados de interés y oportunidades país.
— Encuentros con delegados comerciales de REDEX.
— Vigilancia sobre licitaciones internacionales, incluyendo la contratación de servicios de alerta.
— Sensibilización sobre oportunidades de los programas de organismos multilaterales y de la cooperación para el desarrollo.
— Información sobre mercados complejos o de difícil acceso.
— Información sobre estructuras multiagentes.
Beneficiarios: La empresa extremeña en general.
Método de ejecución: Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU contratará con terceros los espacios y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU realizará la difusión y, en su caso, el anuncio para testar el interés de las empresas extremeñas en participar en las jornadas de sensibilización. Mantendrá un contacto continuo con las empresas participantes para recopilar sus valoraciones, encauzar sus interesas y optimizar el impacto de las operaciones.
Operaciones específicas de la actividad: Las operaciones previstas por anualidad son las siguientes:
Jornadas de sensibilización
Año N.º IMPORTE (euros)
2023 5 49.405
2024 4 43.000
2025 4 43.000
2026 4 43.000
Servicio de alertas de licitación
Año N.º IMPORTE (euros)
2023 1 6.000
2024 1 6.000
2025 1 6.000
2026 1 6.000
En su sesión constitutiva, así como en la primera reunión a inicio de cada semestre, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento el plan semestral de operaciones de esta actividad. En su caso, la Comisión de Seguimiento podrá acordar las modificaciones precisas del plan en función de las contingencias y oportunidades que sobrevengan.
5. Presencia estratégica comercial en el exterior:
Descripción: Esta actividad tiene como objetivo asegurar la presencia de Extremadura en eventos estratégicos de carácter internacional, a través de un pabellón institucional donde se exponen de manera genérica los valores, recursos, productos y servicios de Extremadura, sin participación de la empresa extremeña.
Beneficiarios: La presencia institucional en eventos estratégicos son operaciones propias de SOPORTEX.
Método de ejecución: Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, contratará con terceros los espacios y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, atenderá el pabellón de Extremadura en los eventos y promoverá contactos de interés para fomentar la imagen de Extremadura en el exterior.
Operaciones específicas de la actividad: Las operaciones previstas por anualidad son las siguientes:
Eventos estratégicos de carácter internacional (EEi)
Año N.º IMPORTE (euros)
2023 8 215.000
2024 8 195.000
2025 8 195.000
2026 8 195.000
En su sesión constitutiva, así como en la primera reunión a inicio de cada semestre, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, presentará a la Comisión de Seguimiento el plan semestral de operaciones de esta actividad. En su caso, la Comisión de Seguimiento podrá acordar las modificaciones precisas del plan en función de las contingencias y oportunidades que sobrevengan.
Herramientas de ejecución: Los servicios, recursos, medios y materiales que sean necesarios prestar, contratar o adquirir para llevar a cabo las actividades y operaciones del programa SOPORTEX. Incluye la gestión, mantenimiento, animación y explotación de la plataforma virtual Extremadura Promotion.
La plataforma virtual Extremadura Promotion es una herramienta que busca facilitar a la empresa extremeña con vocación exportadora el acceso al canal digital, así como favorecer la promoción y comercialización de sus productos y servicios. Ha sido concebida como un espacio virtual único con dos áreas funcionales: área de ferias virtuales y área de exposición permanente (showroom). En la de ferias virtuales, se ofrecen espacios o stands virtuales para el desarrollo de actividades comerciales. También los EN-B2B u otros eventos en formato virtual pueden ser organizados en el marco de esta funcionalidad. En el área de exposición permanente, se proporciona información detallada de productos y servicios asociados a las marcas promocionales de Extremadura.
El coste previsto por anualidades es como sigue:
HERRAMIENTAS DE EJECUCIÓN 2023 2024 2025 2026
Plataforma virtual 6.000 6.000 6.000 6.000
Tres. Recursos humanos adscritos al convenio.
1. Para la ejecución de las actividades de SOPORTEX, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada actividad en concreto y que forman parte del objeto de la propia transferencia.
Se estiman los siguientes recursos humanos:
— 1 Técnico a dedicación completa (1.652 horas anuales).
— 1 Técnico a dedicación completa (1.652 horas anuales).
— 1 Técnico a dedicación completa (1.652 horas anuales).
Las actividades serán ejecutadas por personal técnico de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, adscrito al convenio, que no tendrán ninguna vinculación laboral con la Junta de Extremadura.
Siendo el desglose por anualidades como sigue:
Técnico 2023 2024 2025 2026
1 33.333 40.000 40.000 40.000
2 33.333 40.000 40.000 40.000
3 33.333 40.000 40.000 40.000
4 33.333 40.000 40.000 40.000
5 33.333 40.000 40.000 40.000
Total 166.665 200.000 200.000 200.000
2. Los medios humanos que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU asignará al presente convenio responderán al siguiente perfil profesional:
PERFIL
Técnico con titulación universitaria en ramas de Administración y Dirección de Empresas, Económicas, Derecho, Sociología, Empresariales e Ingenierías Técnicas, con experiencia en el asesoramiento y orientación empresarial. Técnico de Grupo I, nivel de experiencia IV.
La selección del personal nuevo que se contrate para la prestación de sus servicios en SOPORTEX se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación.
3. Las principales funciones a desempeñar por el personal imputado a la actividad, entre otras, serán:
— Organización y desarrollo de las operaciones de las actividades, incluyendo el contacto y las relaciones contractuales con los prestadores de servicios, así como con los prescriptores y promotores comerciales.
— Activación y realización de los procesos internos necesarios para la implementación de las operaciones.
— Supervisión de la ejecución de las operaciones por parte de los prestadores de servicios.
— Interacción y movilización de los beneficiarios de las operaciones, incluyendo las verificaciones precisas sobre la conformidad de los productos objeto de las acciones promocionales.
— Seguimiento, evaluación y monitorización de las operaciones y sus resultados.
— Supervisión de todas las actividades en orden a asegurar la correspondencia y conformidad con lo establecido en el presente convenio.
Cuatro. Indicadores:
Indicador global de ejecución.
Indicador de producto/cumplimiento 2023 2024 2025 2026
VO VEM VO VEM VO VEM VO VEM
N.º de operaciones 58 46 57 45 57 45 57 45
VO: Valor origen VEM: Valor de ejecución mínima (80% s/VO)
Indicadores de resultados.
ACTIVIDAD INDICADOR 2023 2024 2025 2026
Red Exterior N.º de socios comerciales identificados 60 60 60 60
Encuentros de negocio N.º de participantes (*) 50 50 50 50
Difusión internacional de marcas promocionales N.º de participantes (*) (PPV+EGi) 40 40 40 40
Jornadas y soportes de información N.º de empresas participantes 40 40 40 40
Jornadas y soportes de información Alertas de licitación 100 100 100 100
Presencia estratégica comercial en el exterior N.º de contactos realizados 60 60 60 60
(*) Sin repetición, presenciales y virtuales.
Indicador de rendimiento.
Indicador de rendimiento Hito 2024 Meta 2026
Empresas con apoyo no financiero 450 800
Cinco. Presupuesto.
El presupuesto necesario para la ejecución y desarrollo de las actividades de SOPORTEX es el siguiente:
ACTIVIDADES 2023 (€) 2024 (€) 2025 (€) 2026 (€)
Red Exterior (REDEX) 238.930 290.240 290.240 290.240
Encuentros de negocio (B2B) 144.000 104.760 104.760 104.760
Difusión internacional de marcas promocionales 224.000 205.000 205.000 205.000
Jornadas y soportes de información 55.405 49.000 49.000 49.000
Presencia estratégica comercial en el exterior 215.000 195.000 195.000 195.000
Subtotal 877.335 844.000 844.000 844.000
HERRAMIENTAS DE EJECUCIÓN 2023 (€) 2024 (€) 2025 (€) 2026 (€)
Plataforma virtual 6.000 6.000 6.000 6.000
RECURSOS HUMANOS 2023 (€) 2024 (€) 2025 (€) 2026 (€)
Técnicos 166.665 200.000 200.000 200.000
TOTAL 1.050.000 1.050.000 1.050.000 1.050.000
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional; siendo preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, memoria de actividades y detalle de las operaciones, que implica el desglose pormenorizado de los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, el suministro de documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad, se establecen, a tales efectos, las presentes instrucciones que reflejan las pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Primera. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
La liquidación de los gastos de cada anualidad se realizará en función de los costes realmente ejecutados y justificados, independientemente de que se presente la documentación necesaria para la certificación del gasto para esta actuación.
En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las Administración Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación. Será obligación por parte de la empresa pública la conservación de la documentación durante un plazo mínimo de 5 años conforme al contenido de la cláusula tercera del presente convenio.
Deberá presentarse justificación por los importes abonados anualmente, de lo contrario, se procederá a solicitar el reintegro de las cantidades no justificadas.
1. Documentación justificativa a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar la siguiente documentación:
A) Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Secretaría General de Economía y Comercio en formato papel y en fichero electrónico.
Para la justificación de los gastos y los pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar:
— Certificado de Justificación de Inversiones del Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, respecto de los gastos y pagos realizados y del cumplimiento de la finalidad de cada una de las trasferencias específicas (Anexo 1: Certificado de justificación de inversiones).
— La cuenta justificativa, entendida como operación de pago, se realizará mediante un cuadro resumen, con identificación de los gastos según su naturaleza (Anexo 2: Cuadro resumen de las actividades de la transferencia).
Además, se relacionarán de forma pormenorizada los gastos de la transferencia, sin que sea necesaria la inclusión de los documentos acreditativos. Esta relación de gastos se remitirá a la Secretaría General de Economía y Comercio en fichero electrónico junto a la cuenta justificativa (Anexo 3: Relación de facturas imputadas y justificantes de pago).
Referente al personal imputado a la transferencia, la memoria económica incluirá una relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente (Anexo 4: Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia). El porcentaje de imputación de los costes salariales incurridos por cada técnico se obtendrá del cociente entre el número de horas efectivamente imputables, registrado en el sistema de control, y 1652 hora anuales.
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto (Anexo 5: Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia).
La contratación de personal externo a la empresa se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Los gastos de finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado no serán imputables a la transferencia, dado que estos gastos no responden a la ejecución de las actividades objeto del presente convenio, ni son generados por el trabajo efectivo desempeñado por los empleados asignados.
B) Memoria técnica:
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actividades realizadas junto con el desglose detallado por operaciones y sus costes, así como el logro y alcance de los indicadores establecidos al efecto. La memoria irá acompañada de un dossier gráfico que testimonie el cumplimiento de las obligaciones de publicidad,
La memoria técnica deberá presentarse antes del 31 de marzo de la anualidad siguiente a la que se ejecute el gasto tal y como se establece en la cláusula cuarta del convenio.
2. Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa.
A) Formas de pago:
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a continuación:
— Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
— Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
— Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
— Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
— Para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que estén referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos de salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En las hojas de liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de actividad que motivan la realización de las mismas.
B) Facturas:
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
— Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
— El N.I.F. de la entidad contratante.
— El nombre de la empresa y N.I.F., según sea persona física o jurídica.
— Fecha.
— Número de factura.
— Detalle por unidades e importes.
— Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse que el importe de la misma es correcto.
C) Otros gastos:
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
— Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las ordenes HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre Sociedades (BOE núm 165, de 11 de julio de 2015). Se solicitará fotocopia de las facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, en cuyo original deberá incluirse que el concepto incluido corresponde a esta transferencia y del justificante bancario que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo. El importe que se justifique como gasto deberá estar comprendido dentro del periodo de elegibilidad de la operación.
— Alquiler: Fotocopia compulsada de los contratos del alquiler y de las facturas emitidas al efecto, en cuyo original deberá incluirse que el concepto imputado corresponde a la transferencia nominativa concedida y deberá contener los elementos establecidos en el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Los precios de los alquileres se ajustarán a los precios de mercado, sin que se puedan encubrir adquisiciones, pues, en este caso, se deberá cargar la amortización que corresponda de acuerdo con el punto anterior. Se solicitará copia de los documentos bancarios que acrediten el pago de estos justificantes o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo.
— Gastos de viaje y estancia: Se abonarán los gastos de viaje y estancia, del personal adscrito al proyecto, en casos excepcionales y debidamente justificados del personal que desempeñe un papel de apoyo, y los gastos de las empresas que participen en las actividades del proyecto. En este caso se llevarán las listas de asistencia que formarán parte de la documentación justificativa.
La documentación acreditativa será la siguiente:
Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y estancia.
Billetes de avión, tren, autobús.
Tarjetas de embarque.
Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto. Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la Entidad los documentos que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc.)
Factura hotel y prueba de pago.
En su caso recibos del transporte local.
Listado de firmas de participantes en el caso de reuniones, conferencias, seminarios, en los gastos se imputen al proyecto.
— Trabajos realizados por otras empresas: En caso de que se contrate un servicio externo, se solicitará fotocopia de las facturas, en cuyo original deberá incluirse que el concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y del justificante bancario que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo. En el caso de que el importe del servicio externo supere 15.000 euros, deberá presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y motivar su adjudicación.
Segunda. Verificaciones sobre las operaciones justificadas.
El órgano gestor de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital podrá requerir de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, información adicional sobre las operaciones justificadas, con objeto de asegurar su certificación.
Tercera. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura.
Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura, así como con lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, sobre actividades de información y publicidad que deben llevar a cabo los Estados miembros en relación con las intervenciones de los Fondos Estructurales, en los programas cofinanciados por FEDER.
ANEXO 1
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE GASTOS
(N.º de justificación)
D. con DNI n.º , en calidad de Consejero Delegado, de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, certifica:
— Que los gastos indicados en el Anexo de actividades ejecutadas se corresponden con las actividades recogidas en el convenio de Soportes de apoyo para la internacionalización de la empresa extremeña para el periodo 2023-2026 (SOPORTEX), en el periodo comprendido entre el DD/MM/AAAA y el DD/MM/AAAA.
— Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo de actividades, firmado por el Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actividades a que se refieren dichos importes, se encuentran en poder de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a disposición de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, así como de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea.
Y para que así conste, firmo el presente certificado;
En a de de 202X
Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Fdo.
ANEXO 2
CUADRO RESUMEN DE ACTIVIDADES DE LA TRANSFERENCIA
D........................ con DNI ……….., actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme, SLU, y D……………… con DNI…………….. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del convenio SOPORTEX, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 202... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTIVIDADES COSTE TOTAL 1.ª JUSTIFICACIÓN 2.ª JUSTIFICACIÓN 3.ª JUSTIFICACIÓN 4.ª JUSTIFICACIÓN
Actividad 1.
Actividad 2.
Actividad 3.
Actividad 4.
Actividad 5.
TOTAL
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO 3
RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTIVIDADES Y OPERACIONES)
D........................ con DNI ……….. , actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme, SLU, y D……………… con DNI…………….. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del convenio SOPORTEX, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 202... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS
N.º ORDEN FECHA FACTURA N.º FACTURA PROVEEDOR C.I.F. PROVEEDOR CONCEPTO DESGLOSADO DE FACTURA IMPORTE IMPUTADO FORMA DE PAGO(*) ENTIDAD BANCARIA ORIGEN PAGO N.º CUENTA ORIGEN PAGO ENTIDAD BANCARIA DESTINO PAGO N.º CUENTA DESTINO PAGO TITULAR CUENTA DESTINO PAGO FECHA VALOR PAGO
TOTAL
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de Extremadura Avante Servicio Avanzados a Pymes, SLU.
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO 4
GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D........................ con DNI ……….., actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme, SLU, y D……………… con DNI…………….. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del presente convenio SOPORTEX, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 20.... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTIVIDAD:
N.º Orden Nombre y Apellidos NIF Grupo Cotización Grupo Profesional Función Mes Importe Bruto P.P. Paga Extra Coste Seguridad Social Total Grado Imputación (%) TOTAL IMPUTADO Forma pago (*) N.º Cta origen Pago (Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU) N.º Cta Destino del trabajador FECHA VALOR PAGO
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número. Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de Extremadura Avante Servicio Avanzados a Pymes, SLU.
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO 5
DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
D........................ con DNI ……….., actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con CIF................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital al amparo del presente convenio SOPORTEX, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 20.... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTIVIDAD:
OPERACIÓN:
FECHA NOMBRE YAPELLIDOS NIF IMPORTE TOTAL GRADO DEIMPUTACIÓN (%) TOTAL IMPUTADO
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de Extremadura Avante Servicio Avanzados a Pymes, SLU.
En , a de de .
Fdo.
(Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda)
A continuación, se relacionan como anexos el desglose de gastos en dietas y desplazamientos imputados a la trasferencia, previamente relacionados:
FECHA:NOMBRE Y APELLIDOS:NIF:TRANFERENCIA ESPECÍFICA: DEPARTAMENTO:UNIDAD:GRADO IMPUTACIÓN:
GASTOS LIQUIDACION IMPORTE
FECHA ORIGEN DESTINO CONCEPTO FINALIDAD Km (Vehiculo propio) IMPORTE GASTO KILOMETRAJE (0.24 €Km) IMPORTE DEL GASTO INCURRIDO
Subtotal
Importe exento
Importe sujeto a retención
En , a de de .
Fdo. Fdo
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda) (Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
ANEXO III
Para la transferencia específica recogida en el presente convenio Extremadura Avante Servicios Avanzados a la Pyme, SLU, está obligada a cumplir con todos los requisitos específicos que se enumeran en este documento:
a) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones, contando, al menos con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
b) Conservar la documentación original, incluidos los documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los créditos recibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
c) Aplicar las medidas de análisis del riesgo y prevención del fraude propuestas por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
d) Los beneficiarios deberán cumplir lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura y lo dispuesto en materia de publicidad en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
e) Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operación propuesto por la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y garantizar que esos datos se recojan, registren y almacenen en dicho sistema.
El beneficiario deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
f) Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital ponga a disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
g) Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.
h) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Junta de Extremadura, así como, el Tribunal de Cuentas, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
i) Colaborar con la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital en la elaboración de los informes de ejecución anual y final correspondientes.
j) Garantizar que se dispondrá de datos de los destinatarios últimos de las actuaciones a nivel de microdato, así como que se podrá realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de los indicadores de resultados.
k) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en las normativas vigentes.

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