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Extracto de la Resolución de convocatoria de 30 de junio de 2023, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan segundo ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso 2023/2024.
DOE Número: 129
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 06 de julio de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de educación y empleo
Rango: Extracto
Descriptores: Educación. Ayudas.
Página Inicio: 42311
Página Fin: 42313
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):706433
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Convocatoria de las ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y de material escolar a centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan Segundo Ciclo de Educación Infantil, Enseñanza Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2023/2024.
Segundo. Beneficiarios.
Serán beneficiarios de estas ayudas los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impartan Enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación infantil, Enseñanzas de Educación Primaria, Educación secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, que cumplan los requisitos establecidos para ser titulares de las ayudas, los cuales, podrán manifestar de manera voluntaria y expresa su voluntad de incorporarse al sistema de préstamo de libros de texto y material escolar asumiendo las obligaciones inherentes al mismo.
Tercero. Bases reguladoras.
Las ayudas convocadas se regirán por lo previsto en la Orden de 4 de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar la dotación de libros de texto y material escolar a centros privados concertados de la Consejería con competencias en materia de educación que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial (DOE núm. 129, de 6 de julio de 2022), por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del Estado.
Cuarto. Créditos.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de un millón novecientos cuarenta y nueve mil seiscientos doce euros (1.949.612,00 €), con el siguiente desglose presupuestario:
Anualidad 2023: Un millón cuatrocientos ochenta mil euros (1.480.000,00 €), que se financiarán con cargo a la posición presupuestaria 13009 G/222G/470000, código proyecto 20130082 (CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
Anualidad 2024: Cuatrocientos sesenta y nueve mil seiscientos doce euros (469.612,00 €), que se financiarán con cargo a la posición presupuestaria 13009 G/222G/470000, código proyecto 20130082 (CA), de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024.
Quinto. Criterios para la determinación de cuantías.
Las cuantías máximas a librar a cada centro educativo por el concepto de libros de texto se calcularán en función de las necesidades previstas por el centro en su proyecto de necesidades anexo III, teniendo en cuenta el número total de alumnos/as prestatarios/as que no vayan a ver atendidas sus necesidades a través del banco de libros del centro educativo.
Con carácter previo a la determinación de las necesidades cada centro educativo procederá a la actualización del banco de libros mediante la presentación del anexo V de la resolución.
Tal como se establece en la Orden de 15 mayo de 2023, de la Consejera de Educación y Empleo, por la que se fijan las cuantías para financiar la dotación de libros de texto y material escolar y didáctico al alumnado matriculado en enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso 2023/2024, la cuantía establecida por alumno o alumna prestatario/a de libros de texto será de 120 euros para Educación Primaria y 150 euros para Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial (DOE n.º 96, de 22 de mayo, corrección de errores DOE n.º 110 de 9 de junio). Como cuantía por alumno/a prestatario/a de material escolar, se fija la cantidad de 30 euros para el segundo ciclo de Educación Infantil.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Los padres, madres o tutores y/o representantes legales del alumnado solicitante cumplimentarán el modelo de solicitud del anexo I, y lo presentarán en la secretaría del centro donde los alumnos se encuentre matriculados en el momento de la solicitud, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria y su extracto correspondiente en el Diario Oficial de Extremadura.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura. El plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de la presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2023.
Mérida, 30 de junio de 2023.
El Director General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios,
(PD, Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Secretaría General, DOE núm. 47, de 9 de marzo),
CARLOS PÉREZ VIDARTE

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