Junta de Extremadura
Página Web del Diario Oficial de Extremadura
Ultimos Diarios Oficiales
AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.
Menú principal
Búsqueda
Calen
d
ario
A
vanzada
Comprobar autenticidad
De copia
i
mpresa
De PDF firmad
o
Pub
l
icar en DOE
Tasas del DOE
Protección de datos de carácter personal
DOE a la
c
arta
Menú Derecha
Su
g
erencias
Carta de Servicios
Danos tu opinión
Co
n
solidación normativa
Otros Boletines
B
OE
Autonó
m
icos
Pro
v
inciales
Unión
E
uropea
Tu Atención
RESOLUCIÓN de 23 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el segundo procedimiento del ejercicio 2023.
DOE Número:
169
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
viernes, 01 de septiembre de 2023
Apartado:
III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo:
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
Rango:
RESOLUCIÓN
Descriptores:
Teatro. Ayudas.
Página Inicio:
48852
Página Fin:
48868
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 155/2018, de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música (DOE n.º 187, de 25 de septiembre de 2018), así como con la Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2023 (DOE n.º 7, de 11 de enero de 2023), a propuesta de la Secretaría General de Cultura,
RESUELVO:
Primero.
La concesión de las ayudas a los municipios que se especifican en el anexo, por un importe total de quinientos veintinueve mil ochocientos ochenta y cuatro euros con treinta y ocho céntimos (529.884,38 €) y de acuerdo con el apartado séptimo de la Resolución de 19 de diciembre de 2022 que se imputará a la aplicación presupuestaria siguiente 150020000/G/273A/46000/20001143/CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el 2023.
Segundo.
Estas ayudas se regirán por lo previsto en el capítulo III del Decreto 155/2018, de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música (DOE n.º 187, de 25 de septiembre), en la Resolución de 19 de diciembre de 2022, por la que se convocan las ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el ejercicio 2023 (DOE n.º 7, de 11 de enero de 2023), así como por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones básicas del Estado.
Tercero.
Las entidades beneficiarias, además de cumplir con las obligaciones que les correspondan por su condición de miembro de la Red, adquieren las obligaciones que se recogen en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el resto de la normativa aplicable y, con carácter general, las que se relacionan a continuación:
a) Poner o disponer del personal técnico y de sala adecuado para el desarrollo de cada actividad.
b) Asumir las decisiones adoptadas por la Comisión técnico-artística y de seguimiento, así como los compromisos de programación.
c) Cumplir las condiciones económicas, técnicas y de gestión que se negocien para cada espectáculo.
d) Poner a disposición de la Red, al menos, dos espacios transitados de la vía pública de la localidad para que se puedan instalar los elementos que se requieran en la difusión y programación de las actividades de la Red.
e) Poner a disposición de las compañías las infraestructuras necesarias para el desenvolvimiento efectivo de cada actividad contratada
f) Abonar el caché que corresponda, así como cualquier otro derivado del desarrollo de la actividad, incluidos los derechos de autor generados por las representaciones programadas.
g) Realizar los pagos a las compañías en el plazo máximo estipulado por la ley tras la recepción de la factura correspondiente, o en un plazo inferior según el período de ejecución de las actividades y las necesidades de justificación establecidas en la orden de convocatoria.
h) Comunicar a la Consejería cualquier alteración o modificación de la programación.
i) Organizar las actividades programadas, encargándose de la contratación y de los contactos pertinentes con las empresas
j) Realizar la promoción local y comarcal de su programación, debiendo hacer constar en toda la publicidad que realice los anagramas de las instituciones organizadoras.
k) Remitir a la Consejería y a las empresas contratadas con antelación suficiente los cambios o limitaciones que pudieran producirse en el uso de los espacios escénicos.
l) Remitir a la Consejería, en los cinco días hábiles posteriores a la celebración de la actuación, un modelo de ficha-informe (anexo II de la orden de convocatoria) debidamente cumplimentado en todos los apartados.
m) Hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social, Hacienda Estatal y Autonómica.
n) Cobrar entrada en todas las actividades de artes escénicas y musicales programadas, excepto para los espectáculos denominados de calle , definidos por la comisión técnico-artística y de seguimiento como tales.
o) En el lugar y la fecha en que se lleve a cabo la actividad programada, deberá estar presente un representante del Ayuntamiento para recibir al grupo y facilitar la carga/descarga, corte de calles, aparcamientos, así como el resto de personal necesario acordado con la compañía.
p) Justificar la ayuda concedida en los términos, forma y plazos establecidos.
q) Comunicar al órgano concedente la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración Pública o entes públicos. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
r) Cumplir con las obligaciones de publicidad, de conformidad con lo establecido con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor.
s) Aportar, a su cargo, los locales, material, así como todos los recursos y medios necesarios para el desarrollo de la actividad. En todo caso, la contratación de las empresas o profesionales no generará en ningún caso relación laboral entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes y los profesionales contratados para llevar a cabo los programas de la red de teatros y otros espacios escénicos de la Entidad beneficiaria.
t) Cumplir el resto de las condiciones establecidas en el artículo 43 la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
u) Realizar las actividades programadas y subvencionadas única y exclusivamente dentro del/los recinto/s incorporado/s a la Red para los que se concedió la subvención, excepto los espectáculos denominados de calle , definidos por la comisión técnico-artística y de seguimiento como tales.
Cuarto.
Las entidades beneficiarias deberán desarrollar la actividad subvencionable del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2023.
Quinto.
El pago de las ayudas concedidas será propuesto por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y hecho efectivo por la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo que resulte de su sistema contable una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura, de la siguiente forma:
A) Abono inicial del 50% del total de la subvención concedida, cuando se justifique la contratación de los espectáculos subvencionados por parte de la Entidad, mediante el envío a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de:
— Certificación del Secretario-Interventor de la Entidad con el V.º B.º del Alcalde-Presidente, de los contratos realizados en la que se detalle importe (desglosando el IVA correspondiente), fecha del contrato, denominación de la empresa, NIF/CIF de la misma, su carácter de extremeña o no, denominación del espectáculo, tipo de espectáculo y día de actuación (anexo III de la resolución de convocatoria).
Esta justificación deberá efectuarse en el plazo de los treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura.
B) Abono del 50 % restante una vez justificada la aplicación de fondos y la realización de la actividad por importe igual o superior al 50% de la subvención concedida.
La justificación necesaria para la realización de los pagos correspondientes a este segundo 50% deberá efectuarse con anterioridad al 1 de diciembre de 2023.
La justificación de la aplicación de los fondos y realización de la actividad, para el pago de este segundo 50%, se hará mediante certificación de gastos y pagos efectuados a esa fecha expedida por el Sr. Secretario-Interventor del Ayuntamiento y el V.º B.º del Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente, donde se hará constar, de conformidad con el anexo IV de la resolución de convocatoria, lo siguiente:
a) Las empresas contratadas, número, fecha e importe de la factura (desglosando el IVA correspondiente), pago efectuado, fecha del contrato, denominación de la empresa, NIF/CIF de la misma, su carácter de extremeña o no, denominación del espectáculo, tipo de espectáculo y día de actuación.
b) Las modificaciones a los contratos si los hubiere.
c) Que los gastos previstos en la resolución de concesión y en los contratos realizados han sido efectivamente realizados, y están acreditados mediante facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente, y además, para la justificación final: por importe del total de la aportación de la Consejería y de la Entidad beneficiaria.
d) Que todas las actividades desarrolladas en este programa son acordes con el contenido de las bases reguladoras.
e) Que se ha cumplido con las obligaciones de publicidad establecidas.
C) Con independencia del pago del 100% del importe total subvencionado, la Entidad beneficiaria deberá presentar, dentro del trimestre siguiente a la fecha de finalización del período subvencionable:
a) Toda la documentación mencionada en el apartado anterior, que ya incluirá tanto la aportación de la Consejería como la aportación de la Entidad Beneficiaria, haciendo mención asimismo a todos los pagos realizados (anexo V certificado final 100% de la resolución de convocatoria).
b) La memoria de la actuación (informe del Ayuntamiento, anexo II de la resolución de convocatoria).
En virtud de la disposición adicional cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, las entidades beneficiarias estarán exentas de la presentación de garantías por los pagos anticipados que reciban al amparo de estas ayudas.
En todo caso, para proceder a la tramitación de cualquiera de los pagos mencionados con anterioridad, el beneficiario deberá acreditar en el momento de solicitar el abono de los mismos, hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Haciendas Estatal y Autonómica.
Sexto.
Las ayudas concedidas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención.
Séptimo.
En toda la publicidad que se genere por las actividades objeto de ayuda, deberá constar en lugar destacado que se trata de un proyecto subvencionado por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor, además de la colocación en un lugar destacado y visible en la fachada del edificio integrado en la Red de Teatros, del logo Espacio integrado en la Red de Teatros y espacios escénicos de Extremadura. Junta de Extremadura , que será facilitado por la propia Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
Octavo.
Sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar, serán causas de revocación y reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidas y de exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la ayuda hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, además de las previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, las siguientes:
a) El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la orden de convocatoria.
b) El incumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la ayuda.
c) La falta de justificación.
d) La alteración o modificación de la programación y en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, cuando se supere el coste de la contratación para la que se solicita la ayuda.
En los casos de cumplimiento parcial o de justificación parcial de las ayudas concedidas será de aplicación el principio de proporcionalidad y se procederá a efectuar el reintegro únicamente de la cantidad no justificada en aquellos supuestos en los que el cumplimiento por el beneficiario se aproxime de modo significativo al cumplimiento total y se acredite por este una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos. Se considerarán en todo caso, acreditadas estas dos circunstancias cuando las acciones realizadas y los costes justificados y aceptados alcancen, al menos, el 60% del importe de la contratación subvencionable. Por debajo de este porcentaje el incumplimiento será declarado total. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que los espectáculos no se desarrollaran en el espacio previsto en la solicitud de subvención, dará lugar a la pérdida del importe de la subvención correspondiente a ese espectáculo no realizado en el espacio programado.
Las diferencias que se pudieran producir entre las cantidades concedidas y las efectivamente justificadas por la Entidad beneficiaria, supondrán la devolución de las cantidades percibidas en exceso, previa resolución del órgano competente, que modifique la resolución de concesión y establezca la cantidad total a devolver.
En todo caso, la aportación de la Consejería podrá ser minorada proporcionalmente a las aportaciones de las partes en el caso de que el contrato y factura definitivos sean de un importe inferior al presupuestado inicialmente en la solicitud de ayuda.
En el caso de que el número de funciones realizadas sea inferior a las 6 establecidas (cuatro en el primer procedimiento y dos en el segundo) o concedidas, si este número fuera inferior debido a causas de fuerza mayor debidamente justificadas que pudieran acontecer tanto por parte de la Entidad Local como por parte de la Compañía y que así hayan sido valoradas por parte de la Comisión técnica y de seguimiento, se procederá a la reducción de las cantidades correspondientes según las funciones no realizadas. Tendrán la consideración, en todo caso, de causas debidamente justificadas los supuestos de enfermedad, siniestro, avería, causas de fuerza mayor, así como aquellos hechos y circunstancias que por la especificidad de la materia no permitan la realización de la representación programada.
En el caso de no justificarse la no realización, dará lugar a la pérdida de toda la cuantía recibida; procediéndose a realizar las actuaciones tendentes a la revocación total de la ayuda.
Las cantidades, en su caso, a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44.1 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Noveno. Las ayudas concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Igualmente, dentro de los quince días siguientes a la publicación de dicha concesión, deberá publicarse la misma en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, indicando la relación de beneficiarios, el importe de las ayudas y la identificación de la normativa reguladora. Asimismo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se dará publicidad de la concesión en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante esta Secretaría General o ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, tal y como disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 23 de agosto de 2023.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
ANEXO
MUNICIPIO
EMPRESAS
ESPECTÁCULO
AYUDA
ALCONCHEL
JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ GORDILLO
ZEPPELIN BAND
5.082,00 €
PRODUCCIONES ARTÍSTICAS EXTREMEÑAS, SL
WEST COMEDY-MONÓLOGOS
4.150,30 €
SOMOS PROYECTO CULTURA, SL
MENINA. SOY UNA PUTA OBRA DE VELÁZQUEZ
1.863,40 €
MARIA SOL DÍAZ CHAPARRO
LA TIERRA BALDIA
1.524,60 €
TOTAL
12.620,30 €
ALMENDRALEJO
TEATRO CLÁSICO DE SEVILLA SCA
LA ODISEA DE MAGALLANES-ELCANO
4.537,50 €
INMACULADA CEDEÑO MORALES
NADA NI NADIE
2.795,10 €
SAMARKANDA TEATRO, SL
VENDADOS
931,70 €
TOTAL
8.264,30 €
AZUAGA
CARMEN ÁVILA NÚÑEZ
MENTIRAS INTELIGENTES
4.877,60 €
CARMEN ÁVILA NÚÑEZ
NUESTROS MOMENTOS MÁGICOS
2.795,10 €
TOTAL
7.672,70 €
BERLANGA
ARTEXTREMA PRODUCCIONES, SL
¡AY, CARMELA!
3.133,90 €
ARÁN DRAMÁTICA PTA, SL
QUIEN NOS LO IBA A DECIR
2.371,60 €
JUAN JESÚS MORENO PÉREZ
MÁGICO CUENTO DE NAVIDAD
1.347,50 €
TOTAL
6.853,00 €
BURGUILLOS DEL CERRO
LA GRAN BELLEZA PRODUCCIONES, SLU
JOSÉ LUIS CALERO MI GRAN NOCHE DE HUMOR
2.202,20 €
FRANCISCO JOSÉ PALOMINO GUERRA
A MI NO ME REGALES FLORES
1.863,40 €
JOSÉ CARLOS CORRALES MORENO
LA PEKE PARTY
840,00 €
TOTAL
4.905,60 €
CABEZA DEL BUEY
SURIPANTA, SL
ESPERANDO A LA CARROZA
4.743,20 €
JORGE LUENGO TABERNERO
LA MAGIA DE JORGE LUENGO
2.202,20 €
TOTAL
6.945,40 €
CALAMONTE
ARQUIONE S&P, SLU
SIXKO DURÁN- AHORA SOY YO
4.235,00 €
ARQUIONE S&P, SLU
CARNAVALEANDO
3.811,50 €
ARQUIONE S&P, SLU
CON ACENTO EXTREMEÑO
4.743,20 €
TOTAL
12.789,70 €
CAMPANARIO
CÉSAR BARTOLOMÉ ARIAS BARRIENTOS
LOS TRES MOSQUETEROS
3.811,50 €
LEILA BUITRAGO CALLE
ZAMBOMBA FLAMENCA BAILANDO LA NAVIDAD
2.430,89 €
TOTAL
6.242,39 €
CORIA
EL DESVÁN PRODUCCIONES, SL
FRANKENSTEIN
4.997,30 €
FRANCISCO JOSÉ PALOMINO GUERRA
SEGISMUNDO ENCADENADO
1.694,00 €
TOTAL
6.691,30 €
DON BENITO
EL NEGRITO PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ESPECTÁCULOS, SL
MI ULTIMA NOCHE CON SARA
6.776,00 €
TEATRO DEL NOCTÁMBULO SL
JERUSALEM DE JEZ BUTTERWORTH
6.098,40 €
ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA SOLOMÚSICA, SL
DOS ALMAS CON PIANO
1.948,10 €
TOTAL
14.822,50 €
FREGENAL DE LA SIERRA
CÉSAR ISRAEL HERNÁNDEZ SÁNCHEZ
BAILA LA NAVIDAD
1.566,95 €
FERNANDO FLORES GIL
MAGIA PARA NIÑOS Y NIÑAS DE 3 A 117 AÑOS
1.001,00 €
FESTUC TEATRE, SL
LA LÁMPARA MARAVILLOSA
1.573,00 €
TOTAL
4.140,95 €
FUENLABRADA DE LOS MONTES
EMMA LUISA OZORES RUÍZ
EL ÚLTIMO QUE APAGUE LA LUZ
2.299,00 €
JORGE LUENGO TABERNERO
THIPNOTIZO
2.625,70 €
TOTAL
4.924,70 €
GUAREÑA
MARÍA ISABEL MESÓN COBOS
PRÍNCIPE DEL BOSQUE, BAMBI EL MUSICAL
4.912,60 €
CARMEN ÁVILA NÚÑEZ
MENTIRAS INTELIGENTES
4.877,60 €
FRANCISCO JOSÉ PALOMINO GUERRA
VERTUMNO, SIGLOS DE RISA Y ORO
2.964,50 €
SOMOS PROYECTO CULTURA, SL
MENINA. SOY UNA PUTA OBRA DE VELÁZQUEZ
1.863,40 €
TOTAL
14.618,10 €
HERRERA DEL DUQUE
ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA SOLOMÚSICA, SL
PALABRAS ENCADENADAS
3.049,20 €
SAMARKANDA TEATRO, SL
PASACALLES TEMÁTICO
3.811,50 €
GNP PRODUCCIONES CULTURALES, SL
JAZZ EN LA PECERA
2.843,50 €
CANDILEJA PRODUCCIONES TEATRALES, SL
BLANCANIEVES. EL MUSICAL
3.327,50 €
TOTAL
13.031,70 €
HERVÁS
FRANCISCO JAVIER CEBALLOS CASILLAS
HERMANOS SAQUETTI
1.948,10 €
MERCEDES TABARES SORIANO
LA VIDA SECRETA DE PETRA LEDUC
2.371,60 €
SOMOS PROYECTO CULTURA, SL
CLÁSICOS EXCÉNTRICOS
2.879,80 €
SAMARKANDA TEATRO, SL
VENDADOS
931,70 €
TOTAL
8.131,20 €
HIGUERA LA REAL
PRODUCCIONES ARTÍSTICAS EXTREMEÑAS, SL
CONREVERSE
5.590,20 €
AURELIO GALLARDO PASTOR
FLAMENCO, COPLA Y RUMBA CON AURELIO GALLARDO Y SU BANDA- GRAN FORMATO
3.557,40 €
TOTAL
9.147,60 €
HORNACHOS
JUAN CARLOS GUERRERO VERA
BANDCOVER
4.912,60 €
PRODUCCIONES ARTÍSTICAS EXTREMEÑAS, SL
WEST COMEDY-MONÓLOGOS
4.150,30 €
MANUELA SÁNCHEZ SÁNCHEZ
LEYENDAS
2.964,50 €
NURIA AYUSO TORRADO
ABELINO, DEMASIADO BUENO PARA SER UN LOBO
1.694,00 €
TOTAL
13.721,40 €
JARAÍZ DE LA VERA
INMACULADA CEDEÑO MORALES
ALFONSO X: LA ÚLTIMA CANTIGA
3.642,10 €
TEATRAPO PRODUCCIONES, SLU
SWING AND SHOW
3.260,95 €
TOTAL
6.903,05 €
JEREZ DE LOS CABALLEROS
VERBO PRODUCCIONES, SL
ENTRE BOBOS ANDA EL JUEGO
3.472,70 €
CARMEN ÁVILA NÚÑEZ
UNA SEMANA NADA MÁS
5.929,00 €
EL DESVÁN PRODUCCIONES, SL
FRANKENSTEIN
4.997,30 €
TOTAL
14.399,00 €
LA ALBUERA
PILAR BOYERO GÓMEZ
CORAZÓN SOLANO
3.811,50 €
SENTIMIENTO LOKO PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS SL
SENTIMIENTO LOKO
5.505,50 €
LIMERENCE 2020, SL
R.A.Y.A. TOUR ORIGEN
6.945,40 €
SIMÓN JESÚS FERRERO DE LA CRUZ
LAS AVENTURAS DE MACARIO EN EL OESTE LEGENDARIO
1.750,00 €
TOTAL
18.012,40 €
LA HABA
CARMEN AVILA NÚÑEZ
UNA SEMANA NADA MÁS
5.929,00 €
MARÍA ASUNCIÓN MIERES ROYO
ME VOY A CINCINATI
2.286,90 €
FRANCISCO JAVIER CEBALLOS CASILLAS
PASACALLES CÓMICA ANIMACIÓN
2.456,30 €
TOTAL
10.672,20 €
LA ZARZA
FRANCISCO JAVIER CEBALLOS CASILLAS
HERMANOS SAQUETTI
1.948,10 €
NURIA AYUSO TORRADO
CHISPA Y LA MAGIA DE LA NAVIDAD
1.524,60 €
TOTAL
3.472,70 €
LLERENA
RAFAEL MOLANO CASILLAS
LA CIUDAD INVENTADA
3.303,30 €
SOMOS PROYECTO CULTURA, SL
MENINA. SOY UNA PUTA OBRA DE VELÁZQUEZ
1.863,40 €
SURIPANTA, SL
ESPERANDO A LA CARROZA
4.743,20 €
TEATRO DEL NOCTÁMBULO, SL
JERUSALEM DE JEZ BUTTERWORTH
6.098,40 €
TOTAL
16.008,30 €
LOS SANTOS DE MAIMONA
PRODUCCIONES TEATRALES ALGOQUÍN, SL
NAVILAND: EL LUGAR DONDE VIVEN LOS REYES MAGOS: EL MUSICAL
4.840,00 €
PRODUCCIONES ARTÍSTICAS EXTREMEÑAS, SL
HIJOS DEL LEVANTE. Tributo a El Barrio y al mejor Rock andaluz
4.235,00 €
JUAN LUIS GONZÁLEZ RABAZO
SWING TON NI SONG EN CONCIERTO
2.695,00 €
TOTAL
11.770,00 €
MÉRIDA
GP EXTREMUSIC SL
CUANDO MANDA EL CORAZÓN
3.345,65 €
LUIS SIXTO MOLINA SANZ
AMAPOLAS NEGRAS
3.980,90 €
MARÍA ISABEL MESÓN COBOS
LA CURVA DE LA FELICIDAD
5.759,60 €
CARMEN AVILA NÚÑEZ
UNA SEMANA NADA MÁS
5.929,00 €
TOTAL
19.015,15 €
MIAJADAS
EL DESVÁN PRODUCCIONES, SL
FRANKENSTEIN
4.997,30 €
CÉSAR BARTOLOMÉ ARIAS BARRIENTOS
EL VIENTO ES SALVAJE (FEDRA Y MEDEA EN CÁDIZ)
3.811,50 €
FRANCISCO JAVIER PARDO ALONSO
AULAGA FOLK
4.023,25 €
EXTRESOUND PRODUCCIONES, SLU
CENICIENTA Y EL MUNDO MÁGICO
3.811,50 €
TOTAL
16.643,55 €
MONESTERIO
ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA SOLOMÚSICA, SL
PALABRAS ENCADENADAS
3.049,20 €
PEDRO LUIS LÓPEZ BELLOT
MAQUIAVELO
2.371,60 €
SURIPANTA, SL
ESPERANDO A LA CARROZA
4.743,20 €
NURIA AYUSO TORRADO
ABELINO, DEMASIADO BUENO PARA SER UN LOBO
1.694,00 €
TOTAL
11.858,00 €
MONTÁNCHEZ
EDUARDO CREGO QUESADA
ALGO SE NOS FUE CONTIGO
6.352,50 €
CRISTINA BOYERO GÓMEZ
DISNEMANIA EL MUSICAL
3.811,50 €
TOTAL
10.164,00 €
MONTEHERMOSO
EL NEGRITO PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE ESPECTACULOS, SL
MI ULTIMA NOCHE CON SARA
6.776,00 €
IRENE HERNÁNDEZ SERRANO
EL SEÑOR PUTA O LA DEGRADACIÓN DEL SER
2.710,40 €
LAS NIÑAS DE CÁDIZ, SL
CABARÉ A LA GADITANA
1.663,75 €
ARÁN DRAMÁTICA PTA, SL
QUIEN NOS LO IBA A DECIR
2.371,60 €
TOTAL
13.521,75 €
MONTERRUBIO DE LA SERENA
JOSÉ CARLOS CORRALES MORENO
LA PEKE PARTY
840,00 €
ZIRCUS ANIMACIÓN, SL
EL BUSCLOWN
2.964,50 €
ARÁN DRAMÁTICA PTA, SL
QUIEN NOS LO IBA A DECIR
2.371,60 €
TOTAL
6.176,10 €
MONTIJO
TEATRO DEL NOCTÁMBULO, SL
JERUSALEM DE JEZ BUTTERWORTH
6.098,40 €
ACETRE FOLK BILINGÜE, SC
A LA CASA DE LAS LOCAS (PRESENTACIÓN NUEVO DISCO)
4.192,65 €
FESTUC TEATRE, SL
ADIÓS PETER PAN
1.361,25 €
JAVIER ARIZA
CARMAN
990,00 €
TOTAL
12.642,30 €
MORALEJA
LAURA MOREIRA ÁLVAREZ
GROSELLA
1.120,00 €
JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ PALACIOS
UNA AVENTURA EN LA CAÑADA
1.050,00 €
TOTAL
2.170,00 €
NAVALMORAL DE LA MATA
MARÍA ISABEL MESÓN COBOS
LA CURVA DE LA FELICIDAD
5.759,60 €
EL NEGRITO PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ESPECTÁCULOS, SL
MI ULTIMA NOCHE CON SARA
6.776,00 €
FRANCISCO JAVIER CEBALLOS CASILLAS
RIDI PAGLIACCIO
2.032,80 €
TOTAL
14.568,40 €
NAVALVILLAR DE PELA
SIMÓN JESÚS FERRERO DE LA CRUZ
LAS AVENTURAS DE MACARIO EN EL OESTE LEGENDARIO
1.750,00 €
SOMOS PROYECTO CULTURA, SL
MENINA. SOY UNA PUTA OBRA DE VELÁZQUEZ
1.863,40 €
TOTAL
3.613,40 €
OLIVA DE LA FRONTERA
PABLO PÉREZ DE LAZÁRRAGA BÁREZ
EN BUSCA DE LA MAGIA PERDIDA
3.472,70 €
EDUARDO CREGO QUESADA
LA TROUPÉ FLAMENCA
2.964,50 €
TOTAL
6.437,20 €
PIORNAL
EXTREMEÑA DE SONORIZACIÓN, SL
MASAMBORÁ FOLK
2.117,50 €
FRANCISCO JOSÉ QUIRÓS ARÉVALO
CUCKO IN LOVE
1.651,65 €
TOTAL
3.769,15 €
PLASENCIA
EL NEGRITO PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE ESPECTACULOS, SL
BOEING BOEING
6.987,40 €
TEATRO DEL NOCTÁMBULO, SL
JERUSALEM DE JEZ BUTTERWORTH
6.098,40 €
LAURA GARCÍA CÁCERES
FUERA DE FOCO
4.192,65 €
DAVID JOSÉ PÉREZ HERNANDO
El POZO DE LOS MIL DEMONIOS
2.752,75 €
TOTAL
20.031,20 €
PUEBLA DE LA CALZADA
SURIPANTA, SL
ESPERANDO A LA CARROZA
4.743,20 €
EL TÍO CARACOLES PRODUCTIONS COMPANY, SL
DOBLE O NADA
2.601,50 €
TEATRO CHE Y MOCHE, SL
RÉQUIEM POR UN CAMPESINO ESPAÑOL
2.420,00 €
JAIME SANTOS
BLANCANIEVES
1.155,00 €
TOTAL
10.919,70 €
QUINTANA DE LA SERENA
SENTIMIENTO LOKO PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS, SL
SENTIMIENTO LOKO
5.505,50 €
MARÍA ASUNCIÓN MIERES ROYO
ME VOY A CINCINATI
2.286,90 €
DYSOUNDPRO, SL
PINTURILLA Y LA PANDILLA VAINILLA
4.404,40 €
ALFONSO MIGUEL MARTÍN PARRA
HIPNOSIS CON SETE MARTÍN
1.016,40 €
TOTAL
13.213,20 €
RIBERA DEL FRESNO
ARQUIONE S&P, SLU
SIXKO DURÁN- AHORA SOY YO
4.235,00 €
ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA SOLOMÚSICA, SL
PALABRAS ENCADENADAS
3.049,20 €
TOTAL
7.284,20 €
TALAYUELA
CARMEN ÁVILA NÚÑEZ
MENTIRAS INTELIGENTES
4.877,60 €
IRENE HERNÁNDEZ SERRANO
EL SEÑOR PUTA O LA DEGRADACIÓN DEL SER
2.710,40 €
CRISTINA BOYERO GÓMEZ
DISNEMANIA EL MUSICAL
3.811,50 €
NEVERLAND PROYECTOS DE OCIO, SLU
VIOLONCHELI BROTHER. DESCONCHERTANTES
5.505,50 €
TOTAL
16.905,00 €
TORREJONCILLO
INMACULADA CEDEÑO MORALES
ALFONSO X: LA ÚLTIMA CANTIGA
3.642,10 €
FRANCISCO JOSÉ BLANCO AGUADO
LA HUELLA
2.117,50 €
TOTAL
5.759,60 €
TRUJILLO
SOMOS PROYECTO CULTURA, SL
MENINA. SOY UNA PUTA OBRA DE VELÁZQUEZ
1.863,40 €
ANTONIO VELASCO HERMOSA
LA LOCA HISTORIA DE LA LITERATURA
1.125,00 €
TOTAL
2.988,40 €
VALDIVIA
CELIA ROMERO ALGABA
DESDE MIS RAÍCES . CELIA ROMERO
3.659,04 €
CANDILEJA PRODUCCIONES TEATRALES, SL
PETER PAN. UN MUSICAL MUY ESPECIAL
2.722,50 €
JESÚS LOZANO DORADO
UN HOMBRE CASI DECENTE
3.303,30 €
ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA SOLOMÚSICA, SL
PALABRAS ENCADENADAS
3.049,20 €
TOTAL
12.734,04 €
VALENCIA DE ALCÁNTARA
CÉSAR BARTOLOMÉ ARIAS BARRIENTOS
EL PRINCIPATO (EL PRÍNCIPE ENVIDIOSO)
2.498,65 €
LUIS SIXTO MOLINA SANZ
AMAPOLAS NEGRAS
3.980,90 €
TOTAL
6.479,55 €
VALVERDE DE LEGANÉS
SENTIMIENTO LOKO PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS, SL
SENTIMIENTO LOKO
5.505,50 €
INDALO SONIDO & SIE PRODUCCIONES, SL
HUELLAS COOL DREAM
4.235,00 €
SENTIMIENTO LOKO PRODUCCIONES Y ESPECTÁCULOS, SL
ANALOGIC BAND
4.319,70 €
INDALO SONIDO & SIE PRODUCCIONES, SL
BESOS DE ROCK N’ROLL LA BRUJA ROJA
4.743,20 €
TOTAL
18.803,40 €
VILLAFRANCA DE LOS BARROS
SURIPANTA, SL
ESPERANDO A LA CARROZA
4.743,20 €
ESCUELA DE MÚSICA Y DANZA SOLOMÚSICA, SL
BIG - BAND PROJEX
4.404,40 €
TOTAL
9.147,60 €
VILLANUEVA DE LA SERENA
TEATRO DEL NOCTÁMBULO, SL
JERUSALEM DE JEZ BUTTERWORTH
6.098,40 €
BACHATA RENT, SL
EXTREMADURA EN LA MIRADA
4.912,60 €
INMACULADA CEDEÑO MORALES
ALFONSO X: LA ÚLTIMA CANTIGA
3.642,10 €
ATUTIPLAN EVENTOS, TURISMO Y AVENTURA, SL
ROMEO Y JULIETA
2.371,60 €
TOTAL
17.024,70 €
VILLANUEVA DEL FRESNO
JUAN ANTONIO CANELADA CAMACHO
LA BELLA Y LA BESTIA
4.658,50 €
EDUARDO CREGO QUESADA
LA TROUPÉ FLAMENCA
2.964,50 €
PRODUCCIONES ARTÍSTICAS EXTREMEÑAS, SL
CONREVERSE
5.590,20 €
ÓSCAR TRIGOSO RUBIO
EXTOPA-TRIBUTO A ESTOPA
2.498,65 €
TOTAL
15.711,85 €
ZAFRA
JUAN CARLOS GUERRERO VERA
BANDCOVER
4.912,60 €
SURIPANTA, SL
ESPERANDO A LA CARROZA
4.743,20 €
ANA ISABEL LEÓN SÁNCHEZ
PASACALLES - REINO ANIMAL
2.625,70 €
TEATRAPO PRODUCCIONES, SLU
SWING AND SHOW
3.260,95 €
TOTAL
15.542,45 €
IMPORTE TOTAL SUBVENCIÓN
529.884,38 €
Subir
^
Otras Opciones
2023 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados
Normativa
E
LI
R
SS
Acce
s
ibilidad
Mapa del si
t
io
Aviso Legal