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RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formalizan dos Transferencias específicas plurianuales a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la realización de los Programas "Gobernanza de la RIS3 2021-2027 y las EDP" e "Internacionalización de la I+D+I" financiadas con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
DOE Número: 233
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 05 de diciembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 61275
Página Fin: 61315
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
LOGO JUNTA DE EXTREMADURA - FUNDECYT PCTEX
LOGO UNION EUROPEA
Habiéndose firmado el día 23 de noviembre de 2023, el Convenio por el que se formalizan dos Transferencias específicas plurianuales a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la realización de los Programas Gobernanza de la RIS3 2021-2027 y las EDP e Internacionalización de la I+D+I financiadas con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 27 de noviembre de 2023.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZAN DOS TRANSFERENCIAS ESPECÍFICAS PLURIANUALES A LA FUNDACIÓN FUNDECYT PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA PARA LA REALIZACIÓN DE LOS PROGRAMAS GOBERNANZA DE LA RIS3 2021-2027 Y LAS EDP E INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I FINANCIADAS CON FONDOS DEL PROGRAMA FEDER EXTREMADURA 2021-2027
Mérida, 23 de noviembre de 2023.
REUNIDOS
De otra parte, D. María del Pilar Pérez García, en su calidad de Secretaria General de Educación y Formación Profesional, cargo para el que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto (DOE n.º 149, de 3 de agosto), actuando por suplencia de persona titular de la Secretaría General por Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Consejera (DOE n.º 214, de 8 de noviembre), en virtud de la delegación efectuada mediate Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE n.º 156, de 14 de agosto) en representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y autorizada para la suscripción del presente convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 31 de octubre de 2023.
De otra parte, D. José Luis Canito Lobo, actuando en representación de la entidad Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura, con NIF G-06630644 y domicilio social en avda. Elvas s/n., 06071 Badajoz, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Junta de Extremadura con el número de registro 06/138, en su condición de Director Gerente con poderes suficientes según nombramiento mediante Decreto 273/2023, de 7 de noviembre (DOE núm. 216, de 10 de noviembre),
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN
Primero. El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 2 establece que: La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional ejercerá las competencias en materia de política educativa y formación profesional, las de políticas universitaria y las de ciencia, tecnología e innovación . Asimismo, el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 26.6, atribuye el ejercicio de las competencias en materia investigación, desarrollo e innovación a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Segundo. Las actuaciones que se pretenden llevar a cabo se encuadran dentro de las medidas recogidas en el Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional 2021-2027 de Extremadura que prevé, bajo Objetivo Político (OP1) Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones . RSO1.1. Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas. Este objetivo específico basará sus prioridades de actuación en el fomento del sistema de ciencia y tecnología regional, donde existe una baja participación de los actores a nivel general, así como tratar de implementar y asimilar los distintos avances en términos de digitalización y tecnológicos que pueden contribuir al desarrollo regional.
En ese contexto, la Junta de Extremadura define la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3) de Extremadura 2021-2027 (en adelante, RIS3 Extremadura 2027) como un instrumento para impulsar el progreso social y la competitividad económica de Extremadura, y garantizar que la región recibe y utiliza adecuadamente los Fondos Estructurales.
La RIS3 Extremadura 2027 persigue identificar e interconectar los recursos empresariales, científicos, tecnológicos, institucionales y sociales para impulsar el desarrollo económico y la especialización inteligente de la región en el entorno globalizado.
Asimismo, el VII Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de Extremadura, 2022-2025 (en adelante, VII PRI+D+I) ha sido concebido como el plan de actuación para la implementación de la primera fase de la RIS3 Extremadura 2027) y, como tal, despliega un conjunto de programas diseñados para conseguir los objetivos establecidos en esta y ambos conforman conjuntamente el marco de referencia para la realización del presente convenio.
En este marco estratégico el VII PRI+D+I pretende impulsar una nueva etapa para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en Extremadura, donde la inversión en infraestructuras, centros, equipos y proyectos de investigación, tecnología e innovación permita transformar la presencia del talento investigador extremeño en oportunidades de desarrollo competitivo y especialización inteligente para el territorio regional.
Tercero. La fundación FUNDECYT-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante, FUNDECYT-PCTEX), adscrita a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, es una fundación del sector público promovida por la Junta de Extremadura y por la Universidad de Extremadura, que tiene como objetivo fundamental la vertebración del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, creando el espacio y los servicios necesarios que faciliten el intercambio de conocimiento, ciencia y tecnología para el desarrollo socio-económico de Extremadura, con una visión enfocada al crecimiento de la I+D+I, al fortalecimiento del emprendimiento basado en la ciencia y en la tecnología y al fomento de la cooperación para el desarrollo inteligente, sostenible e integrador de la región.
Cuarto. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se aplicará a estas transferencias específicas en caso de que FUNDECYT-PCTEX realice contratos que deban someterse a esta ley. Asimismo, serán de aplicación respecto de los fondos FEDER, el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Cualquier otra normativa europea y nacional aplicable al fondo FEDER.
Quinto. Por otra parte la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023, dispone en su artículo 45.2, que se consideran transferencias específicas:
( ) las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por las entidades del sector público autonómico cuyo presupuesto se integre en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Extremadura, en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública (…) .
Asimismo, este artículo en su apartado 3 establece que: Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar, deberán formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar, la forma de pago que respetará lo indicado en el párrafo anterior, el plazo, la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste de proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones, y las consecuencias de su incumplimiento entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas .
Sexto. Previamente a la tramitación de esta trasferencia específica, FUNDECYT-PCTEX ha presentado solicitud de la ayuda en la que detallan los programas, actuaciones y el desglose de gastos financiados con FEDER.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio tiene como objeto formalizar dos Transferencias Específicas Plurianuales a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la realización de los programas Gobernanza de la RIS3 2021-2027 y las EDP e Internacionalización de la I+D+I financiadas con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
Segunda. Financiación.
Esta actuación se financiará con cargo al Programa Operativo FEDER Extremadura 2021-2027, cofinanciación del 85%, en el Objetivo Político 1 Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones ., Objetivo Específico 1 Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y el uso de tecnologías avanzadas l .
El Anexo de Proyecto de Gasto de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023 dispone la financiación de las siguientes transferencias:
1. TE GOBERNANZA DE LA RIS3-EXTREMADURA 2027 Y LAS EDP por importe de tres millones doscientos setenta y tres mil doscientos ochenta y cinco euros, con dieciséis céntimos (3.273.285,16 €) con cargo al proyecto de gasto 20230009, GOBERNANZA DE LAS RIS3 EXTREMADURA 2027 Y LAS EDP , aplicación presupuestaria 140020000 331B 44000, y código fondo FD211A1105 con el siguiente desglose por anualidades:
2023 2024 2025 TOTAL
991.585,06 1.140.850,05 1.140.850,05 3.273.285,16
2. TE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I por importe de un millón doscientos euros (1.200.000,00 €) se financiará con cargo al proyecto de gastos 20230010, denominado „INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I „, en la aplicación presupuestaria 140020000 331B 44000, código fondo FD211A1106 siguiente desglose por anualidades:
2023 2024 2025 TOTAL
307.766,00 446.117,00 446.117,00 1.200.000,00
3. El importe total por anualidades financiado por ambas trasferencias objeto del presente Convenio.
2023 2024 2025 TOTAL
TE GOBERNANZA DE LA RIS3-EXTREMADURA 2027 Y LAS ED 991.585,06 1.140.850,05 1.140.850,05 3.273.285,16
TE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I 307.766,00 446.117,00 446.117,00 1.200.000,00
TOTAL 1.299.351,06 1.586.967,05 1.586.967,05 4.473.285,16
Tercera. Ejecución de actuaciones y gastos elegibles.
Mediante la presente transferencia específica se financiarán las actuaciones contenidas en el ANEXO I del presente Convenio, que de forma enunciativa se exponen a continuación:
1. TE GOBERNANZA DE LA RIS3-EXTREMADURA 2027 Y LAS EDP.
Esta actuación contempla las siguientes acciones:
a) Monitorización, seguimiento y coordinación de la RIS3 para garantizar la aplicación de una metodología participativa.
b) Observatorio de la I+D+i de Extremadura con el objetivo de generar contenidos de inteligencia competitiva sobre tendencias y KETs de aplicación para el tejido empresarial regional.
c) Creación de espacios de encuentro entre empresas y demás agentes del SECTI, donde podrán participar también otros agentes clave de la cadena de valor.
d) Difundir la cultura científica entre la sociedad extremeña haciendo a la ciudadanía partícipe de los procesos de creación y diseño de las agendas de investigación.
Con ella se espera fortalecer el Sistema de gobernanza de la RIS3 de Extremadura 2021-2027, la eficacia de las actuaciones del Plan Regional de I+D+I y dinamizar la demanda de I+D tecnológico del tejido empresarial extremeño, mediante la conexión entre los distintos agentes del SECTI, facilitando el descubrimiento, la identificación y el desarrollo de ámbitos de oportunidad surgidos en la frontera de actividades entre sectores.
2. TE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I.
Esta actuación contempla la acción de asesoramiento a agentes del SECTI para el diseño de proyectos de I+D+i de excelencia que puedan llegar a ser más competitivos en las convocatorias de financiación internacional. Promoción de los sectores estratégicos y emergentes de especialización de Extremadura a nivel internacional.
Los tipos de acciones se han evaluado como compatibles con el principio DNSH, al no esperarse que tengan un impacto medioambiental negativo significativo debido a su naturaleza.
A continuación, se resumen los gastos necesarios para la realización de las transferencias contenidas en el presente Convenio:
1. TE GOBERNANZA DE LA RIS3-EXTREMADURA 2027 Y LAS EDP.
GASTOS 2023 2024 2025 TOTAL
PERSONAL (salarios y seguros sociales) 621.595,01 615.845,01 615.845,01 1.853.285,03
Gastos de viaje y alojamiento 25.120,00 25.120,00 25.120,00 75.360,00
Gastos de servicios externos 280.000,00 425.250,00 425.250,00 1.130.500,00
Costes indirectos (7% costes directos) 64.870,05 74.635,05 74.635,05 214.140,15
Total Gobernanza RIS3 2027 y las EDP 991.585,06 1.140.850,05 1.140.850,05 3.273.285,16
2. TE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA I+D+I.
GASTOS 2023 2024 2025 TOTAL
PERSONAL (salarios y seguros sociales) 164.576,78 163.731,78 163.731,78 492.040,34
Viajes y Alojamiento 15.555,00 28.000,00 28.000,00 71.555,00
Servicios Externos 107.500,00 225.200,00 225.200,00 557.900,00
Costes indirectos (7% costes directos) 20.134,22 29.185,22 29.185,22 78.504,66
Total Internacionalización I+D+I 307.766,00 446.117,00 446.117,00 1.200.000,00
La imputación de gastos para ambas actuaciones estará limitada al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2025.
Se considera gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del plazo de justificación.
Se permitirá la redistribución del gasto entre las diferentes acciones, así como, entre los distintos conceptos (personal, costes indirectos, servicios externos etc.), siempre dentro de la misma transferencia y que se dirijan a alcanzar el fin de la ayuda. En este sentido, para llevar a cabo las compensaciones descritas anteriormente de cuantía inferior al 20% del importe establecido previamente que no afecten a los objetivos de la transferencia de que se trate, será aprobada por la Comisión de seguimiento del presente Convenio. En cambio, será necesaria autorización mediante Adenda al Convenio para cualquier compensación por cuantía igual o superior al 20 % del importe establecido previamente o que afecte a los objetivos de la transferencia. En este último caso, se procederá a tramitar la correspondiente Adenda a propuesta de la Comisión de seguimiento del convenio.
Además, la ejecución de la actuación no generará ingresos, en ningún caso.
Dichos gastos elegibles conllevan las siguientes particularidades:
a) Se podrán imputar como gastos de personal, la contratación nueva de personal temporal, los costes de personal indefinido para actividades de I+D+I directamente relacionadas con la ejecución de cada transferencia, así como los costes de personal funcionario, laboral fijo y estatutario según lo define el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, siempre que se pueda acreditar documentalmente su dedicación a la transferencia de que se trate.
b) No se podrán imputar costes financieros ni impuestos indirectos, tales como el Impuesto sobre el Valor Añadido, pero con la excepción de la parte no recuperable del impuesto, para los gastos relacionados con cada una de las dos transferencias, debidamente justificados.
c) Se podrán imputar costes indirectos hasta un siete por ciento (7%) de la suma de los costes directos debidamente justificados.
Cuarta. Pago.
1. Estas transferencias específicas tendrán una duración tres años, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025 y los pagos de la misma se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. Además, previamente al pago inicial será necesaria la presentación por parte de FUNDECYT-PCTEX de la declaración responsable del anexo II de este convenio, firmada por el responsable de la institución.
No obstante, lo anterior, se establecen los siguientes requisitos previos a los abonos correspondientes:
— El pago se realizará trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestado, abonándose dentro del primer mes de cada trimestre. Por tanto, si a la firma del presente convenio hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad, se abonará la cuantía que corresponda a los trimestres vencidos.
— Los sucesivos abonos, estarán supeditados a la justificación del trimestre anterior como se establece en la cláusula sexta.
2. En relación con el régimen de pagos, FUNDECYT-PCTEX queda exenta del régimen de garantías para recibir pagos anticipados, conforme al apartado a) de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2007, de 19 abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Quinta. Obligaciones.
FUNDECYT-PCTEX cumplirá con lo establecido en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y en el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
De igual modo se deben cumplir las obligaciones específicas contempladas en el Anexo III y cualquier otra derivada de la normativa europea y nacional reguladora de los fondos FEDER.
Se establecen las siguientes obligaciones específicas:
1. Obligaciones vinculadas a la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
a) Será responsable de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las inversiones indicadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel de consecución de cada inversión y de los indicadores que se hayan establecido al respecto.
b) Deberá establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las inversiones previstas y que dichos terceros aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores de seguimiento.
c) Se obligará al aseguramiento de la regularidad del gasto subyacente y de la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.
d) Guardará la trazabilidad de cada una de las inversiones y recabará a efectos de auditoría y control la información cada uno de los perceptores finales de los fondos.
e) Se someterá a las actuaciones de control de las instituciones de la Unión. Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
f) Custodiará y conservará la documentación vinculada a la actividad financiada. Conservar la documentación original (con sello de imputación a estas ayudas), incluidos los documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82.1 del REGLAMENTO (UE) 2021/1060 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021, que establece la conservación de la documentación en un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario.
g) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C 198/01), no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta transferencia, dado que se otorga a un organismo de investigación para la realización de actividades no económicas. No obstante, FUNDECYT-PCTEX deberá consignar por separado la financiación, los costes y los ingresos correspondientes a las actividades económicas y no económicas del centro.
h) Aplicará las medidas antifraude efectivas y proporcionadas respaldadas por una evaluación de los riesgos de fraude
i) El beneficiario informará sobre el nivel de logro de los indicadores de realización al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
2. Obligaciones en materia de información, comunicación y publicidad de los fondos europeos.
Deberán observarse las obligaciones de información y publicidad de los artículos 47, 49, 50 y Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y en el Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
En la documentación administrativa para la gestión de expedientes correspondientes a las actuaciones recogidas en este Convenio se deberá incluir una mención a que el expediente está cofinanciado por FEDER.
Presentación, cuando se les requiera, de la información eficaz y oportuna basada en datos cuantitativos para su inclusión en informes electrónicos.
Cumplimiento de la normativa sobre tratamiento y protección de datos conforme al artículo 4 de Reglamento (UE) 2021/1060, en relación con lo dispuesto en el Reglamento 2016/679 o en el Reglamento 2018/1725.
Además, Informarán sobre: a) el perceptor final del apoyo de los Fondos, nombre(s) y número de identificación; b) los titulares reales del perceptor final, en su caso, tal como se definen en el artículo 3, apartado 6, de la Directiva (UE) 2015/849, es decir, el nombre y apellidos, la fecha o fechas de nacimiento y el número o números de registro a efectos del IVA o el número o números de identificación fiscal.
3. Indicadores.
Se cumplirá con lo dispuesto en el artículo 8 y anexos I y II del Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Del mismo modo serán de aplicación cuantas normas y guías se establezcan para el cálculo y determinación de los indicadores FEDER.
En este sentido, FUNDECYT-PCTEX facilitará, en los términos establecidos en la cláusula siguiente, la información necesaria para el cálculo de los indicadores de realización y de resultado siguientes:
RCO 01: Empresas apoyadas (de las cuales microempresas, pequeñas, medianas, grandes).
RCO 04: Empresas con apoyo no financiero.
Sexta. Justificación.
1. Para las justificaciones parciales previas al pago, el beneficiario aportará la documentación que se establece a continuación junto a la Certificación del interventor o, en su defecto, del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón en contabilidad sobre la trazabilidad del gasto.
En cuanto a la trazabilidad del gasto, FUNDECYT-PCTEX deberá procurar la concatenación o interconexión entre los datos que figuran en los documentos justificativos del expediente de acuerdo con la naturaleza y características de los mismos, de forma que permitan vincular de forma indubitada a la persona o entidad receptora de la ayuda con el incentivo concedido, la actuación incentivada y su pago. Dicha vinculación se obtendrá a través de una correcta identificación de los documentos, sus fechas, y una completa descripción y desglose de los conceptos, datos o información que se incluya en los referidos documentos. Además de lo anterior, aportará una memoria técnica justificativa, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de FUNDECYT-PCTEX, que señale la repercusión científica de la inversión, así como los objetivos alcanzados y los resultados obtenidos en las actuaciones objeto de este convenio, que será remitida a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.
En este sentido, las justificaciones parciales conllevarán, además del certificado antes descrito, la siguiente documentación:
a) Servicios externos. La justificación podrá realizarse mediante cualquiera documento que acredite la adquisición o la prestación del servicio, tales como: la convocatoria de la licitación y su publicación en la plataforma de contratación del estado, así como la adjudicación y formalización del contrato y su publicación en la página del perfil del contratante; facturas de ejecución; informes de necesidad para otros gastos menores, junto al presupuesto detallado por unidades e importe y la aprobación del gasto.
b) Costes de viajes y dietas. Certificado de ejecución, liquidación de los gastos de locomoción, transporte, manutención y alojamiento, según sea el caso.
c) Personal. La justificación se realizará mediante la aportación nóminas, gastos de seguridad social y contrato laboral de cada trabajador imputado a las transferencias, documentos que serán conservados y custodiados por Fundecyt-PCTEX. Además, aportará los certificados de registros horarios en los que quede reflejado la imputación horaria a esta transferencia.
2. Una vez finalizadas las transferencias, en la justificación final FUNDECYT-PCTEX, junto a la documentación descrita en el apartado anterior, deberá aportar la cuenta justificativa del gasto realizado entendida como operación de pago que contendrá sendos certificados del representante legal de la entidad, separados por transferencia. Además, adjuntarán los siguientes documentos por cada transferencia:
a) Memoria técnica descriptiva de las actividades realizadas.
b) Declaración responsable de no recibir otros ingresos para realizar la actuación financiada con estas ayudas.
c) En su caso, acreditación del remanente no utilizado, así como de los intereses derivados de los mismos.
d) Acreditación de la publicidad realizada. A este efecto seguirán las normas establecidas en materia de información, comunicación y publicidad del fondo FEDER y, concretamente, lo establecido en el Anexo III del presente convenio
e) Indicación del lugar y el órgano de custodia de la documentación justificativa original.
f) Se adjuntarán a la justificación final las declaraciones responsables del Anexo II firmadas por el responsable de la entidad sobre Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI) y suscrita por todos los participantes en el proceso de preparación y tramitación del expediente.
g) Además, se adjuntarán a la justificación final los indicadores, uno por cada transferencia, correspondiente al fondo FEDER e informarán respecto del tratamiento y protección de datos y los perceptores finales en los términos del apartado 3 de la cláusula quinta anterior.
h) El plazo para presentar la justificación final será de dos meses desde la finalización de cada transferencia.
Séptima. Incumplimiento y reintegro de los fondos percibidos.
1. Se exigirá el reintegro de las cantidades no justificadas o las que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente convenio, con el interés de demora correspondiente desde el momento del pago.
2. En todo caso procederá el reintegro total o parcial de los fondos:
a) En el supuesto de que FUNDECYT-PCTEX no realice el gasto previsto deberá reintegrar los fondos recibidos no invertidos.
b) En el supuesto de que FUNDECYT-PCTEX no destine total o parcialmente los fondos percibidos a las actuaciones previstas, deberá reintegrar los fondos por el importe indebidamente utilizado.
c) El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones que se establecen en el presente convenio, dará lugar, previo el oportuno expediente de incumplimiento, a la pérdida del derecho al cobro de la ayuda y/o a la obligación de reintegrar ésta y los intereses de demora correspondientes.
d) En el caso de no lograrse, en todo o en parte, los objetivos previstos con la medida, o de no poder acreditar el logro de los objetivos por falta de fiabilidad de los indicadores reportados, FUNDECYT-PCTEX deberá reintegrar los fondos recibidos cuando el incumplimiento impida el retorno de fondos europeos, por el importe del retorno no percibido, en parte proporcional a su participación en la medida.
e) Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo responsabilidad determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o de la Unión Europea que impida el retorno de fondos, implicará el reintegro correspondiente del importe del retorno no percibido en relación con las actuaciones responsabilidad de FUNDECYT-PCTEX.
f) En el supuesto de que FUNDECYT-PCTEX no facilite las funciones de seguimiento y control, deberá reintegrar las cuantías percibidas.
3. La competencia para resolver los expedientes de reintegro corresponde a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en virtud del Decreto 77/2023 de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en concreto, al titular de dicha Consejería.
No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en el Secretario General de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en virtud de la Resolución de 9 de agosto de 2023 (DOE núm. 156, de 14 de agosto) de la Consejera, sobre la delegación de determinadas competencias y delegación de firma.
Octava. Principio de igualdad.
FUNDECYT-PCTEX tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato y oportunidades y la participación equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos de las transferencias a realizar con cargo a esta ayuda, teniendo en cuenta estos principios en todas las iniciativas, ejecución y desarrollo del conjunto de la actuación.
Novena. Compatibilidad o incompatibilidad.
La ayuda es incompatible con cualesquiera otras ayudas públicas o privadas que tengan por objeto la financiación de estas transferencias.
Décima. Comisión de seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y dos representantes de FUNDECYT-PCTEX, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretaría de la Comisión de Seguimiento corresponderá a una de las personas representantes de FUNDECYT-PCTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades ejecutadas en virtud de estas transferencias, verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a desarrollar. La Comisión de Seguimiento será la encargada de aprobar, si procede, las redistribuciones del gasto cuando sean inferiores al 20 % del importe presupuestado inicialmente y no afecten a los objetivos de la transferencia, conforme a lo establecido en la cláusula tercera del presente convenio.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
c) Recabar la información para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar FUNDECYT-PCTEX la disponibilidad de la información.
d) Aprobar la tramitación de la correspondiente adenda a este convenio, si procede, una vez comprobado que las modificaciones solicitadas para cualquiera de las transferencias son iguales o superiores al 20 % de lo presupuestado inicialmente o que afecten a los objetivos de la transferencia, conforme a los criterios establecidos en la cláusula tercera del presente convenio.
e) Proponer a las partes, antes de la finalización del convenio, la prórroga del mismo.
Décimo primera. Eficacia, duración y resolución.
1. La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2025.
2. El convenio podrá extinguirse por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, debiendo realizarse la liquidación económica y administrativa con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos contraídos hasta el momento por las partes.
3. Serán causas de resolución del presente Convenio:
a) El trascurso del plazo de vigencia del convenio.
b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.
c) En caso de incumplimiento, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 15 días con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la comisión de seguimiento.
Si trascurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Falta o insuficiencia de crédito.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
f) Imposibilidad sobrevenida, legal o material, para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto.
Décimo segunda. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de estas transferencias específicas y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
Todas las actuaciones, actividades, eventos, congresos, certámenes, etc., que sean financiadas con las presentes transferencias específicas declaran cumplir con los requisitos de identificación, información y publicidad. Asimismo, deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Décimo tercera. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio se establece al amparo del artículo 47.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, tiene naturaleza administrativa y se encuentra excluido de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4, en relación con el artículo 6 de dicho texto legal, sin perjuicio de lo establecido en el expongo cuarto de este convenio. En consecuencia, este convenio se regirá, en todo lo no previsto de forma expresa en él, por la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre (artículos 47 a 53), y demás normas de derecho administrativo que le sean de aplicación. No obstante, el procedimiento y los requisitos para la formalización de los contratos a celebrar por la entidad beneficiaria para la ejecución de las actuaciones deberán estar sujeto a la aplicación estricta de la Ley de Contratos del Sector Público.
De conformidad con la naturaleza del convenio, el mismo estará sujeto a lo dispuesto en los artículos 43 y 45 de la Ley 6/2022 de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023. Así mismo, le será de aplicación la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán resueltas de mutuo acuerdo entre las partes en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula décima de este convenio.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional
(PS, Resolución de 06/11/2023,DOE n.º 214, de 08/11/2023),
La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
María del Pilar Pérez García
El Director Gerente de FUNDECYT-PCTEX,
José Luis Canito Lobo
ANEXO I
ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
1. Introducción.
Las actuaciones a desarrollar con esta transferencia específica están incluidas en el Programa FEDER de Extremadura 2021-2027, en su Objetivo político 1 Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones ., Prioridad P1A Transición digital e inteligente , y Objetivo específico RSO1.1 “Desarrollar y mejorar las capacidades de investigación e innovación y asimilar tecnologías avanzadas”.
Así, la Junta de Extremadura ha definido la RIS3 Extremadura 2027 como un instrumento para impulsar el progreso social y la competitividad económica de Extremadura, y garantizar que la región recibe y utiliza adecuadamente los Fondos Estructurales. Asimismo, el VII Plan Regional I+D+I ha sido concebido como el plan de actuación para la implementación de la primera fase de la RIS3 Extremadura 2027.
Las actuaciones priorizadas dentro del FEDER Extremadura 21-27 que se van a financiar con esta transferencia son:
1.1. Gobernanza de la RIS3.
Esta actuación contempla las siguientes acciones:
— Monitorización, seguimiento y coordinación de la RIS3 para garantizar la aplicación de una metodología participativa.
— Observatorio de la I+D+i de Extremadura con el objetivo de generar contenidos de inteligencia competitiva sobre tendencias y KETs de aplicación para el tejido empresarial regional.
— Creación de espacios de encuentro entre empresas y demás agentes del SECTI, donde podrán participar también otros agentes clave de la cadena de valor.
— Difundir la cultura científica entre la sociedad extremeña haciendo a la ciudadanía partícipe de los procesos de creación y diseño de las agendas de investigación.
Con ella se espera fortalecer el Sistema de gobernanza de la RIS3 de Extremadura 2021-2027, la eficacia de las actuaciones del Plan Regional de I+D+I y dinamizar la demanda de I+D tecnológico del tejido empresarial extremeño, mediante la conexión entre los distintos agentes del SECTI, facilitando el descubrimiento, la identificación y el desarrollo de ámbitos de oportunidad surgidos en la frontera de actividades entre sectores.
Estas acciones corresponden a los siguientes Programas/Actuaciones del VII PRI+D+I:
— Programa 1/Actuación 2. Observatorio de I+D+I de Extremadura.
— Programa 9/Actuación 1: Estímulo y dinamización de la I+D+I empresarial.
— Programa 10/Actuación 2: Extremadura Open Innovation.
— Programa 13/Actuación 1: Promoción y asesoramiento para la Compra Pública de Innovación.
— Programa 14/Actuación 3: Extremadura Tech Talent.
— Programa 18/Actuación 1: Promoción de la igualdad en la I+D+I regional.
— Programa 18/Actuación 2: Comunicación de la ciencia y la tecnología a la sociedad.
— Programa 20/Actuación 1: Plataformas colaborativas.
1.2. Plan de internacionalización de la I+D+I.
Asesoramiento a agentes del SECTI para el diseño de proyectos de I+D+i de excelencia que puedan llegar a ser más competitivos en las convocatorias de financiación internacional. Promoción de los sectores estratégicos y emergentes de especialización de Extremadura a nivel internacional.
— Programa 19/Actuación 1: Plan de Internacionalización de la I+D+I.
2. Personal imputado a las transferencias específicas.
FUNDECYT-PCTEX cuenta con un equipo multidisciplinar con un amplio bagaje en actividades de información y asesoramiento especializado a empresas y emprendedores sobre la I+D+i.
Para la ejecución de esta TE el equipo está integrado por técnicos de los diferentes perfiles recogidos en el III Convenio colectivo de 23 de diciembre de 2022, y su número varía en función de complejidad de las actividades a desarrollar, adecuando el número de horas de dedicación. Los recursos humanos asociados a esta actuación son:
— Jefe de Unidad de Proyectos: Con formación y experiencia en el desarrollo y coordinación de proyectos regionales, nacionales y europeos relacionados con la I+D, la Innovación Tecnológica y la Transferencia de Tecnología, control de las justificaciones técnicas de los proyectos. Responsable de la planificación y organización de las actividades asociadas al proyecto.
— Técnico 1: Técnico con responsabilidad directa en procesos o proyectos realizando tareas técnicas de complejidad y cualificación, desempeñando sus funciones con un grado variable de responsabilidad, autonomía, iniciativa, capacidad de trabajo en equipo.
— Técnico 2: Técnico con participación en procesos o proyectos, realizando tareas técnicas de complejidad media y desarrollando tareas de soporte y apoyo en la ejecución de los mismos.
La imputación de horas se hará de manera lineal constante en cada una de las actuaciones, a lo largo de cada anualidad, y cada técnico tendrá un porcentaje de dedicación fijo al mes, no sobrepasando el límite de horas anuales marcadas por el convenio colectivo de FUNDECYT-PCTEX (1.620 horas).
Para el desarrollo de estas TE se destinarán un total de 34 personas con distinta dedicación al proyecto que equivale a un total de 14 ETC.
GASTOS PERSONAL 2023 2024 2025 TOTAL
Jefe de unidad 30.028,41 30.028,41 30.028,41 90.085,23
Técnicos 1 373.549,55 373.945,71 373.945,71 1.121.440,97
Técnicos 2 218.017,05 211.870,87 211.870,87 641.758,79
TOTAL Gobernanza RIS3 Y EDP 621.595,01 615.844,99 615.844,99 1.853.284,98
Jefes de unidad 5.598,00 5.598,00 5.598,00 16.794,00
Técnicos 1 133.991,28 133.126,46 133.126,46 400.244,20
Técnicos 2 24.987,50 25.007,32 25.007,32 75.002,14
TOTAL Internacionalización I+D+I 164.576,78 163.731,78 163.731,78 492.040,34
3. Programas/actuaciones del VII PRI a realizar con esta transferencia.
3.1 programas/actuaciones gobernanza de la RIS3:
Con el objetivo de conseguir la competitividad empresarial basada en la innovación, al tiempo de abordar la excelencia científica regional, se destinará un equipo de 27 personas para realizar las siguientes actuaciones que conecten ambos fines:
Programa 1/Actuación 2. Observatorio de I+D+I de Extremadura.
Objetivo: Dotar a la región de información actualizada sobre el Sistema Extremeño de Ciencia Tecnología e Innovación, aportando datos objetivos para la realización de políticas de Ciencia y Tecnología y diseñar instrumentos para el desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación.
Acciones: El Observatorio permitirá el Seguimiento y Evaluación del SECTI, mediante la actualización anual de los datos en la herramienta de monitorización RIS3 Extremadura 2027 y VII PRI+D+I, midiendo la evolución de los indicadores de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en la región. Se realizará una actualización anual de todas las fuentes de datos disponibles y una explotación de los datos recogidos en el Observatorio a fin de generar informes estratégicos a demanda, así como píldoras informativas sobre el desarrollo del patrón de especialización regional.
Finalmente, se pondrán los medios necesarios para garantizar la colaboración y coordinación multinivel de la Estrategia, participando activamente en distintos foros, redes y proyectos o pilotos que potencien la implementación de esta y permitan generar las sinergias oportunas.
Indicadores:
INDICADORES V. Estimado2023 V Estimado2024 V Estimado2025 TOTAL
N.º de actualizaciones del Observatorio de la I+D+i 1 1 1 3
N.º de Informes estratégicos y/o píldoras informativas realizados 2 2 2 6
Recursos humanos:
Programa 1/Actuación 2. Observatorio de I+D+I de Extremadura
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
1 Jefe de unidad 13.995,00 13.995,00 13.995,00 41.985,00
4 técnicos 1 35.136,60 34.061,85 34.061,85 103.260,30
2 técnicos 2 11.718,40 11.393,15 11.393,15 34.504,70
Total 60.850,00 59.450,00 59.450,00 179.750,00
Programa 9/Actuación 1: Estímulo y dinamización de la I+D+I empresarial.
Objetivo: Esta actuación estará orientada a estimular la demanda empresarial de I+D+I y la colaboración entre empresas, y entre éstas y los Centros de Conocimiento, así como con otros agentes de su cadena de valor, para abordar de forma conjunta problemas concretos de las áreas prioritarias de la RIS3 Extremadura 2027.
Acciones: Se desarrollarán actividades dirigidas a identificar los retos y necesidades de innovación del tejido empresarial extremeño, analizar las necesidades comunes, generar espacios de diálogo tecnológico entre empresas y centros generadores de conocimiento para la interconexión, el intercambio de conocimiento y la generación de alianzas empresariales, e impulsar el crecimiento empresarial y la transferencia tecnológica.
Además, se realizan actividades promover nuevas iniciativas empresariales de base científica y tecnológica y proyectar su crecimiento a nivel nacional e internacional. También se promoverá la especialización científica y tecnológica de Extremadura en el exterior, con el fin de atraer iniciativas innovadoras a la región. Dentro de esta actividad se participará y organizarán eventos (online-offline) para la generación de comunidad y de promoción de productos y tecnologías.
Indicadores:
INDICADORES V. Estimado 2023 V. Estimado 2024 V. Estimado 2025 TOTAL
N.º empresas apoyadas en procesos de I+D+i 130 130 130 390
N.º de nuevas empresas apoyadas en procesos de I+D+i 30 30 30 90
N.º de grupos de investigación apoyados en procesos de I+D+i y transferencia 10 10 10 30
Número de empresas que cooperan con centros de investigación 35 35 35 105
N.º de proyectos de I+D+i apoyados 35 35 35 105
N.º de beneficiarios totales de las distintas jornadas y eventos 300 300 300 900
Número de proyectos empresariales de base científica y tecnológica apoyados 10 10 10 30
Recursos humanos:
Programa 9 / Actuación 1: Estímulo y Dinamización de la I+D+i empresarial
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
1 Jefe de Unidad. 3.498,75 3.498,75 3.498,75 10.496,25
11 Técnico 1 219.436,35 221.387,85 221.387,85 662.212,05
7 Técnico 2 173.524,90 170.373,40 170.373,40 514.271,7
Total 396.460 395.260,00 395.260,00 1.186.980,00
Programa 10/Actuación 2: Extremadura Open Innovation. Innovación Abierta para Extremadura.
Objetivo: Esta actuación tiene como finalidad ofrecer a las empresas extremeñas las soluciones más adecuadas para la implementación de su sistema de innovación abierta, una plataforma específica para el lanzamiento de sus retos colaborativos en la búsqueda de soluciones tecnológicas a nivel regional, nacional e internacional, así como asistencia en la evaluación y análisis de las soluciones a los retos presentados, identificando ideas y proyectos empresariales, conectando a las empresas tractoras con el ecosistema de I+D+i regional, nacional e internacional.
Acciones: Esta actividad, se lleva a cabo mediante un trabajo continúo de identificación de retos en las empresas de la región, de búsquedas de soluciones a nivel regional, nacional, e internacional y un seguimiento a los retos planteados. Para el desarrollo de esta acción se organizan encuentros entre empresas tractoras y solucionadoras para la puesta en común, en formato de reuniones B2B, tanto en presenciales como virtuales. Además, del mantenimiento y mejora de la web donde se muestran los retos y se accede a la presentación de soluciones.
Indicadores:
INDICADOR V. Estimado 2023 V. Estimado 2024 V. Estimado 2025 TOTAL
Número de conexiones entre empresas tractoras y solucionadores 5 5 5 15
Recursos humanos:
Programa 10/Actuación 2: Extremadura Open Innovation. Innovación Abierta para Extremadura
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
2 Técnico 1 6.675,30 6.675,30 6.675,30 20.025,90
1 Técnico 2 3.674,70 3.674,70 3.674,70 11.024,10
Total 10.350,00 10.350,00 10.350,00 31.050,00
Programa 13/Actuación 1: Promoción y asesoramiento para la Compra Pública de Innovación.
Objetivo: Esta actuación va dirigida a estimular a las empresas regionales a participar y presentar ofertas innovadoras a través de los instrumentos de CPI, facilitando el contacto directo de los centros del SECTI con las empresas y haciéndoles partícipe en la búsqueda de las soluciones a las demandas identificadas, así como permitiendo al sector privado utilizar el mercado público extremeño como cliente de lanzamiento de sus innovaciones.
Acciones: Se llevarán a cabo la identificación de ideas que puedan ser canalizadas como CPI en la Administración Pública de Extremadura, a demanda, con metodología propia, así como asesoramiento a las Administraciones Públicas sobre las posibles fuentes de financiación externa (p.e. Programa FID del MICIN) y procedimientos a seguir (CPM y procedimientos de contratación).
Se llevarán a cabo acciones formativas directas para las empresas, a fin de estimular a las empresas regionales a participar y presentar ofertas innovadoras a través de los instrumentos de CPI, tanto en el mercado regional o como nacional. También se organizará una jornada bianual relacionada con el fomento de la CPI como instrumento estratégico de contratación pública y cumplimiento de políticas públicas
Asimismo, esta actividad contempla la participación del personal de FUNDECYT-PCTEX en grupos de discusión y otros eventos organizados por terceros, relacionados con CPI y procedimientos de contratación pública, tanto formativos como congresos, con el objeto de tener actualizados los conceptos y conocimientos sobre la materia.
Indicadores:
INDICADOR V. Estimado 2023 V. Estimado 2024 V. Estimado 2025 TOTAL
N.º de sesiones de asesoramiento en procesos de CPI 3 3 3 9
Recursos humanos:
Programa 13/Actuación 1: Promoción y asesoramiento para la Compra Pública de Innovación.
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
1 Jefe de unidad 1.338,66 1.338,66 1.338,66 4.015,98
1 Técnico 1 2.181,34 2.181,34 2.181,34 6.544,02
Total 3.520,00 3.520,00 3.520,00 10.560,00
Programa 14/Actuación 3: Extremadura Tech Talent.
Objetivo: Ofrecer nuevas oportunidades de empleo tecnológico, además de contribuir al desarrollo de nuevos modelos de negocio en Extremadura ligados al talento digital y el retorno del talento a la región.
Acciones: Esta actividad, se lleva a cabo mediante un trabajo continúo de intermediación entre las demandas de perfiles de empresas regionales y la búsqueda de candidatos para dichas demandas. Para el desarrollo de esta acción se organiza un encuentro donde dar cita al ecosistema digital, para conectar talento con las ofertas de empleo digital de la región.
También se asistirá a diferentes eventos de la región donde dar difusión del programa, organizar reuniones a empresas regionales con Institutos de Formación Profesional y Titulaciones Universitarias, y mantener la plataforma web, donde se comuniquen las oportunidades de empleo y formación e información útil para el desarrollo de la carrera profesional del talento.
Indicadores:
INDICADOR V. Estimado 2023 V. Estimado 2024 V. Estimado 2025 TOTAL
Número de perfiles ofertados por empresas participantes en el programa Extremadura Tech Talent 10 10 10 30
Recursos humanos:
Programa 14/Actuación 3: Extremadura Tech Talent.
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
2 Técnico 1 6.440,40 6.440,40 6.440,40 19.321,20
1 Técnico 2 3.929,60 3.929,60 3.929,60 11.788,80
Total 10.370,00 10.370,00 10.370,00 31.110,00
Programa 18/Actuación 1: Promoción de la igualdad en la I+D+I regional.
Objetivo: Aumentar la visibilidad de los resultados de I+D+I, orientar su comunicación, divulgación y difusión hacia ámbitos de interés, potenciar la Ciencia Abierta, fomentar la creación de roles femeninos en los ámbitos de la ciencia y la tecnología y promover prácticas que favorezcan la igualdad de género en el ámbito científico-tecnológico.
Acciones: Esta actuación se instrumentaliza a través de la organizacion de conferencias, talleres, jornadas y actividades para concienciar y promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el SECTI, informando y orientando a las empresas, organismos en la adopción de medidas para evitar que se generen barreras que originen discriminación contra las mujeres en el ámbito de la I+D+I, así como otras dirigidas a analizar el impacto de la diversidad de género en los grupos de investigación y en el desempeño de la investigación y la innovación. También se planificarán actividades dedicadas a alentar a las niñas a estudiar ciencias y a las estudiantes a seguir una carrera científica, como el Día Internacional de la Niña, la Mujer y la Ciencia , o „Ciencia sin género , y otras que contribuyan a visibilizar el papel femenino en la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y a aumentar las vocaciones de las jóvenes en disciplinas STEAM.
Indicadores:
INDICADOR V. Estimado 2023 V. Estimado 2024 V. Estimado2025 TOTAL
N.º de encuentros/ talleres / jornadas 20 22 22 64
Recursos humanos:
Programa 18/Actuación 1: Promoción de la igualdad en la I+D+I regional
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
5 técnicos 1 10.493,48 10.493,48 10.493,48 31.480,44
4 técnicos 2 6.835,53 6.835,53 6.835,53 20.506,59
TOTAL 17.329,01 17.329,01 17.329,01 51.987,03
Programa 18/Actuación 2: Comunicación de la ciencia y la tecnología a la sociedad.
Objetivo: El objetivo de esta actuación es la comunicación de la Ciencia y la Tecnología, en especial, de los contenidos y resultados de la I+D+I realizada en Extremadura, buscando el mayor impacto, participación y alcance, así como reforzar la imagen hacia la sociedad de la comunidad científica extremeña a fin de estrechar la comunicación ciencia-sociedad en ambas direcciones.
Acciones: Se organizarán conferencias, talleres, jornadas y actividades de comunicación y difusión de la Ciencia y la Tecnología e incremento de las vocaciones en disciplinas STEAM. Igualmente, contempa la organización de actividades divulgativas dirigidas a los jóvenes no universitarios y a los ciudadanos que se realizan durante la Semana de la Ciencia y la Tecnología en Extremadura y la Noche europea de los investigadores e investigadoras“. También se implementarán las acciones de comunicación y difusión de las actividades.
Indicadores:
INDICADORES V. ESTIMADO2023 V. ESTIMADO2024 V. ESTIMADO2025 TOTAL
Número de investigadores 30 40 45 115
N.º de divulgadores científicos 12 12 12 36
N.º de beneficiarios totales de las distintas actividades de promoción y difusión 7.000 8.000 8.000 23.000
N.º de acciones de comunicación y difusión realizadas 60 60 60 180
N.º de usuarios registrados que interactúan a través en la web y que participan en las actividades de la presente actuación 100 100 100 300
Recursos Humanos:
Programa 18/Actuación 2: Comunicación de la Ciencia y la tecnología a la sociedad
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
1 Jefe unidad 2.799,00 2.799,00 2.799,00 8.397,00
6 Técnicos 1 61.227,00 61.227,00 61.227,00 183.681,00
3 Técnicos 2 9.090,00 9.090,00 9.090,00 27.270,00
TOTAL 73.116,00 73.116,00 73.116,00 219.348,00
Programa 20/Actuación 1: Plataformas colaborativas.
Objetivo: Generar espacios de colaboración para el desarrollo efectivo de los procesos de descubrimiento emprendedor en la región, con la participación de los actores de la cuádruple hélice, y promover iniciativas que contribuyan a la consecución de retos estratégicos de interés común para los ámbitos de especialización prioritarios establecidos en la RIS3.
Las plataformas colaborativas pretenden interconectar actividades empresariales, tecnologías y conocimientos para crear nuevas iniciativas que aprovechen las tendencias socioeconómicas y tecnológicas que se generan en el entorno. Son un instrumento de encuentro que permite participar a los agentes de todo el territorio en la exploración e identificación de sinergias y oportunidades de colaboración.
Acciones: Desde la Oficina Técnica de la RIS3 Extremadura se garantizará una participación de los distintos agentes del SECTI en las plataformas colaborativas. Se realizarán las acciones oportunas para la adecuada dinamización de las plataformas, tanto en sus espacios presenciales como en los virtuales.
Asimismo, las Plataformas Colaborativas permitirán nutrir al Sistema de Gobernanza de la RIS3 Extremadura 2027 de información estratégica para la mejora de las políticas públicas en materia de I+D+I y para la propia evaluación de la Estrategia.
Además, la web de la RIS3 Extremadura 2027 desde donde se accederá a las Plataformas Colaborativas, se constituirá como un espacio único en el que encontrar toda la información relevante relativa al desarrollo de la RIS3 y la especialización regional, aportando así mayor transparencia.
Indicadores:
INDICADORES V. Estimado2023 V Estimado2024 V Estimado2025 TOTAL
N.º de agentes clave involucrados en la Gobernanza de la RIS3 Extremadura 2027 80 80 80 240
N.º de iniciativas dinamizadas a través de las Plataformas Colaborativas RIS3 10 10 10 30
Recursos Humanos:
Programa 20/Actuación 1: Plataformas colaborativas
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
1 Jefe de unidad 8.397,00 8.397,00 8.397,00 25.191,00
4 Técnicos 1 31.959,08 31.478,50 31.478,50 94.916,08
2 Técnicos 2 9.243,92 6.574,50 6.574,50 22.392,92
TOTAL 49.600,00 46.450,00 46.450,00 142.500,00
3.2. Programas/actuaciones. Plan de internacionalización de la I+D+I.
Con el objetivo de conseguir promover la colaboración de las empresas innovadoras, esencialmente pymes, y de Centros Tecnológicos e I+D de Extremadura, se destinará un equipo de 9 personas para realizar el Programa 19/Actuación 1: Plan de Internacionalización de la I+D+I.
Objetivo: Asesora a agentes del SECTI para el diseño de proyectos de I+D+i de excelencia que puedan llegar a ser más competitivos en las convocatorias de financiación internacional. Promoción de los sectores estratégicos y emergentes de especialización de Extremadura a nivel internacional.
Acciones: Coordinación del Plan de Internacionalización y análisis mediante reuniones bimensuales de los equipos de gestión de los centros, empresas participantes y consultoras de servicio (Grupo Tec Idi Internacional) y reuniones anuales de supervisión estratégica con los directores de centros.
Se realizará un diagnóstico periódico de la participación de los actores públicos y privados del SECTI en el programa marco de investigación europeo y en otros programas de financiación de la investigación internacionales y competitivos, así como de los instrumentos públicos regionales de incentivos a la participación en el Programa Marco de Investigación Europeo y de las posibilidades de co-financiación de instrumentos europeos de I+D+i.
Se organizarán sesiones informativas y de fortalecimiento de aspectos transversales y perfeccionamiento de las debilidades diagnosticadas para fortalecer las competencias para la promoción internacional de la I+D+i y la gestión de proyectos internacionales.
Para la Promoción de La Internacionalización de la I+D+I y el apoyo continuado se analizarán los contenidos de los programas de investigación y encaje con las capacidades y recursos regionales, se procederá a un asesoramiento individualizado para la participación en convocatorias de I+D+i internacionales, se organizarán expediciones de conocimiento para la construcción de consorcios, se acompañarán propuestas de proyectos de I+D+i en cooperación y se participará y influirá en redes internacionales para las búsquedas externas y para la elaboración de perfiles promocionales.
Finalmente, se realizarán acciones de comunicación y difusión para alcanzar el mayor impacto posible del Plan de Internacionalización tanto a nivel regional como externamente. A tal efecto, a). se difundirán oportunidades para la colaboración y el posicionamiento en I+D a través de fichas resumen de convocatorias de instrumentos, dando prioridad a los pilares I y II de Horizonte Europa, b) se diseñará y mantendrá un espacio virtual de promoción, información y servicio de soporte para la participación internacional del SECTI, incluidas redes sociales y otro contenido de carácter divulgativo (recursos audiovisuales, anuncios en medios de comunicación masivos y otras actividades promocionales).
Indicadores:
INDICADOR V. Estimado2023 V. Estimado2024 V. Estimado2025 TOTAL
Reuniones de apoyo a la coordinación del SECTI en internacionalización de la I+D+i 5 5 5 15
N.º de jornadas formativas o informativas organizadas y celebradas en territorio regional 9 9 7 25
N.º. de Propuestas presentadas a convocatorias competitivas internacionales de I+D+i 40 40 35 115
N.º de propuestas presentadas por los gestores de la red de incubadoras (para su conexión internacional) y por las empresas incubadas. 2 4 4 10
N.º. de Expediciones de Conocimiento Organizadas 4 4 4 12
N.º. de Organizaciones de investigación que participan en proyectos conjuntos de investigación 0 1 1 2
N.º de Redes internacionales con representación del SECTI 6 2 2 10
N.º de fichas de convocatorias difundidas del Pilar I y II de Horizonte Europa y otras convocatorias internacionales competitivas 12 14 8 34
N.º de visitas al espacio virtual informativo 100 150 200 450
Recursos Humanos:
Programa 19/Actuación 1: Plan de Internacionalización de la I+D+I
RECURSOS HUMANOS 2023 2024 2025 TOTAL
1 jefes de unidad 5.598,00 5.598,00 5.598,00 16.794,00
9 técnicos 1 133.991,28 133.126,46 133.126,46 400.244,20
1 técnicos 2 24.987,50 25.007,32 25.007,32 75.002,14
Total 164.576,78 163.731,78 163.731,78 492.040,34
4. Presupuesto.
4.1. Presupuesto de la gobernanza de la RIS3 y las EDP.
PROGRAMA/ACTUACIÓN 2023 2024 2025 TOTAL
Programa 1/Actuación 2 89.559,00 134.338,50 134.338,50 358.236,00
Programa 9/Actuación 1 518.447,10 578.153,10 578.153,10 1.674.753,30
Programa 10/Actuación 24.984,50 24.984,50 24.984,50 74.953,50
Programa 13/Actuación 1 13.931,40 13.931,40 13.931,40 41.794,20
Programa 14/Actuación 3 25.005,90 25.005,90 25.005,90 75.017.70
Programa 18/Actuación 1 50.000,04 50.000,04 50.000,04 150.000,12
Programa 18/Actuación 2 200.000,12 200.000,12 200.000,12 600.000,36
Programa 20/Actuación 1 69.657,00 114.436,50 114.436,50 298.530,00
TOTAL 991.585,06 1.140.850,06 1.140.850,06 3.273.285,18
GASTOS 2023 2024 2025 TOTAL
PERSONAL (salarios y seguros sociales) 621.595,01 615.845,01 615.845,01 1.853.285,03
Gastos de viaje y alojamiento 25.120,00 25.120,00 25.120,00 75.360,00
Gastos de servicios externos 280.000,00 425.250,00 425.250,00 1.130.500,00
Costes indirectos 64.870,05 74.635,05 74.635,05 214.140,15
TOTAL 991.585,06 1.140.850,05 1.140.850,05 3.273.285,16
4.2. Presupuesto Plan de Internacionalización de la I+D+I.
Programa 19/Actuación 1: Plan de Internacionalización de la I+D+I
GASTOS 2023 2024 2025 TOTAL
PERSONAL (salarios y seguros sociales) 164.576,78 163.731,78 163.731,78 492.040,34
Viajes y Alojamiento 15.555,00 28.000,00 28.000,00 71.555,00
Servicios Externos 107.500,00 225.200,00 225.200,00 557.900,00
Costes indirectos 20.134,22 29.185,22 29.185,22 78.504,66
TOTAL 307.766,00 446.117,00 446.117,00 1.200.000,00
5. Indicadores FEDER.
En cada anualidad, FUNDECYT-PCTEX informará de los indicadores FEDER asociados a estas actividades, teniendo en cuenta:
— Número de empresas que reciben apoyo no financiero.
— Las empresas se contabilizan en el indicador si reciben el apoyo no financiero de manera estructurada como, por ejemplo, una pyme que recibe servicios de incubadora.
— El apoyo brindado debe estar documentado, mediante certificaciones sobre asistencia a cursos, jornadas y actos formativos; contratos, acuerdos o convenios de prestación de servicios.
— No se incluyen las interacciones puntuales (por ejemplo, llamadas telefónicas para solicitar información).
Ejemplos de apoyo no financiero (lista no exclusiva): servicios de asesoría (asistencia de consultoría y capacitación para el intercambio de conocimientos y experiencias, etc.) o servicios de apoyo (provisión de espacio de oficina, sitios web, bancos de datos, bibliotecas. Mercado investigación, manuales, documentos de trabajo y modelo, etc.).
RCO 01: Empresas apoyadas (de las cuales microempresas, pequeñas, medianas, grandes): 5 empresas.
RCO 04: Empresas con apoyo no financiero: 5 empresas.
ANEXO II
A. MODELO DE DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES (DACI)
Expediente:
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento arriba referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y tramitación del expediente, declara/declaran:
Primero. Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal.»
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, tiene el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia en el procedimiento y asegurar la igualdad de trato a todos los candidatos y licitadores.
3. Que el artículo 23 «Abstención», de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento «las autoridades y el personal al servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias señaladas en el apartado siguiente», siendo éstas:
a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
b) Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
d) Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar».
Segundo. Que no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de intereses de las indicadas en el artículo 61.3 del Reglamento Financiero de la UE y que no concurre en su/s persona/s ninguna causa de abstención del artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión.
Tercero. Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de intereses o causa de abstención que dé o pudiera dar lugar a dicho escenario.
Cuarto. Conozco que, una declaración de ausencia de conflicto de intereses que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/judiciales que establezca la normativa de aplicación.
(Fecha y firma, nombre completo y DNI).
ANEXO III
DECA. OBLIGACIONES EN MATERIA DE COMUNICACIÓN, INFORMACIÓN Y PUBLICIDAD
FUNDECYT-PCTEX está obligada a cumplir con todos los requisitos específicos que se enumeran en este documento:
A) Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones, contando, al menos con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
B) Conservar la documentación original (con sello de imputación a estas ayudas), incluidos los documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control. La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82.1 del REGLAMENTO (UE) 2021/1060 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de junio de 2021, que establece la conservación de la documentación en un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario.
C) Aplicar un sistema de intercambio electrónico de datos que garantice la seguridad, la integridad y la confidencialidad de los datos, así como la autenticación del remitente y el uso de la firma electrónica.
D) Aplicar las medidas de análisis del riesgo y prevención del fraude propuestas por la Autoridad de Gestión, o en su caso, el OI, que correspondan en función de la operación ejecutada.
E) Los beneficiarios deberán cumplir lo establecido en el artículo 50 y en el anexo IX del reglamento 2021/1060 sobre las actividades de información y publicidad.
En este sentido, el beneficiario deberá cumplir las siguientes cuestiones:
1. Los beneficiarios y los organismos que ejecutan los instrumentos financieros reconocerán la ayuda de los Fondos a la operación, incluidos los recursos reutilizados de conformidad con el artículo 62, y para ello:
a) en el sitio web oficial del beneficiario, cuando dicho sitio web exista, y en sus cuentas en los medios sociales harán una breve descripción de la operación, de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, con sus objetivos y resultados, y destacarán la ayuda financiera de la Unión;
b) proporcionarán una declaración que destaque la ayuda de la Unión de manera visible en documentos y materiales de comunicación relacionados con la ejecución de la operación, destinados al público o a los participantes;
c) exhibirán placas o vallas publicitarias resistentes en un lugar bien visible para el público, en las que figure el emblema de la Unión, de conformidad con las características técnicas que figuran en el anexo IX, tan pronto como comience la ejecución física de operaciones que impliquen inversiones físicas o se instalen los equipos que se hayan adquirido, con respecto a:
i) operaciones que reciban ayuda del FEDER y el Fondo de Cohesión y cuyo coste total sea superior a 500 000EUR;
ii) operaciones que reciban ayuda del FSE+, el FTJ, el FEMPA, el FAMI, el FSI o el IGFV y cuyo coste total sea superior a 100 000EUR;
para las operaciones que no se incluyan en la letra c), exhibirán en un lugar bien visible para el público al menos un cartel de tamaño mínimo A3 o una pantalla electrónica equivalente con información sobre la operación donde se destaque la ayuda de los Fondos; en los casos en los que el beneficiario sea una persona física, dicho beneficiario asegurará, en la medida de lo posible, la disponibilidad de información adecuada donde se destaque la ayuda de los Fondos, en un lugar visible para el público o mediante una pantalla electrónica;
e) para las operaciones de importancia estratégica y las operaciones cuyo coste total sea superior a 10 000 000EUR, organizarán una actividad o acto de comunicación, según convenga, y harán participar a la Comisión y a la autoridad de gestión responsable en su momento oportuno.
El requisito establecido en la letra d) del párrafo primero no se aplicará en caso de que el beneficiario del FSE+ sea una persona física, o en el caso de operaciones que reciben ayuda con arreglo al objetivo específico establecido en el artículo 4, apartado 1, letra m), del Reglamento del FSE+.
Como excepción a lo dispuesto en el párrafo primero, letras c) y d), en el caso de las operaciones que reciban ayuda del FAMI, el FSI y el IGFV, el documento que establezca las condiciones de la ayuda podrá fijar requisitos específicos para mostrar información al público sobre el apoyo de los Fondos cuando resulte justificado por motivos de seguridad y orden público de conformidad con el artículo 69, apartado 5.
2. En el caso de los fondos para pequeños proyectos, el beneficiario cumplirá las obligaciones establecidas en virtud del artículo 36, apartado 5, del Reglamento Interreg.
En el caso de los instrumentos financieros, el beneficiario se asegurará mediante las cláusulas contractuales de que los perceptores finales cumplan los requisitos establecidos en el apartado 1, letra c).
3. Cuando el beneficiario no cumpla con sus obligaciones contempladas en el artículo 47 o en los apartados 1 y 2 del presente artículo, y si no se han adoptado medidas correctoras, la autoridad de gestión aplicará medidas, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, y cancelará hasta un máximo del 3 % de la ayuda de los Fondos a la operación de que se trate.
F) Además se deberán cumplir con las obligaciones recogidas en el anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 Uso y las características técnicas del emblema de la Unión (en adelante emblema):
F1. El emblema figurará de manera destacada en todos los materiales de comunicación, como productos impresos o digitales, sitios web y sus versiones móviles, relativas a la aplicación de una operación y destinados al público o los participantes.
F2. La declaración «Financiado por la Unión Europea» o «Cofinanciado por la Unión Europea» se escribirá sin abreviar y junto al emblema.
F.3. El tipo de letra que debe utilizarse junto con el emblema puede ser cualquiera de los siguientes tipos de caracteres: Arial, Auto, Calibri, Garamond, Trebuchet, Tahoma, Verdana o Ubuntu. No se autoriza el uso de la cursiva, el subrayado ni otros efectos de resalte.
F.4. La ubicación del texto en relación con el emblema no debe interferir con el emblema en modo alguno.
F.5. El tamaño de los caracteres utilizados deberá ser proporcional al tamaño del emblema.
F.6. El color de los caracteres será Reflex Blue, negro o blanco, en función del fondo. L 231/480 ES Diario Oficial de la Unión Europea 30.6.2021
F.7. El emblema no se modificará ni combinará con ningún otro elemento gráfico o texto. Si se exhiben otros logotipos junto al emblema, este tendrá como mínimo el mismo tamaño, en altura o en anchura, que el mayor de los demás logotipos. Aparte del emblema, no se utilizará ninguna otra identidad visual o logotipo para poner de relieve la ayuda de la Unión.
G) Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI pondrá a disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
H) Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.
I) Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Intervención General de la Administración del Estado o de sus Intervenciones Delegadas, el Tribunal de Cuentas, los órganos de control de la Comisión Europea o el Tribunal de Cuentas Europeo, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable a la gestión de las ayudas cofinanciadas con fondos comunitarios, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
J) Se deberán aplicar las normas sobres gastos subvencionables nacionales y europeas. En concreto las contenidas en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los Programas Operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020 y, en la medida que le sea de aplicación, la Orden HAC/114/2021, de 5 de febrero, por la que se modifica la anterior, así como la normativa que las sustituya.
K) Colaborar con la Autoridad de Gestión o, en su caso, el OI, en la elaboración de los informes de ejecución anual y final correspondientes.
L) Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 y cualesquiera otras normas comunitarias o nacionales.
M) Cumplir con cualquier otro requisito de difusión y publicidad establecidos por la Estrategia de Comunicación del programa operativo FEDER.
N) Respecto de los costes indirectos se aplicará un 7 % de los costes directos subvencionables.

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