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Resolución de 19 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta, de fecha 12 de diciembre de 2023, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del "Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia" en la que se establece el calendario laboral para el año 2024 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio.
DOE Número: 248
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 29 de diciembre de 2023
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de economía, empleo y transformación digital
Rango: Resolución
Descriptores: Convenios Colectivos.
Página Inicio: 66911
Página Fin: 66914
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Visto el texto del Acta, de fecha 12 de diciembre de 2023, suscrita por los miembros integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para las Industrias Siderometalúrgicas para Cáceres y su provincia (código de convenio 10000245011982 publicado en DOE de 21 de junio 2023), en la que se establece el calendario laboral para el año 2024 aplicable en el ámbito de actuación del citado convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en el artículo 6 del Decreto 187/2018, de 13 de noviembre, que crea el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 19 de diciembre de 2023.
La Directora General de Trabajo,
PILAR BUENO ESPADA
ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISION NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE INDUSTRIAS SIDEROMETALÚRGICAS PARA LA PROVINCIA DE CÁCERES.
En Cáceres, siendo las 10.00 horas del día 12 de diciembre de 2023 se reúnen en los salones de reuniones de la Federación Empresarial Cacereña los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de trabajadores de empresas siderometalúrgicas para la provincia de Cáceres.
Tras diversas deliberaciones se procede a acordar por unanimidad el calendario laboral que se adjunta al acta, firmado por todos los asistentes como prueba de conformidad, que tendrá carácter orientativo ya que como establece el artículo 6 del texto en vigor: El calendario laboral se negociará centro a centro entre empresarios y trabajadores dentro de los dos primeros meses del año, con el fin de adaptar el citado calendario a las necesidades de cada centro . En todo caso, la jornada máxima anual a realizarse por cada persona trabajadora será de 1.760 horas.
Se aconsejan como días festivos de convenio, además de los festivos nacionales, autonómicos y locales, abonables y no recuperables, para el sector de industrias de siderometalúrgicas de la provincia de Cáceres durante el año 2024 los siguientes:
5 de enero.
12 de febrero.
16 de agosto.
9 de septiembre.
11 de octubre.
24 de diciembre.
31 de diciembre.
Además de los festivos señalados se establecen tres tardes libres durante las ferias o fiestas de cada localidad (podrá ser cambiado por 1 día y medio previo acuerdo entre empresa y trabajadores).
1 día en Carnaval. En las localidades donde no se celebre la fiesta de Carnaval podrá ser cambiado por otra fecha, previo acuerdo entre empresa y trabajadores.
Si algún día Festivo de Convenio coincidiese con fiesta local, el Festivo de Convenio pasaría a disfrutarse el día laborable inmediatamente anterior o posterior a la fiesta local.
Además de estos días se disfrutarán 2 días como festivos locales que se determinarán por cada ayuntamiento. En el supuesto de que en alguna localidad coincidiese una fiesta local con sábado o domingo, pasaría a declararse día festivo de convenio el inmediatamente hábil anterior o posterior.
Se faculta a D. Pedro Rosado Alcántara, Secretario del Convenio, y a D. José Manuel González Calzada, para que realicen cuantas gestiones sean necesarias para el registro, inscripción y publicación del presente acuerdo.
Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las 11:30 horas del día arriba señalado.
Federación de Industria de CCOO,
Jesús Martín Cabezas
Federación Empresarial Cacereña,
Pedro Rosado Alcántara
FICA- UGT Extremadura,
Laura Méndez Castaño
Federación Empresarial Placentina,
José Luis Iglesias Sánchez

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