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Anuncio de 14 de diciembre de 2023 sobre inicio de las operaciones de deslinde parcial administrativo del monte n.º 100 de los de la provincia de Cáceres, denominado "Sierras de Pinofranqueado", situado en el término municipal de Pinofranqueado y propiedad de ese municipio.
DOE Número:
246
Tipo:
Ordinario
Fecha Publicación:
miércoles, 27 de diciembre de 2023
Apartado:
V ANUNCIOS
Organismo:
CONSEJERÍA DE GESTIÓN FORESTAL Y MUNDO RURAL
Rango:
Anuncio
Descriptores:
Deslinde.
Página Inicio:
65968
Página Fin:
65972
Otros formatos:
PDF
XML
TEXTO ORIGINAL
Acordada por el Consejero de Gestión Forestal y Mundo Rural de la Junta de Extremadura la práctica del deslinde parcial administrativo del monte de utilidad pública n.º 100 denominado Sierras de Pinofranqueado , sito en el término municipal de Pinofranqueado y propiedad de ese municipio, esta Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, de conformidad con la normativa de aplicación del citado acuerdo y en ejercicio de las competencias de promoción, ejecución y control en materia de la riqueza y potencial forestal y sus aprovechamientos que le confiere el artículo 32.2 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 145, 28 de julio) de acuerdo con el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, 21 de julio) y en uso de lo dispuesto en los artículos 96 y 97 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, ha acordado señalar el día 17 de abril de 2024, a las 10:00 horas, para el comienzo de las operaciones de apeo, que serán efectuadas por el Ingeniero Operador don Manuel Alfredo González Guerrero, estableciéndose como lugar de reunión las dependencias del Ayuntamiento de Pinofranqueado sitas en Plaza Reina Victoria n.º 1.
Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten un interés legítimo para que asistan al mencionado acto.
Quienes no asistan personalmente o por medio de representante legal o voluntaria a la práctica del apeo no podrán después formular reclamaciones contra el mismo.
Todos aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegaciones oportunas en dicho acto.
Durante el plazo de 45 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado, los que se conceptúen con derecho a la propiedad en el monte o de parte del mismo y los colindantes que deseen acreditar el que pueda corresponderles, podrán presentar los documentos pertinentes en el registro electrónico del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural sitas en calle Arroyo Valhondo, n.º 2, de Cáceres, registros de los Centros de Atención Administrativa o de las Oficinas de Respuesta Personalizada, en las oficinas de Correos, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015). La documentación que se presente a través de Correos deberá ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario antes de ser certificada. Apercibiéndoles que transcurrido dicho plazo no se admitirá ningún otro, y a quienes no lo hubieran presentado que no podrán formular reclamación sobre propiedad en el expediente de deslinde.
Durante este periodo de tiempo y hasta que se inicien las operaciones materiales de apeo, los técnicos realizarán estudios topográficos provisionales sobre el terreno. Fruto de estas acciones pueden quedar marcas o piquetes que, en todo caso, serán provisionales y no adquirirán validez hasta que no se efectúen las tareas de apeo en compañía de los interesados.
Si alguno de los interesados cree oportuno que no se ejecuten dichos trabajos, en la linde que le afecte, podrá comunicarlo al Servicio de Ordenación y Gestión Forestal de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural.
De conformidad con el artículo 56.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, iniciado el procedimiento administrativo de deslinde, el órgano administrativo competente para resolver, podrá adoptar, de oficio o a instancia de parte y de forma motivada, las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer, si existiesen elementos de juicio suficientes para ello, de acuerdo con los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad.
Contra este acto de trámite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento (artículos 112 y ss. de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
La presente publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.
A fin de no causar indefensión a terceros, se comunica que en caso de transmisión de algún derecho sobre la titularidad deberá ser notificado a este Servicio de Ordenación y Gestión Forestal (calle Arroyo Valhondo, 2, 10080 Cáceres), informando de la tramitación del presente expediente al nuevo titular.
Se acompaña como anexo al presente anuncio listado de posibles interesados con el expediente que nos ocupa.
Mérida, 14 de diciembre de 2023. El Director General del Gestión Forestal, Caza y Pesca, RICARDO ROMERO PASCUA.
ANEXO
RELACIÓN DE POSIBLES INTERESADOS EN EL DESLINDE PARCIAL DEL MONTE DE UTILIDAD PÚBLICA N.º 100, SIERRAS DE PINOFRANQUEADO , TÉRMINO MUNICIPAL DE PINOFRANQUEADO, PROVINCIA DE CÁCERES
REFERENCIAS CATASTRALES
TITULARES
CIF/NIF
10149A00600324, 10149A00600325
ALONSO MARTÍN JUAN MIGUEL
***0684**
10149A00600056
ALONSO RAMÓN AMALIA
***2519**
10149A00509002, 10149A00509012
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
***1700**
10149A00600229
GÓMEZ HERNÁNDEZ LEONCIO
***9756**
10149A00500416
GÓMEZ HERNÁNDEZ MARCIAL
***2056**
10149A00500522
HEREDEROS DE GÓMEZ MARTÍN HIPOLITO
***5989**
10149A00500479
HEREDEROS DE HERNÁNDEZ IGLESIAS CRISTINA
***6008**
10149A00500518, 10149A00600322
MARTÍN ALONSO FELICITAS
***2977**
10149A00600227
MARTÍN ALONSO FLORENCIO
***9298**
10149A00600319
MARTÍN ALONSO LAZARO
***9759**
10149A00500409, 10149A00500418, 10149A00500495, 10149A00500496, 10149A00500501, 10149A00500502, 10149A00500517, 10149A00500521, 10149A00600032, 10149A00600059, 10149A00600318, 10149A00600323
MARTÍN ALONSO SATURNINO
***3969**
10149A00500499, 10149A00600105
MARTÍN BARBERO VIDAL
***0968**
10149A00600107
HEREDEROS DE MARTÍN HERNÁNDEZ VIRGILIO
***9298**
10149A00500503
MARTÍN MARTÍN CARLOS
***8188**
10149A00600030
HEREDEROS DE MARTÍN MARTÍN DANIEL
***0714**
10149A00500520
MARTÍN MARTÍN JACINTA
--
10149A00500410
MARTÍN MARTÍN MARÍA DOLORES
***6411**
10149A00600037
MARTÍN SANCHEZ CONCEPCIÓN
--
10149A00600231
MARTÍN SANCHEZ JULIANA
--
10149A00500480
MARTÍN VAZQUEZ EMILIANO
--
10149A00500500
SANCHEZ ALONSO LEONARDA
***0201**
10149A00500497, 10149A00500498
SANCHEZ MARTÍN CRESCENCIA
***0200**
10149A00500486
SANCHEZ MARTÍN MARÍA ROSARIO
***3355**
10149A00600230
SANCHEZ SANCHEZ AVELINA
***2614**
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