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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de los créditos de la convocatoria 2023 de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobada por la disposición adicional primera del Decreto 26/2023, de 29 de marzo.
DOE Número: 232
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 28 de noviembre de 2024
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: consejería de gestión forestal y mundo rural
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Aprovechamientos forestales. Subvenciones.
Página Inicio: 61262
Página Fin: 61263
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 700486
Con fecha, 7 de junio de 2023, se publica en el Diario Oficial de Extremadura, el Decreto 26/2023, de 29 de marzo, por el que se regula el régimen de subvenciones destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y aprobación de la primera convocatoria.
Derivado de su aprobación, tiene lugar la primera convocatoria establecida en la disposición adicional primera del citado decreto. En su punto 5 se indicaba que el importe de la convocatoria, con posterioridad su cuantía y distribución ha sido modificada mediante anuncio publicado en el Diario Oficial de Extremadura de 3 de mayo de 2023, quedando fijado el importe de la convocatoria en tres millones ciento sesenta y ocho mil euros (3.168.000€) con la siguiente distribución:
Aplicación Presupuestaria 230020000; G/354C/76000; FR14080601; 20150166:
— 150.000 euros con cargo a la anualidad 2025.
Aplicación Presupuestaria 230020000; G/354C/77000; FR14080601; 20150166:
— 3.018.000 euros con cargo a la anualidad 2025
Las subvenciones reguladas en la convocatoria se conceden a fondo perdido y su cuantía será del 50% del importe de la inversión; y están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), conforme al Programa de Desarrollo Rural de Extremadura, 2014-2020, Medida 8: Inversiones en el desarrollo de zonas forestales y mejora de la viabilidad de los bosques ; submedida 8.6: Inversiones en Tecnologías Forestales y en la movilización y comercialización de productos forestales , actuación 8.6.1.- Incremento del Potencial Forestal” en un 80 % y el resto por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Junta de Extremadura.
Una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones a la propuesta de resolución provisional y en virtud del Acta de la Comisión de Valoración, de fecha 23 de septiembre de 2024, se acuerda la concesión de la subvención por importe total de 3.129.866,50€ destinados a los beneficiarios que han obtenido la máxima puntuación al aplicar los criterios de selección indicados en el artículo 14 de las bases reguladoras.
Una vez finalizado el plazo de presentación de alegaciones a la propuesta de resolución provisional y en virtud del Acta de la Comisión de Valoración, de fecha 23 de septiembre de 2024, se acuerda la concesión de la subvención por importe total de 3.129.866,50€ destinados a los beneficiarios que han obtenido la máxima puntuación al aplicar los criterios de selección indicados en el artículo 14 de las bases reguladoras.
En este sentido, el apartado 12 de la disposición adicional primera del Decreto 26/2023, de 29 de marzo, recoge que la distribución entre partidas presupuestarias es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en la Ley de Presupuestos de Extremadura con el objeto de atender a las solicitudes por riguroso orden de prelación sin tener en cuenta el tipo de solicitante.
No habiendo obtenido, los beneficiarios de la aplicación presupuestaria 230020000; G/354C/76000, suficiente puntuación en esta convocatoria para optar a la concesión se dispone que la cantidad de 150.000 €, asignada presupuestariamente a la aplicación 230020000; G/354C/76000; FR14080601; 20150166, para la anualidad 2025 se ajuste al tipo de beneficiario propuestos para la concesión entre los solicitantes beneficiarios, haciéndose necesario una redistribución de los fondos asignados inicialmente, sin que esta redistribución suponga mayor crédito al asignado en conjunto inicialmente.
A este respecto, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada, produciéndose ésta, en todo caso, antes de la resolución de las concesiones, y sin que tal publicación implique el inicio de un nuevo plazo para presentar solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo para resolver, con el objeto de poder acondicionar la disponibilidad de los créditos previstos inicialmente, a las necesidades reales de gasto.
Por todo lo anterior, previo informe de la Intervención delegada de fecha 17 de octubre de 2024, se procede al anuncio por el que se da publicidad a la redistribución de los créditos de la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2023 destinadas a inversiones en tecnologías forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobada por la disposición adicional primera del Decreto 26/2023, de 29 de marzo (DOE n.º 108, de 7 de junio de 2023) quedando fijado el importe de la convocatoria en tres millones ciento sesenta y ocho mil euros (3.168.000€) con la siguiente distribución:
Proyecto de gasto 20150166; Centro gestor 230020000; Fuente de financiación FR14080601; Posición presupuestaria G/354C/77000.
— 3.168.000 euros con cargo a la anualidad 2025.
Mérida, 25 de octubre de 2024.
La Secretaria General,
ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA

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