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Resolución de 19 de febrero de 2024, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 113/2023, dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el procedimiento ordinario n.º 108/2022.
DOE Número: 39
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 26 de febrero de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Resolución
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 11194
Página Fin: 11195
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TEXTO ORIGINAL
En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la herencia yacente de D. Juan Luis Román Vázquez, contra la Resolución de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de 2 de diciembre de 2021, por la que se desestimó el recurso de alzada presentado por D. Antonio Román Merideño, en representación de la herencia yacente de D. Juan Luis Román Vázquez y por D.ª María Merideño Corbacho, frente a la Resolución de 23 de febrero de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, recaída en el expediente número AT-9172, por la que se declaran, en concreto, de utilidad pública, las instalaciones correspondientes al proyecto denominado Proyecto de ejecución de línea eléctrica a 220 kV, simple circuito, ST Cáceres ST Los Arenales, y 1.ª Fase de la línea eléctrica a 220 kV, simple circuito, ST Trujillo ST Los Arenales, en la provincia de Cáceres, ha recaído sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura con fecha de 28 de febrero de 2023. Esta sentencia ha devenido firme, al haber inadmitido a trámite, por Acuerdo de 23 de noviembre de 2023, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo el recurso de casación n.º 3079/2023 interpuesto contra dicha sentencia.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece que corresponde la ejecución material de las sentencias firmes al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado.
Así mismo, el artículo 8 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, indica que: La ejecución de las resoluciones recaídas en recursos contencioso-administrativos en los que sea parte la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura corresponderá al órgano que dictó el acto o disposición origen del proceso .
De conformidad con lo expuesto, corresponde la ejecución de la sentencia número 113/2023, de 28 de febrero de 2023, a la Dirección General de Industria, Energía y Minas por ser el órgano que dictó la disposición origen del proceso y el competente por razón de la materia.
Establece, además, el artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que el titular del órgano competente dictará la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia. Asimismo, el artículo 9.2 de dicha norma dispone que la mencionada resolución será publicada en el Diario Oficial de Extremadura cuando anule o modifique el acto impugnado.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Primero. Proceder a la ejecución del fallo de la sentencia número 113/2023, dictada el 28 de febrero de 2023 por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 108/2022, llevando a puro y debido efecto el fallo, que es del siguiente tenor literal:
Estimamos el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Procurador Sr. Avís Rol en nombre y representación de Herencia yacente de D. Juan Luis Román Vázquez, representada por D.ª M.ª Soledad, D. Juan Pedro, D. Juan Luis, D. Antonio y D. Lorenzo Román Merideño y D.ª María Merideño Corbacho contra la resolución mencionada en el primer fundamento, que se declara nula de pleno derecho por no estar ajustado al Ordenamiento Jurídico, condenando a la demandada al pago de las costas procesales con el límite de 3.000 euros .
Segundo. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 19 de febrero de 2024.
La Directora General de Industria, Energía y Minas,
RAQUEL PASTOR LÓPEZ

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