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Resolución de 23 de febrero de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024.
DOE Número: 40
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 27 de febrero de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: Resolución
Descriptores: Sanidad vegetal. Subvenciones.
Página Inicio: 11750
Página Fin: 11751
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Mediante Resolución de 29 de diciembre de 2023, de esta misma Secretaría General, se aprueba la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024 (DOE n.º 25, de 5 de febrero de 2024).
El plazo para cumplimentar y presentar solicitudes a la convocatoria, según el apartado cuarto de la misma, se fijó en quince días hábiles, conta­dos a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, siendo su fecha de finalización el 27 de febrero de 2024.
Dicho apartado cuarto también dispone que las solicitudes se confeccionarán y firmarán de forma electrónica, presentándose en todo caso telemáticamente y de manera especial y exclusiva a través de la Plataforma Arado, accesible en https://aradoacceso.juntaex.es a través del trámite Ayudas Agrupaciones de Sanidad Vegetal , al que se accederá mediante la clave principal validada por el Servicio de Sanidad Vegetal y de conformidad con los modelos normalizados de los anexos I y II de la convocatoria.
El artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, preceptúa que cuando una incidencia técnica haya imposi­bilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
Desde el inicio del plazo de solicitudes han sucedido diversos fallos técnicos en la sede electrónica que no han permitido realizar la cumplimentación de diferentes pantallas de la solicitud, la impresión de documentos o el registro de las solicitudes, lo que imposibilita su presentación.
De acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, te­niendo en cuenta lo que antecede y considerando que no se perjudican derechos de terceros,
RESUELVO
Primero. Acordar de oficio la ampliación del plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria de subvenciones para la prestación de asesoramiento técnico al sector agrícola en materia de protección de los vegetales en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024, por un plazo adicional de cuatro días hábiles, hasta el 4 de marzo inclusive.
Segundo. Notificar a los interesados, mediante la publicación en el Diario Oficial de Extremadura, la presente resolución, indicándoles que, de conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento subvencional.
Mérida, 23 de febrero de 2024.
La Secretaria General,
María Concepción Montero Gómez

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