MODIFICACIÓN del Extracto de la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025, y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 791448
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 206, de fecha 22 de octubre de 2024, el Extracto de la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index)
De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero del resuelvo octavo de la Resolución de 15 de octubre de 2024 (resolución de convocatoria), el plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de 3 meses a partir del día siguiente a aquel en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura la presente convocatoria y el extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 2 del resuelvo decimocuarto.
Por otro lado, el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025, establece:
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de tres meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, no admitiéndose a trámite las que se presenten fuera de este plazo .
En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta que la estimación de las solicitudes de subvención hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025,
ACUERDO:
1. Anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025, convocadas mediante resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025, debiendo procederse a publicar el presente Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura.
2. Modificar el párrafo primero del apartado 5 del Extracto de la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las subvenciones estatales del Programa de la mejora de la accesibilidad en y a las viviendas, correspondiente a las anualidades 2024-2025, cuyo literal debe quedar como sigue:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día en que se publique en el Diario Oficial de Extremadura el anuncio de la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria, a los efectos de presentación de solicitudes de reconocimiento de subvenciones. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad .
Mérida, 15 de noviembre de 2024.
La Secretaria General,
LAURA CASTELL VIVAS