EXTRACTO de la Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia y Tecnología (SECTI), para el ejercicio de 2024.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):805280
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Destinatarios de las ayudas.
Serán beneficiarias las agrupaciones sin personalidad jurídica conformadas por al menos una empresa y/o un centro tecnológico privado y un agente público del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante SECTI), que tendrán también la condición de beneficiarios de la subvención.
Podrán participar en la agrupación hasta seis empresas y hasta dos agentes públicos del SECTI. La participación de una Gran Empresa en una agrupación conllevará participación obligatoria de al menos una Pyme.
Segundo. Objeto.
1. El objeto de la resolución es aprobar convocatoria, para el ejercicio de 2024, de las ayudas previstas en el Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación y se aprueba la primera convocatoria relativa a Proyectos en la temática del Almacenamiento Energético, (DOE núm. 248, de 29 de diciembre).
2. Podrán concurrir a esta convocatoria, los proyectos presentados en todos los ámbitos de intervención en I+D+I para la especialización inteligente de Extremadura, detallados en el Anexo 1 de la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura 2021-2027:
1) Agroalimentación.
— Cadena agroalimentaria inteligente y sostenible.
— Sostenibilidad en el sector agroalimentario.
2) Transición Ecológica.
— Cambio climático.
— Producción, almacenamiento y distribución energética.
— Ecosistemas sostenibles.
3) Salud y bienestar.
— Medicina personalizada adaptada al territorio.
— Servicios asistenciales adaptados al estilo de vida de la población.
— Salud y alimentación.
4) Industrias culturales y de turismo.
— Industrias culturales.
— Turismo.
5) Transformación Digital:
— TICs de aplicación transversal.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 146/2022, de 7 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental realizados en colaboración público-privada por empresas y agentes públicos del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación, y se aprueba la primera convocatoria relativa a proyectos en la temática del almacenamiento energético (DOE núm. 248 de 29 de diciembre).
Cuarto. Cuantía de las ayudas.
1. La determinación de la cuantía de la subvención se calcula aplicando a la inversión subvencionable el porcentaje de intensidad de ayuda que corresponda según la naturaleza de cada entidad que forma parte de la agrupación beneficiaria. La inversión subvencionable es la parte de inversión proyectada que se corresponde con los costes elegibles (costes marginales respecto de los agentes públicos del SECTI y costes reales respecto de las empresas y centros tecnológicos).
2. El porcentaje de intensidad de ayuda que corresponde a las entidades agentes públicos del SECTI que formen parte de la agrupación será del 100% de los costes marginales que asuman con la ejecución del proyecto.
El porcentaje de intensidad de ayuda que corresponde a las empresas que formen parte de la agrupación se determinará según el proyecto se califique como investigación industrial o como desarrollo experimental y en función de la categoría de cada empresa participante. Los porcentajes son los siguientes:
Proyectos de Investigación Industrial: pequeña empresa 70%, mediana 60%,
Grande 50% Proyectos de Desarrollo Experimental: pequeña empresa 45%, mediana 35%, Grande 25%.
Cuando en la ejecución del proyecto concurra el elemento de colaboración efectiva, las intensidades de ayudas serán las siguientes:
Proyectos de Investigación Industrial: pequeña empresa 80%, mediana 75%,
Grande 65% Proyectos de Desarrollo Experimental: pequeña empresa 60%, mediana 50%, Grande 40%.
Quinto. Financiación.
1. La convocatoria tiene carácter plurianual. El crédito previsto para la convocatoria asciende a cinco millones de euros (5.000.000 €).
2. Estas ayudas se imputarán a la aplicación presupuestaria que se indica más abajo, código de Fondos FD211A1101 y código de proyecto de gasto: 20220016 Proyectos de I+D+I colaboración público-privada en sectores estratégicos , con el siguiente desglose por anualidad y clasificación económica del gasto de las entidades que pueden formar parte de las agrupaciones beneficiarias:
Aplicación presupuestaria: 13006331B77000.
Aplicación presupuestaria: 13006331B73200.
Anualidad de 2024: 0,00 €.
Anualidad de 2025: 525.000 €.
Anualidad de 2027: 225.000 €.
Total aplicación: 750.000 €.
Aplicación presupuestaria: 13006331B74000.
Anualidad de 2024: 0,00 €.
Anualidad de 2025: 350.000 €.
Anualidad de 2027: 150.000 €.
Total aplicación: 500.000 €.
Aplicación presupuestaria: 13006331B73900.
Totales por anualidad: Anualidad 2024: 0,00€, Anualidad 2025: 3.500.000 € y Anualidad 2027: 1.500.000 €.
4. La financiación de las ayudas que se regulan en esta convocatoria se realizará con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político 1 Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora inteligente y una competitividad TIC regional , Prioridad de Inversión: P1A Transición Digital e Inteligente y el Objetivo Específico 1.1 El desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la asimilación de tecnologías avanzadas . El porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 5.000.000€ que se aprueba con esta convocatoria, podrá aumentarse hasta en un 20% o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables; siempre antes de que se resuelva y sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, de conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo anterior, el crédito que se aprueba con la convocatoria también podrá ser distribuido de forma distinta entre las anualidades y aplicaciones presupuestarias recogidas en la misma, en función del período de ejecución y de la naturaleza de las entidades que conformen las agrupaciones beneficiarias. La nueva distribución exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General y la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria conforme al párrafo primero del artículo 23.1, en el que se recojan de acuerdo con la modificación producida como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Dicho anuncio, deberá publicarse antes de la resolución de las concesiones.
Sexto. Plazo y forma para presentación de solicitudes.
1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará a computarse a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es ). Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. Asimismo, si el último día del plazo es inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
2. La solicitud de ayuda se dirigirá a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cumplimentándose el formulario específico alojado en el portal de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Extremadura para este tipo de procedimiento (código CIP 0639122).
3. Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través del Punto de Acceso General Electrónico (https://www.juntaex.es ) dentro de la ficha correspondiente al trámite en la siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/0639122 . Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. A estos efectos los interesados deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de certificado electrónico en vigor.
4. Con carácter previo a la presentación de la solicitud, el representante legal de la empresa solicitante o en su caso el representante o apoderado de la misma a efectos electrónicos, deberá cumplimentar todos los anexos e incorporar los documentos que deben acompañar a la solicitud a través de la Web: https://ayudaspri.juntaex.es/portal/ , previo registro del solicitante como empresa en la plataforma.
Mérida, 5 de diciembre de 2024.
(PD, Resolución de 6 de noviembre de 2024,DOE n.º 217, de 7 de noviembre),
El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación
JAVIER DE FRANCISCO MORCILLO