RESOLUCIÓN de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas para el fomento de la contratación indefinida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo del Decreto 16/2023, de 1 de marzo, durante el ejercicio 2023.
TEXTO ORIGINAL
El Servicio Extremeño Público de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo, tiene atribuidas entre otras, la ejecución de las competencias en administración, gestión y coordinación de los procesos derivados de las políticas activas de empleo, tal y como se determina en sus normas de creación y desarrollo, Ley 7/2001, de 14 de junio, de creación del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 76, de 3 de julio), y Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo (DOE n.º 44, de 5 de marzo), respectivamente.
En concreto, dentro de las políticas activas de empleo, el artículo 4.d) del citado Decreto 26/2009, de 27 de febrero, otorga a este organismo la competencia de Fomentar el empleo de calidad, cualificado y estable, en especial para los colectivos con una mayor dificultad de inserción laboral .
En el ejercicio de estas competencias, durante el año 2023 se han concedido ayudas para el fomento de la contratación indefinida a distintos beneficiarios al amparo del Decreto 16/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 59, de 27 de marzo) y se aprueba la primera convocatoria.
El objeto de estas subvenciones es fomentar el empleo estable y de calidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como favorecer la inserción laboral de determinados colectivos de desempleados con mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo, a través de dos programas de ayudas que el Decreto regula.
Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales.
Programa II: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.
En cuanto a su financiación, estas subvenciones se imputaron a las aplicaciones presupuestarias:
130080000/G/242A/47000/CAG00000001/20080264 por un importe ejecutado de 1.764.596,55 euros y Proyecto Ayudas a la creación de empleo .
130080000/G/242A/47000/TE24001001/20160276 por un importe ejecutado de 7.934.864,55 euros y Proyecto Ayudas contratación indefinida .
130080000/G/242A/47000/FSE24001001/20230060 por un importe ejecutado de 3.157.951,70 euros y Proyecto Incentivos a la contratación indefinida .
En aplicación de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura una vez resueltas y notificadas individualmente las resoluciones de concesión de subvenciones a los beneficiarios y cuando los importes concedidos, individualmente considerados, sean de cuantía igual o superior a 3.000,00 euros, el órgano concedente publicará en el Diario Oficial de Extremadura las subvenciones concedidas, con expresión del programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
A tenor de lo establecido en el artículo 17.2.b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no serán objeto de publicación las subvenciones de cuantía inferior a 3.000 euros.
En cumplimiento de este mandato, y en el ejercicio de la Dirección Gerencia del SEXPE (Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, DOE extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre), se emite el siguiente,
ACUERDO:
Primero. Dar publicidad a las ayudas concedidas durante el ejercicio 2023, relativas a los programas de ayudas al fomento del empleo indefinido en la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo del Decreto 16/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación laboral y el mantenimiento del empleo estable y de calidad (DOE n.º 59, de 27 de marzo de 2023).
Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, desagregando en el anexo I las ayudas concedidas, con expresión de los datos relativos al beneficiario, expediente administrativo y la cantidad concedida.
La presente publicación se hace de conformidad con lo establecido por la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que establece que se identificará al beneficiario mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente.
Mérida, 19 de diciembre de 2024.
La Secretaria General de Empleo,
DOE extraordinario n.º 3,de 16 de septiembre),
MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO





























































































































