ANUNCIO de 19 de noviembre de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de construcción de una balsa de evaporación de efluentes de bodega de vinos, solicitado por Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, en el término municipal de Arroyo de San Serván.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de construcción de una balsa de evaporación de efluentes de bodega de vinos, solicitado por Sociedad Cooperativa Nuestra Señora de Perales, en el término municipal de Arroyo de San Serván, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta, de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
— El proyecto está incluido en la categoría 9.1 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I , y también en la categoría 9.6 Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de estos, con carácter previo a su valorización o eliminación, excepto los puntos limpios.
Actividad:
La actividad que se pretende desarrollar es la evaporación natural de efluentes procedentes de una bodega de vinos que posee la promotora del proyecto en otra ubicación. Los efluentes que se evaporarán corresponderán a aguas residuales procedentes de la limpieza de instalaciones y aguas de proceso y aguas sobrantes en la elaboración del vino.
Ubicación:
La balsa de evaporación se localizará, según SigPac, en la parcela 1 del polígono 6 del término municipal de Arroyo de San Serván (Badajoz). Sin embargo, según catastro, se localizará en la parcela 20 del polígono 6 del término municipal de Arroyo de San Serván (Badajoz), con referencia catastral 06012A006000200000TO.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
Los datos más relevantes de la balsa serán:
— Excavación a cielo abierto del terreno natural y realización de terraplenes y taludes
— Taludes interiores de 1:3 y taludes exteriores de 1:2
— Impermeabilización mediante lámina de HDPE.
— Sistema de detección de fugas
— Sistema de medición volumétrica de efluentes almacenados.
— Cerramiento perimetral.
— Dispositivos para facilitar la salida de la balsa en caso de caída accidental.
— Superficie de evaporación de 5.000 m2
— Profundidad máxima de llenado 2,0 m
— Volumen máximo de llenado 7.500 m3
— Volumen de vertidos a almacenar procedentes de la bodega de vinos 3.100 m3/año.
— Solera de hormigón de 800 m2 de superficie para la desecación natural de los lodos procedentes de la balsa de evaporación.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 19 de noviembre de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.