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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2025, del Consejero, por la que se crea la plataforma electrónica ARADO como sede electrónica asociada a la SEDE electrónica corporativa de la Junta de Extremadura.
DOE Número: 70
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 10 de abril de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Administración electrónica.
Página Inicio: 19337
Página Fin: 19341
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula las sedes electrónicas en su artículo 38, definiéndolas en su apartado 1 como aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias . Asimismo, en su apartado 3, establece que Cada Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas, con sujeción a los principios de transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, accesibilidad, neutralidad e interoperabilidad. En todo caso deberá garantizarse la identificación del órgano titular de la sede, así como los medios disponibles para la formulación de sugerencias y quejas .
En nuestro ámbito autonómico la regulación de la sede electrónica se encuentra en el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura que prevé en su artículo 23 y siguientes la existencia de una sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, residenciada en la dirección electrónica http://sede.gobex.es que posibilita a los ciudadanos acceder a servicios y trámites electrónicos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ejercicio de sus competencias.
Desde la puesta en funcionamiento de esta sede electrónica corporativa, la evolución tecnológica y el proceso de transformación digital iniciado por la Junta de Extremadura unido al incremento de nuevos procedimientos y servicios para responder a las exigencias normativas y expectativas de la sociedad en sus relaciones electrónicas con nuestra Administración, hacen necesaria la implantación de nuevas sedes electrónicas asociadas que permitan lograr una mayor especialización, eficacia e inmediatez en los servicios ofrecidos por la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
A nadie escapa que el sector Agrario en Extremadura desarrolla actividades fuertemente vinculadas a la región, lo que le confiere el carácter de motor de la actividad económica en los núcleos rurales y un factor fundamental para fijar su población. Se estima que el número de explotaciones agrarias en la región supera las 60.000 y son fundamentales en la mejora de la competitividad y en el fortalecimiento del potencial económico de la Comunidad Autónoma.
En la actualidad, y desde el año 2006, la plataforma ARADO (Apoyo para Rellenar Ayudas y Declaraciones On-line) es la solución tecnológica que los administrados tienen a su disposición para la tramitación electrónica de sus expedientes con la Junta de Extremadura en relación con el sector Agrario, Ganadero y Forestal. El número de procedimientos que pueden realizarse a través de la plataforma es variable, siendo el mismo actualmente de 48 con previsión de aumento. Sirva de dato estadístico, para contextualizar el volumen y la importancia de esta plataforma, el dato del pasado año 2024 que arroja más de 86.000 solicitudes iniciadas a través de ella.
Desde sus inicios, ARADO, funciona en la modalidad de certificado electrónico para identificar usuarios y firmar documentos sin estar integrado en la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura ni en ninguna otra Sede asociada.
Para dar seguridad jurídica a la situación actual se pretende crear una nueva sede asociada, una dirección electrónica disponible para los ciudadanos y profesionales a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponderá a la Junta de Extremadura con un nivel superior de garantías y seguridad en los contenidos y trámites electrónicos donde poder realizar consultas y trámites de forma telemática. Estará dirigida a ciudadanos y profesionales del sector agrario que quieran interactuar con la Administración a través de internet.
La Sede Electrónica ARADO proporcionará servicios tales como verificación de certificados electrónicos, presentación de quejas y sugerencias, consulta del estado de un procedimiento, comprobación de autenticidad e integridad de los documentos emitidos, inicio de procedimientos y presentación de escritos de mero trámite, firma de documentos de manera electrónica, etc.
La posibilidad de creación de sedes electrónicas asociadas está prevista con carácter de normativa básica por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, que en su artículo 10 establece la posibilidad de creación de una sede electrónica asociada a otra ya existente atendiendo a razones técnicas y organizativas, determinando que el acto o resolución de creación de la sede electrónica asociada tendrá un contenido mínimo que es el abordado en esta resolución de creación de la sede electrónica asociada.
Mediante la implantación de esta sede electrónica asociada accesible desde el punto de acceso general electrónico regulado en el Decreto 7/2023, de 1 de febrero, por el que se regula la puesta en marcha del Punto Único de Acceso a la información por diferentes canales de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y organismos públicos, se pretende facilitar a la ciudadanía y la sociedad sus relaciones electrónicas e interacciones con la administración de la comunidad autónoma de manera ágil y eficaz garantizando el derecho de los ciudadanos a comunicarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tal y como preceptúa el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
En atención a cuanto ha quedado expuesto y de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, el artículo 18 de atribuciones competenciales del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, lo establecido en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y los artículos 7 y 8 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital en relación con el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. La creación de la Plataforma ARADO (Apoyo para Rellenar Ayudas y Declaraciones On-line), portal concebido para la realización de Trámites del Sector Agrario, Ganadero y Forestal en Extremadura, como sede electrónica asociada a la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, con la finalidad de posibilitar la tramitación de determinadas actuaciones, procedimientos y servicios de los sectores Agrario, Ganadero y Forestal que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura en sus relaciones con éstos por medios electrónicos, así como aquellos servicios electrónicos de otros sectores respecto a los que se decida su inclusión en esta sede por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos. Igualmente se prevé que se tramitarán en la misma aquellos procedimientos, servicios y actuaciones existentes en la sede electrónica corporativa creada por el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la correspondiente migración.
Segundo. El ámbito de la sede electrónica asociada se extiende a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y a los Organismos públicos vinculados o dependientes de la misma, en los mismos términos previstos en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura.
Tercero. La dirección electrónica de la sede electrónica asociada será
https://arado.juntaex.es
Cuarto. La titularidad, la gestión tecnológica y de contenidos de la sede electrónica asociada y de los servicios puestos a disposición en la misma recaerá en los siguientes órganos:
1. La titularidad de la sede electrónica asociada corresponderá al titular de la Consejería que tenga atribuidas las competencias de implantación e impulso de la administración electrónica en el ámbito de la Junta de Extremadura.
2. La gestión tecnológica de la sede electrónica asociada y la gestión de los contenidos comunes de la misma corresponderá al órgano directivo que ostente las competencias en materia de diseño, gestión, supervisión y ejecución de las políticas digitales corporativas que se establezcan para implantar la administración digital.
3. Los titulares de los centros directivos de la administración de la Junta de Extremadura y, en su caso, de los organismos públicos dependientes o adscritos a la misma en el ámbito de sus respectivas competencias serán responsables de la integridad, veracidad y actualización de la información, relativa a los servicios, procedimientos y trámites puestos a disposición de los usuarios de la sede electrónica asociada, sin perjuicio de la debida diligencia del titular de dicha sede respecto de la incorporación de los contenidos en la misma, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.3 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Quinto. Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la sede:
1. Para el acceso electrónico, a través del Punto de Acceso General Electrónico en https://www.juntaex.es/tramites o bien directamente en https://arado.juntaex.es .
2. Para la atención telefónica, relativa al soporte técnico, a través de los teléfonos que se publicarán en la propia sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura y en la sede electrónica asociada.
Sexto. Los contenidos y servicios mínimos a incluir en la sede electrónica asociada serán los establecidos en el artículo 11 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
Los contenidos publicados en la sede responderán a los criterios de seguridad e interoperabilidad que se derivan del Esquema Nacional de Seguridad y del Esquema Nacional de Interoperabilidad, aprobados por Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, respectivamente.
La publicación en la sede electrónica asociada de servicios y transacciones respetará los principios de accesibilidad y usabilidad, publicidad oficial, responsabilidad, calidad, seguridad, disponibilidad, neutralidad e interoperabilidad, de conformidad con lo previsto en el artículo 23.4 del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Séptimo. Los medios disponibles para la formulación de quejas y sugerencias con relación al contenido, gestión y servicios ofrecidos en la sede electrónica asociada son los mismos que se contienen en la sede electrónica corporativa de conformidad con lo previsto en el artículo 26.2.d) del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se encontrarán accesibles desde aquella.
Octavo. La puesta en funcionamiento de la nueva sede electrónica asociada se anunciará en el Punto de Acceso General Electrónico https://www.juntaex.es y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura https://sede.gobex.es .
Noveno. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial de Extremadura y surtirá efectos desde el mismo día de su publicación. Igualmente será objeto de publicación en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, en la sede electrónica asociada y en el Punto de Acceso General Electrónico https://www.juntaex.es .
Mérida, 27 de marzo de 2025.
El Consejero,
GUILLERMO SANTAMARÍA GALDÓN
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

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