RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2025, del Consejero, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura en relación con el Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 23 de enero, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
DOE Número: 228
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 26 de noviembre de 2025
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO SOCIAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Comisión Bilateral de Cooperación.
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Página Fin: 63925
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
RESUELVO:
Publicar el mencionado acuerdo como anexo a esta resolución.
Mérida, 20 de noviembre de 2025.
El Consejero,
ABEL BAUTISTA MORÁN
ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA EN RELACIÓN CON EL DECRETO-LEY DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA 1/2025, DE 23 DE ENERO, DE MEDIDAS FISCALES URGENTES EN MATERIA TRIBUTARIA
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura ha adoptado el siguiente Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de Trabajo constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Extremadura, para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación con el apartado uno del artículo único del Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 23 de enero, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria, ambas partes consideran solventadas las mismas en los siguientes términos:
En relación con los preceptos que fueron objeto de este procedimiento, y una vez en vigor la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria, ambas partes entienden procedente remitir las cuestiones suscitadas a las negociaciones que puedan producirse respecto de dicha Ley, teniendo en cuenta la coincidencia material de los contenidos de los preceptos en cuanto a las controversias suscitadas y la derogación del Decreto-ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 1/2025, de 23 de enero, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria.
II. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Extremadura.
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática,
ÁNGEL VÍCTOR TORRES PÉREZ
El Consejero de Presidencia, Interior yDiálogo Social,
ABEL BAUTISTA MORÁN