Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

EXTRACTO de la Resolución de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
DOE Número: 126
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 02 de julio de 2026
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: CONSEJERÍA DE SALUD Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Rango: EXTRACTO
Descriptores: Salud. Subvenciones.
Página Inicio: 28260
Página Fin: 28261
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 915881
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE:
Primero. Objeto.
1. El objeto de la subvención es la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026.
2. Los proyectos versarán sobre materias relacionadas con la información, sensibilización, formación, promoción y prevención de la enfermedad, así como la asistencia, rehabilitación y reinserción.
Segundo. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones las siguientes entidades:
a) Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares o federación de las mismas, de ámbito de actuación regional o provincial y con razón social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Asociaciones y federaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, de ámbito de actuación nacional, con sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Sólo podrá presentarse un proyecto por entidad.
3. No podrá ser beneficiaria de la subvención una asociación que forma parte de una federación que resulte beneficiaria en esta misma convocatoria.
4. Se exceptúan expresamente como entidad beneficiaria a las entidades sin ánimo de lucro de personas afectadas por conductas adictivas y discapacidad y/o de sus familiares, y a las de personas afectadas por trastorno mental o enfermedad mental.
5. Las entidades no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Estas subvenciones se convocan al amparo de los capítulos I y II de la Orden de 29 de junio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en materia de participación comunitaria en salud (DOE n.º 129, de 6 de julio de 2020), modificada por la Orden de 21 de octubre de 2021, publicada en el DOE n.º 209, de 29 de octubre de 2021.
Cuarto. Financiación y cuantía de la subvención.
1. Para la convocatoria se destinará una cantidad global de 324.321,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 110020000/G/212A/48000, fondo CAG0000001 y a la aplicación presupuestaria 110020000/G/212A/48000, fondo TE21005001 de los Presupuestos aprobados mediante Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados para el ejercicio 2026.
2. La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 30.000 euros.
3. La cuantía de la subvención otorgada podrá ser igual o inferior a los costes del proyecto presentado. La diferencia entre la cuantía del proyecto presentado y la cantidad subvencionada deberá ser financiada por la entidad solicitante.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación simultánea en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución de la convocatoria y del presente extracto.
Mérida, 22 de junio de 2026.
La Secretaria General,
MARÍA PILAR NOGALES PEROGIL
Nota: Este documento carece de valor jurídico y puede contener anexos. Para consultar la versión oficial y auténtica acceda al fichero PDF del DOE.

Otras Opciones

2026 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal