EXTRACTO de la convocatoria correspondiente al curso escolar 2026/2027, para el alumnado del primer ciclo de Educación Infantil, establecida en el Decreto 56/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil, en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autóma.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):922989
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Aprobar para el curso escolar 2026/2027, la convocatoria de las ayudas a familias destinadas a financiar, total o parcialmente el coste de la escolarización del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil, matriculado en Escuelas Infantiles municipales y dependientes de la Junta de Extremadura no gratuitas, y en centros docentes de Educación Infantil privados autorizados por la consejería competente en materia de educación no universitaria.
Segundo. Personas beneficiarias.
1. Tendrán la condición de personas beneficiarias quienes cumplan los siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a) Tener residencia familiar en Extremadura o la condición de extremeño, de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los extremeños en el exterior.
b) Ser poseedor de un número de identificación fiscal, ya sea de carácter definitivo o de carácter provisional.
c) Estar escolarizado en primero, segundo o tercer curso de primer ciclo de Educación Infantil, en una Escuela Infantil o en un centro docente privado autorizado por la consejería competente en materia de educación no universitaria.
2. No podrá obtener la condición de beneficiario/a el alumnado que se encuentre incurso en alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 56/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2025/2026, para el alumnado de segundo y tercer curso del ciclo.
Cuarto. Cuantía.
Para el objeto de esta convocatoria se destinará el importe máximo de 6.408.000 € y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura prorrogados durante el 2026, desde el 1 de enero de 2026 hasta, en su caso, la aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2026, con el siguiente desglose presupuestario por anualidad:
— Anualidad 2026:
130020000/G/222A/48000/CAG0000001/20250349: 1.748.000 €
— Anualidad 2027:
130020000/G/222A/48000/CAG0000001/20250349: 4.660.000 €
El importe máximo de la ayuda por alumno es de 200 euros mensuales, hasta un máximo de 12 mensualidades, sin que en ningún caso pueda superar el importe a abonar por la familia por el servicio educativo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses, comenzando al día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es/ ).
Excepcionalmente, el alumnado que, por circunstancias justificadas y debidamente acreditadas, no haya podido escolarizarse en el plazo establecido en el apartado anterior, podrá presentar su solicitud del 1 al 15 de mayo de 2027.
Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del punto de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0720625 )
Mérida, 30 de julio de 2026.
El Secretario General de Educación
PD, Resolución de 13 de mayo de 2026 (DOE n.º 92 de 15 de mayo),
JOSÉ PEDRO CATALÁN DURÁN